LEY Nº 31009
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
POR CUANTO:
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;
Ha dado la Ley siguiente:
LEY PARA EL FORTALECIMIENTO DE LA INVESTIGACIÓN Y APLICACIÓN DE LA NEUROGENÉTICA Y DE LA BIOLOGÍA MOLECULAR
Artículo 1. Objeto de la Ley
La presente ley tiene por objeto el fortalecimiento de la investigación y la aplicación de la neurogenética y la biología molecular, así como la promoción de su uso para la atención en salud.
Artículo 2. Declaración
Declárase de interés nacional y de necesidad pública:
1) La investigación en neurogenética y biología molecular, los laboratorios y salas dedicadas a la investigación, los repositorios de muestras de ADN, así como la aplicación de sus resultados para la atención en salud.
2) El fortalecimiento del Centro de Investigación Básica en Neurogenética del Instituto Nacional de Ciencias Neurológicas, a través de la programación y asignación de los recursos presupuestales necesarios para mejorar sus servicios, equipamiento e infraestructura.
Artículo 3. Autorización al Ministerio de Salud
Autorízase al Ministerio de Salud para que disponga las acciones necesarias a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en esta ley, con cargo a su presupuesto institucional y sin demandar mayores recursos adicionales al tesoro público.
Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación.
En Lima, a los veintiséis días del mes de setiembre de dos mil diecinueve.
PEDRO C. OLAECHEA ÁLVAREZ CALDERÓN
Presidente del Congreso de la República
KARINA JULIZA BETETA RUBÍN
Primera Vicepresidenta del Congreso de la República
AL SEÑOR PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dieciséis días del mes de octubre del año dos mil diecinueve.
MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO
Presidente de la República
VICENTE ANTONIO ZEBALLOS SALINAS
Presidente del Consejo de Ministros