Fundamento destacado: 4. Prohibición de retroactividad de las normas penales desfavorables.
a) Alcance de la protección: Aproximándonos al problema constitucional planteado en la demanda, debe señalarse que la exigencia de ley previa se sitúa a caballo entre la garantía material y formal. Protege tanto la seguridad como la libertad del ciudadano frente a una aplicación sorpresiva del ius puniendi —y, así mismo innecesaria desde el prisma de la finalidad de prevención general de la pena—, e impide que las normas sancionadoras, que por no existir no podían ser conocidas y tomadas en consideración por el ciudadano, se apliquen a conductas que cuando se realizaron no estaban prohibidas por una ley, o, aún prohibidas, estaban menos castigadas.
La materialización de los intereses jurídicos protegidos con dicha garantía exige extremar el respeto a la exigencia de previsibilidad de los ciudadanos frente a la reacción estatal. Dicha exigencia no puede quedar desplazada por un cambio social desfavorable en el reproche penal de una conducta o en la intensidad de su represión. Se garantiza así la protección frente a una mayor restricción de bienes y derechos que resultaría de una penalidad sobrevenida desfavorable, reflejando de este modo «la especial trascendencia del principio de seguridad en dichos ámbitos limitativos de la libertad individual» (STC 42/1987, de 7 de abril, FJ 2). Esta, no puede quedar ensombrecida por posiciones que se aproximan a la problemática constitucional desde un prisma meramente formal o procedimental, desprovistas de su enfoque material o insensibles con los intereses jurídicos concernidos.
[…]
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
14922 Sala Segunda. Sentencia 54/2023, de 22 de mayo de 2023. Recursos de amparo 4728-2021 y 4730-2021 (acumulados). Promovidos por don Salvador Reina Calderón y don Daniel Castells Batlló en relación con los autos dictados por la Audiencia Provincial de Barcelona en procedimiento de ejecución penal. Vulneración del derecho a la legalidad penal: aplicación retroactiva de una ley penal desfavorable.
ECLI:ES:TC:2023:54
La Sala Segunda del Tribunal Constitucional, compuesta por la magistrada doña
Inmaculada Montalbán Huertas, presidenta, y las magistradas y magistrados doña María
Luisa Balaguer Callejón, don Enrique Arnaldo Alcubilla, don César Tolosa Tribiño y doña
Laura Díez Bueso, ha pronunciado
EN NOMBRE DEL REY
la siguiente
SENTENCIA
En los recursos de amparo acumulados núm. 4728-2021 y 4730-2021, promovidos, por don Salvador Reina Calderón y don Daniel Castells Batlló, representados por el procurador de los tribunales don Miguel Montero Reiter y, respectivamente, bajo la dirección de las letradas doña María Amparo Bataller Pardo y doña Laura Bardají Salinas, contra los autos de 20 de abril y 20 de mayo de 2021 dictados por la Sección Séptima de la Audiencia Provincial de Barcelona, en el procedimiento de ejecución penal núm. 59-2020, por los que se desestimó la sustitución de la pena de un año y seis meses de prisión y el posterior recurso de súplica. Ha sido parte, en sendos recursos, la entidad From Inversiones Energéticas, S.L., representada por el procurador de los tribunales don Argimiro Vázquez Guillén y defendida por el letrado don Josep Riba Ciurana. Ha intervenido el Ministerio Fiscal. Ha sido ponente don César Tolosa Tribiño.
Continúa…
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