Minedu establece lineamientos para la continuidad de estudios para niños internados en hospitales [RV 154-2020-MINEDU]

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Publicado el 12 de agosto de 2020, en el diario oficial El Peruano.


Aprueban el documento normativo denominado “Disposiciones para la implementación, organización y funcionamiento del Servicio Educativo Hospitalario”

RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL 154-2020-MINEDU

Lima, 10 de agosto de 2020

VISTOS, el Expediente N° 0081203-2020, los informes contenidos en el referido expediente, el Informe N° 00836-2020-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;

CONSIDERANDO:

Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 79 de la Ley N° 28044, Ley General de Educación, el Ministerio de Educación es el órgano del Gobierno Nacional que tiene por finalidad definir, dirigir y articular la política de educación, recreación y deporte, en concordancia con la política general del Estado;

Que, la Ley Nº 30772, Ley que promueve la atención educativa integral de los estudiantes en condiciones de hospitalización o con tratamiento ambulatorio de la Educación Básica, tiene por objeto promover la atención en el Servicio Educativo Hospitalario integral de los estudiantes de la Educación Básica, que se encuentran en situación de hospitalización o con tratamiento ambulatorio, con los criterios de eficiencia, equidad, inclusión, oportunidad, calidad y dignidad; a fin de preservar su derecho a la educación;

Que, mediante Decreto Supremo N° 003-2020-MINEDU se aprobó el Reglamento de la precitada Ley; en cuya Única Disposición Complementaria Transitoria se establece que la implementación del Servicio Educativo Hospitalario se desarrolla de manera progresiva en un trabajo articulado y coordinado entre los actores e instancias educativas involucradas en la atención hospitalaria y reincorporación escolar del estudiante-paciente; disponiendo que, para tal efecto, el Ministerio de Educación aprueba el documento normativo para su implementación progresiva;

Que, cabe señalar que mediante Resolución Ministerial Nº 241-2017-MINEDU se creó el Modelo de Servicio Educativo Hospitalario, con el objetivo de contribuir a que los estudiantes pacientes en situación de hospitalización y/o tratamiento ambulatorio permanezcan en el sistema educativo, mediante el desarrollo de actividades pedagógicas garantizando sus aprendizajes, la igualdad de oportunidades y el respeto al derecho a la educación;

Que, conforme al numeral 35.1 del artículo 35 del Decreto de Urgencia N° 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, se autoriza al Ministerio de Educación para efectuar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional a favor de los Gobiernos Regionales, para financiar intervenciones y acciones pedagógicas a cargo de los Gobiernos Regionales, entre las que se encuentra la establecida en el literal s), referida a la implementación del Servicio Educativo Hospitalario;

Que, mediante el Informe N° 00020-2020-MINEDU/VMGP-DIGESE, remitido por la Dirección General de Servicios Educativos Especializados al Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica, se sustenta la necesidad de aprobar el documento normativo que establece disposiciones para la implementación, organización y funcionamiento del Servicio Educativo Hospitalario;

Que, de acuerdo al literal a) del numeral 1.1 del artículo 1 de la Resolución Ministerial Nº 006-2020-MINEDU, se delega en la Viceministra de Gestión Pedagógica del Ministerio de Educación, entre otras facultades y atribuciones, la de emitir y aprobar los actos resolutivos que aprueban, modifican o dejan sin efecto los Documentos Normativos del Ministerio de Educación en el ámbito de su competencia conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación;

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley Nº 26510; en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU; en el Reglamento de la Ley Nº 30772, Ley que promueve la atención educativa integral de los estudiantes en condiciones de hospitalización o con tratamiento ambulatorio de la Educación Básica, aprobado por Decreto Supremo N° 003-2020-MINEDU; y en virtud de las facultades delegadas mediante Resolución Ministerial Nº 006-2020-MINEDU, modificada por Resolución Ministerial Nº 156-2020-MINEDU;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar el documento normativo denominado “Disposiciones para la implementación, organización y funcionamiento del Servicio Educativo Hospitalario”; el mismo que, como anexo, forma parte de la presente resolución.

Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente resolución y su anexo en el Sistema de Información Jurídica de Educación (SIJE), ubicado en el portal institucional del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu), el mismo día de la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial “El Peruano”.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

DIANA MARIELA MARCHENA PALACIOS
Viceministra de Gestión Pedagógica

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