El Tribunal Constitucional (TC) dispuso la liberación del general en retiro del Ejército, Juan Rivero Lazo, quien fue condenado a 25 años por el caso Barrios Altos. En su resolución, el TC declaró improcedente una parte de la demanda, pero acogió como fundada la solicitud de corrección en el cómputo de la pena.
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En consecuencia, se reconoció que el exmilitar ya había cumplido el tiempo de reclusión establecido y se dispuso su inmediata excarcelación: «Declarar como inicio de su privación de libertad el 16 de diciembre de 1993 y; en tal sentido, disponer la inmediata libertad del actos por cumplimiento de pena».
EXP. N.° 04106-2023-PHC/TC LIMA
JUAN NOLBERTO RIVERO LAZO
SENTENCIA DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
En Lima, a los 7 días del mes de noviembre de 2024, en sesión de Pleno Jurisdiccional, los magistrados Pacheco Zerga (presidenta), con fundamento de voto que se agrega, Domínguez Haro (vicepresidente), con fundamento de voto que se agrega, Morales Saravia y Hernández Chávez han emitido la presente sentencia. Los magistrados Gutiérrez Ticse, Monteagudo Valdez y Ochoa Cardich emitieron votos singulares, que también se agregan. Los magistrados intervinientes firman digitalmente en señal de conformidad con lo votado.
ASUNTO
Recurso de agravio constitucional interpuesto por don Aníbal Quiroga León y don Víctor Raúl Pariona Lozano, abogados de don Juan Nolberto Rivero Lazo, contra la resolución de fecha 31 de marzo de 2023[1], expedida por la Primera Sala Constitucional de la Corte Superior de Justicia de Lima, que declaró improcedente la demanda de hábeas corpus de autos.
ANTECEDENTES
Con fecha 2 de enero de 2023, don Juan Nolberto Rivero Lazo interpone demanda de hábeas corpus[2], y la dirige contra los señores Tello Gilardi, Cabello Matamala, Chávez Zapater, Calderón Castillo y Rueda Fernández, jueces integrantes de la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República; contra los señores Castañeda Otsu, Pacheco Huancas, Guerrero López, Bermejo Ríos y Carbajal Chávez, jueces integrantes de la Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República; contra doña Inés Villa Bonilla, doña Inés Tello de Ñeco y doña Hilda Piedra Rojas, jueces integrantes de la Sala Penal Especial de la Corte Superior de Justicia de Lima; contra los señores Aldo Figueroa Navarro, Vilma Buitrón Aranda y Robinson Lozada, jueces integrantes de la Segunda Sala Penal Liquidadora de la Corte Superior de Justicia de Lima; y contra los señores Cano López, Ruíz Navarro y Verapinto Vásquez, jueces integrantes de la Cuarta Sala Penal Nacional Transitoria Especializada en Crimen Organizado.
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[1] Fojas 1949 del tomo IV del expediente.
[2] Fojas 1 del tomo I del expediente.

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