La Sala Pena Permanente de la Corte Suprema ha resuelto declarar fundada la solicitud de inhibición presentada por el juez supremo César San Martín Castro. Así pues, no conocerá el recurso casatorio presentado por la defensa de Keiko Fujimori, quien viene siendo procesada por el delito de lavado de activos, en el denominado caso ‘cocteles’.
A continuación compartimos el comunicado publicado por el Poder Judicial.
El Colegiado de la Sala Penal Permanente comunica:
Primero. En la fecha se ha resuelto declarar fundado el pedido de inhibición formulado por el señor juez supremo César San Martín Castro; en la casación N.° 599-2018 planteada por la defensa del partido político Fuerza Popular; en la causa seguida por el delito de lavado de activos, en perjuicio del Estado; en ese sentido, dispone que se llame al magistrado designado por ley; debiendo continuarse con la secuela de la casación conforme a su estado.
Segundo. En ese mismo sentido, en la fecha se ha resuelto declarar fundado el pedido de inhibición formulado por el señor juez supremo César San Martín Castro; en la casación N.° 528-2018 planteada por la defensa de los investigados Keiko Sofía Fujimori Higuchi y Mark Vito Villanella; en la causa seguida por el delito de lavado de activos, en perjuicio del Estado; en ese sentido, dispone que se llame al magistrado designado por ley; debiendo continuarse con la secuela de la casación conforme a su estado.
Lima, 22 de agosto de 2018