Llamadas spam: Reglamento de protección de datos personales entra en vigencia hoy

A partir de hoy, lunes 31 de marzo, entrará en vigor el nuevo Reglamento de la Ley de protección de datos personales (LPDP), aprobado mediante el Decreto Supremo 016-2024-JUS. La norma refuerza la protección del derecho fundamental a la privacidad y regula el uso adecuado de la información personal por parte de personas naturales, entidades públicas y privadas, especialmente en el entorno digital.

Uno de los aspectos más relevantes de este Reglamento es la regulación del consentimiento expreso para recibir llamadas publicitarias o de prospección comercial, con el fin de evitar comunicaciones no autorizadas.

Reglas para llamadas publicitarias

Según el artículo 26 del Reglamento, una empresa solo podrá realizar una llamada para solicitar consentimiento si se cumplen ciertos requisitos:

  • Los datos deben haberse obtenido de una fuente lícita.

  • La primera llamada debe estar orientada exclusivamente a pedir el consentimiento, sin incluir ofertas de productos o servicios específicos.

  • Si el ciudadano niega el permiso, no podrá ser contactado nuevamente con fines publicitarios.

  • Si la empresa contrata a un tercero, como un call center, este deberá reportar inmediatamente la negativa al responsable del tratamiento de datos.

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Asimismo, se garantiza que las personas puedan revocar, negar u oponerse al uso de sus datos con fines comerciales de manera sencilla y gratuita. La empresa debe proporcionar un medio accesible para este trámite, el cual deberá resolverse en un plazo máximo de diez días.

Notificación de incidentes de seguridad

El Reglamento también obliga a notificar a la Autoridad Nacional de Protección de Datos Personales (ANPD) cualquier incidente de seguridad que afecte a un gran número de personas o involucre datos sensibles. Esta notificación debe realizarse en un plazo máximo de 48 horas desde que se tenga conocimiento del hecho.

Los ciudadanos que consideren vulnerados sus datos personales pueden presentar denuncias a través de la mesa de partes presencial o virtual del Minjusdh. También pueden realizar consultas llamando a la central telefónica 204-8020 (anexo 2410) o escribiendo al correo [email protected].

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