Mediante el Proyecto de Ley 3710/2022-CR, la congresista de la República Digna Calle Lobatón, propone reconocer la vigencia del documento nacional de identidad (DNI) por diez (10) años.
En la exposición de motivos se explica que con esta iniciativa legal se pretende resolver la problemática que representa la poca vigencia del DNI, algo que amenaza el ejercicio pleno del derecho fundamental a la identidad que actualmente es de ocho años.
El proyecto de ley 1674-2007-CR (del cual se derivó la promulgación de la Ley 22999) planteó elevar la validez del Documento Nacional de Identidad (DNI) y en aquella ocasión la RENIEC se opuso considerando que ello afectaría el costo de la tramitación como consecuencia de la reducción de ingresos, así como el cierre de agencias.
En el proyecto también se indica que, en el ámbito internacional, existen países en América Latina y en la Unión Europea que permiten la validez del DNI por un plazo de diez (10) años e incluso mayor.
La idea es pues que los ciudadanos se sobrepongan a la burocracia que genera la tramitación en un plazo muy corto, el cual, es el más corto de la región.
PROYECTO DE LEY
LEY QUE RECONOCE LA VIGENCIA DEL DOCUMENTO NACIONAL DE IDENTIDAD (DNI) POR DIEZ (10) AÑOS.
Artículo 1.- Objeto de la Ley
La presente ley tiene por objeto modificar el artículo 37 de la Ley N° 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil.
Artículo 2.- Modificación del artículo 37 de la Ley N° 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil.
Modifíquese el artículo 37 de la Ley N° 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, el cual queda redactado en los términos siguientes:
«Artículo 37.- Vigencia e invalidez del Documento Nacional de Identidad (DNI), obligación de actualizar datos y verificación de la dirección domiciliaria
37.1 El Documento Nacional de Identidad (DNI) tendrá una validez de diez (10) años, vencido el cual será renovado por igual plazo.
(…)».
Lima, noviembre de 2022.