El congresista Edward Málaga Trillo, de la bancada de Avanza País, presentó una denuncia constitucional contra el expresidente Martín Vizcarra y el exministro Víctor Zamora (Salud).
Ambos son cuestionados por la utilización de pruebas rápidas serológicas, para la detección temprana del COVID-19, durante la gestión del exmandatario. En este contexto, se les atribuye los presuntos delitos de homicidio doloso, y falsedad ideológica y genérica.
Además, se indica que los exfuncionarios infringieron los artículos 2.1; 7; 9; 39; 118.3 y 128 de la Constitución.
El legislador indica que a diferencia de otras denuncias constitucionales similares, en las que también se aborda el manejo de la pandemia, este último «plantea una nueva tesis jurídico-penal, pues postula las figuras [citadas] como imputaciones penales, adicionalmente a los hechos de corrupción en el marco de la adquisición de pruebas rápidas»:
Las pruebas rápidas serológicas, en lugar de proteger a la población, contribuyeron a elevar la tasa de mortalidad y a alcanzar la triste cifra de más de 200,000 peruanos fallecidos por COVID19.
Su ineficacia fue un factor determinante para agravar la crisis sanitaria y posicionarnos como el país con el mayor número de muertos COVID-19 por millón de habitantes.
La decisión de comprar y utilizar dichas pruebas fue tomada en contra de la evidencia científica y definitivamente no tomó como prioridad la salud de la población.
La denuncia constitucional también plantea la inhabilitación de Vizcarra Cornejo y Zamora Mesía, por el plazo de diez años, y su procesamiento penal.
Escrito: 01
Sumilla: Denuncia Constitucional contra el exministro de Salud Víctor Zamora Mesía y el expresidente Martín Vizcarra Cornejo por infracción a los artículos 2.1, 7, 9, 39 ,118.3 y 128 de la Constitución Política del Perú, y los delitos de homicidio doloso, falsedad ideológica y genérica, relacionados a la utilización de pruebas rápidas serológicas para la detección temprana del virus del COVID-19, en agravio de la Nación
AL PRESIDENTE DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA
EDWARD MÁLAGA TRILLO, Congresista de la República, con domicilio procesal en Jr. Junín N° 330, Of. 502 – Cercado de Lima y correo electrónico [email protected], para efectos de notificaciones de la presente denuncia, ante usted me presento y digo:
I. PETITORIO
Que de conformidad con los artículos 99 y 100 de la Constitución Política del Perú, así como con el artículo 89 del Reglamento del Congreso de la República, formulo Denuncia Constitucional contra:
1. VÍCTOR MARCIAL ZAMORA MESÍA, exministro de Salud quien mediante Resolución Suprema N° 026-2020-PCM1 asumió el cargo desde el 21 de marzo del 2020 al 15 de julio del 2020, fecha en que mediante Resolución Suprema N° 042- 2020-PCM2 se aceptó su renuncia,
así como contra:
2. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO, expresidente Constitucional de la República del Perú, quien asumió dicho cargo entre el 23 de marzo del 2018 y el 9 de noviembre del 2020.
A los referidos altos funcionarios se les denuncia constitucionalmente por haber infringido los artículos 2.1, 7, 9, 39 ,118.3 y 128 de la Constitución Política del Perú, y transgredir los artículos 106, 428 y 438 del Código Penal, referido a los delitos contra la Vida, el Cuerpo y la Salud, en su modalidad de homicidio doloso, y los delitos contra la fe pública, en su modalidad de Falsedad Ideológica y Genérica, respectivamente, en agravio del Estado y la Sociedad, por lo que solicitamos SU INHABILITACIÓN PARA EL EJERCICIO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA POR EL PLAZO DE 10 AÑOS Y PROCESAMIENTO PENAL.
Respecto a otras denuncias constitucionales presentadas sobre hechos relacionados al manejo de la pandemia por parte del gobierno del expresidente Vizcarra, es necesario aclarar que la presente denuncia plantea una nueva tesis jurídico-penal, pues postula las figuras de homicidio doloso, falsedad ideológica y genérica como imputaciones penales, adicionalmente a los hechos de corrupción en el marco de la adquisición de pruebas rápidas, y que ocasionaron las denuncias constitucionales ya presentadas. Por ello, consideramos necesario se realice una investigación profunda bajo este nuevo enfoque, con los sustentos técnicos y científicos pertinentes, y en base a los fundamentos de hecho, derecho, científicos, morales y éticos que exponemos a continuación:
[Continúa…]
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