La Disciplina Policial es conceptuada como el acatamiento consciente y voluntario de las órdenes que se dictan con arreglo a ley, que permite asegurar la unidad de acción y el cumplimiento de la finalidad fundamental, misión y funciones institucionales. No obstante, estoy convencido que dicha definición resulta restrictiva en cuanto a sus reales alcances e importancia, pues ésta constituye la columna vertebral, el cimiento, la base fundamental de la Policía Nacional del Perú.
En consecuencia, la Disciplina Policial bien podría definirse como el respeto irrestricto que le deben los miembros del Instituto a las normas y valores propugnados en la doctrina y legislación policial, pues simplemente sin disciplina, no existe PNP, fundamentalmente porque estamos frente a una institución jerarquizada y no deliberante.
Por ello resulta de vital importancia que nuestra Policía Nacional cuente con un régimen disciplinario férreo, pero que a su vez respete el debido procedimiento y los derechos de los servidores policiales, ello con la finalidad de evitar abusos de derecho o generar impunidad, toda vez que una norma adecuadamente estructurada y un procedimiento tramitado correctamente, plasmado en una resolución motivada, difícilmente será pasible de anulación vía judicial, garantizando de esta manera que los malos efectivos sean sancionados o expulsados y se absuelva a quienes poco o nada tienen que ver con el hecho infractor.
En ese contexto, al realizar un recuento de los últimos regímenes disciplinarios de la Policía Nacional del Perú (Ley N° 29356, Decreto Legislativo N° 1150 y Decreto Legislativo N° 1268), se logra determinar que la Ley N° 30714 (vigente a la fecha) constituye el cuerpo normativo más garantista que ha existido para los derechos del investigado
No sólo porque se incorporan cuatro principios de observancia obligatoria (doble instancia, causalidad, presunción de licitud y culpabilidad), sino también porque contempla modificaciones en la estructura del procedimiento disciplinario, diferenciando la fase instructora (actividades de investigación y acopio de evidencias) de la fase sancionadora (que aplica la sanción o absuelve al investigado); en consecuencia, se tiene un órgano decisor “descontaminado” e imparcial, sumándose a ello que la resolución de primera instancia también es pasible de cuestionamiento a través del recurso impugnatorio de apelación.
Es ahí donde radica la importancia de la obra Manual Práctico del Procedimiento Disciplinario Policial, que constituye una publicación inédita y pionera en su rubro, describiendo individualmente cada principio estipulado en la Ley 30714 y su reglamento aprobado mediante Decreto Supremo 003-2020-IN, consignando ejemplos prácticos y concordando lo narrado con los pronunciamientos más relevantes del Tribunal Constitucional y Tribunal de Disciplina Policial.
A ello se suman más de cuarenta de modelos de escritos, entre los que se cuentan descargos, apelaciones, alegatos complementarios, solicitudes comunes, demandas contenciosas administrativas, y otros que estamos seguros le serán útiles no sólo al personal policial, sino también a los letrados que defiendan causas donde se hallen involucrados miembros de la Policía Nacional.
De igual modo, se agregan a la obra algunos formatos referenciales que servirán para sancionar infracciones leves, así como el texto íntegro de la Ley N° 30714 y su recientemente publicado reglamento plasmado en el Decreto Supremo N° 003-2020-IN.
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