Fundamento destacado: TERCERO. […] La sentencia determina la indemnización conforme al sistema legal de valoración de daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de tráfico, atendiendo a las circunstancias concurrentes en el caso, en la necesidad de respetar los cánones de equidad e igualdad en su fijación para hacer efectivo el principio de íntegra reparación del daño sin discriminación ni arbitrariedad ( STS 9 de diciembre de 2008 , entre otras), y dotar, en suma, de seguridad jurídica a unos criterios indemnizatorios indudablemente inciertos. Tiene además en cuenta el baremo del año de 2007, de conformidad con la jurisprudencia de esta Sala expresada en la sentencia de pleno de 17 de abril de 2007 , luego recogida en otras posteriores como las de 9 de julio de 2008 y 1 de abril de 2010, entre otras, según la cual es el momento del accidente el que determina el régimen legal aplicable. Y lo hace para compensar los daños causados teniendo en cuenta las circunstancias de la menor, que no era hija única, sino la única hija común del matrimonio; la inexistencia del lucro cesante pretendido por ganancias dejadas de percibir, que ni se acreditan, ni resultan procedentes para beneficiar a quien, como su padre, no sufre limitación alguna respecto de las ganancias que en el futuro puede percibir, dado el fallecimiento de su hija, a partir del cual no genera este lucro, y al margen, por lo demás, del grado de culpa y de otros criterios de valoración distintos, como la muerte debida a actos de terrorismo, cuando lo que aquí se trata es un desgraciado accidente sin intención alguna de que ocurriera.
Roj: STS 6343/2012 – ECLI:ES:TS:2012:6343
Id Cendoj: 28079110012012100564
Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil
Sede: Madrid
Sección: 1
Fecha: 15/10/2012
No de Recurso: 568/2010
No de Resolución: 602/2012
Procedimiento: CIVIL
Ponente: JOSE ANTONIO SEIJAS QUINTANA
Tipo de Resolución: Sentencia
Resoluciones del caso: SAP A 3814/2009,
STS 6343/2012
SENTENCIA
En la Villa de Madrid, a quince de Octubre de dos mil doce.
Visto por la Sala Primera del Tribunal Supremo, integrada por los Magistrados al margen indicados, el recurso de casación contra la sentencia dictada en grado de apelación por la Sección Novena de la Audiencia Provincial de Alicante, como consecuencia de autos de juicio ordinario no 908/2008, seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia número dos de Torrevieja, cuyo recurso fue preparado ante la citada Audiencia por la representación procesal don Ambrosio , el procurador don Carlos Piñeira de Campos. Habiendo comparecido en calidad de recurrido el procurador don José Luis Martín Jaureguibeitia, en nombre y representación de Iberdrola S.A. y la procuradora doña María Abellán Albertos en nombre y representación de don Feliciano y doña Francisca .
ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO .- 1.- La procuradora doña Amelia Beltran Ferrer, en nombre y representación de don Ambrosio , doña Serafina , don Nicolas , don Carlos Manuel , Avelino , este último representado por su madre (por ser menor) interpuso demanda de juicio ordinario, contra don Feliciano , doña Francisca y la Mercantil Eléctrica Iberdrola S.A. y alegando los hechos y fundamentos de derecho que consideró de aplicación, terminó suplicando al Juzgado se dictara sentencia por la que se declare la responsabilidad civil solidaria de los demandados sobre los hechos y se condene a que indemnicen conjunta y solidariamente a la actora en la cantidad de un millón de euros (1.000.000 euros), por el fallecimiento de la menor y los daños morales causados a la familia, asi como al pago de las costas procesales.
2.- La procuradora doña María Ferrandis Montollín, en nombre y representación de don Feliciano y de doña Francisca , contestó a la demanda y oponiendo los hechos y fundamentos de derecho que consideró de aplicación, terminó suplicando al Juzgado dictase en su día sentencia por la que se desestime en su integridad la demanda deducida de contrario, y ello con expresa imposición de costas a la actora.
La procuradora doña Araceli Devesa Partera, en nombre y representación de Iberdrola S.A., contestó a la demanda y oponiendo los hechos y fundamentos de derecho que consideró de aplicación, terminó suplicando al Juzgado dictase en su día sentencia por la que se absuelva de todas las pretensiones a mis mandantes, desestimando la demanda formulada, condenando a la parte actora al pago de las costas del procedimiento, en lo que a está parte se refiere.
3.- Previos los trámites procesales correspondientes y práctica de la prueba propuesta por las partes y admitidas la Ilma Sra. Magistrada-Juez del Juzgado de Primera Instancia número dos de Torrevieja, dictó sentencia con fecha 18 de marzo de 2009 , cuya parte dispositiva es como sigue: FALLO: Que por medio de la presente sentencia debo:
Estimar y Estimo Parcialmente la demanda interpuesta por la procuradora Sra.Beltrán Ferrer en nombre y representación acreditada de don Ambrosio , doña Serafina don Nicolas , don Carlos Manuel y don Avelino contra don Feliciano y doña Francisca , representados por la procuradora Sra. Ferrandis Montoliu y en consecuencia debo condenar y condeno a éstos últimos a que abonen a los demandantes ciento cuarenta mil euros como indemnización por el fallecimiento de la menor, intereses legales desde la interposición de la demanda, debiendo abonar cada parte sus costas y las comunes por mitad.
Desestimar y desestimo íntegramente la demanda interpuesta por la procuradora Sra Beltrán Ferrer en nombre y representación acreditada de don Ambrosio , doña Serafina , don Nicolás , don Carlos Manuel y don Avelino , contra Iberdrola ,S.A representado por la procuradora Sra. Devesa Partera, debiendo cada parte abonar sus costas y las comunes por mitad.
SEGUNDO .- Interpuesto recurso de apelación por la representación procesal de don Ambrosio , doña Serafina ,don Nicolás , don Carlos Manuel y don Avelino . la Sección Novena de la Audiencia Provincial de Alicante, dictó sentencia con fecha 28 de diciembre de 2009 , cuya parte dispositiva es como sigue: FALLAMOS: Con estimación parcial del recurso de apelación deducido contra la Sentencia dictada por el Juzgado de Instancia núm 2 de Torrevieja, de fecha 18 de marzo de 2009 , en las actuaciones de que dimana el presente rollo, debemos revocar y revocamos parcialmente la mencionada resolución, y, en su lugar, dejando inalterado su pronunciamiento respecto a los Sres. Feliciano y Francisca , se estima parcialmente la demanda formulada contra Iberdrola S.A, a la que se condena, conjunta y solidariamente con aquellos, a abonar a los demandantes ciento cuarenta mil euros e intereses legales desde la interposición de la demanda, debiendo cada parte abonar sus costas y las comunes por mitad en la primera instancia, sin costas en esta alzada.
[Continúa…]
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