Compartimos jurisprudencia actual y relevante del artículo 10 del Decreto Supremo 003-97-TR, que aprobó el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo 728, Ley de productividad y competitividad laboral (en adelante TUO del DL 728).
Artículo 10
El período de prueba es de tres meses, a cuyo término el trabajador alcanza derecho a la protección contra el despido arbitrario.
Las partes pueden pactar un término mayor en caso las labores requieran de un período de capacitación o adaptación o que por su naturaleza o grado de responsabilidad tal prolongación pueda resultar justificada. La ampliación del período de prueba debe constar por escrito y no podrá exceder, en conjunto con el período inicial, de seis meses en el caso de trabajadores calificados o de confianza y de un año en el caso de personal de dirección.

Jurisprudencia sistematizada
Jurisprudencia del Tribunal Constitucional
- ¿Puede una trabajadora embarazada ser despedida durante el periodo de prueba? [STC 02456-2012-AA/TC]. Link:http://bit.ly/3EB0jvI.
- No se vulnera el debido proceso si se cesa sin causa a trabajador que no superó periodo de prueba[STC 2982-2012-AA]. Link:http://bit.ly/3g99V7y.
Jurisprudencia de la Corte Suprema
- Doctrina jurisprudencial sobre despido por embarazo. Ordenan reponer a trabajadora embarazada cesada durante periodo de prueba [Cas. Lab. 30535-2019, Lima]. Link: http://bit.ly/3X4BrDS.
- Periodo de prueba: ¿qué se debe evaluar y cómo se computa? [Cas. Lab. 13509-2016, Tacna]. Link:http://bit.ly/3tCVZpi.
- ¿Se pueden acumular dos periodos de prueba? [Cas. Lab. 6952-2017, Lima]. Link: http://bit.ly/3X4bMuY.
- ¿Qué es el «periodo de prueba» y cuánto dura? [Cas. Lab. 6051-2016, Arequipa]. Link: http://bit.ly/3UYnYeR.
- Corresponde indemnización para quien fue despedido durante el periodo de prueba?[Cas. Lab. 7095-2014, Lima]. Link: http://bit.ly/3UWe9OC.
- Ordenan reponer a trabajador público despedido en periodo de prueba [Cas. Lab. 5252-2014, Lima]. Link: http://bit.ly/3UWe9OC.
- Acumulación de periodo de prueba: ¿cuándo cargos son notaria y cualitativamente iguales? [Cas. Lab. 20577-2018, Tacna]. Link: http://bit.ly/3UJ1dfs.
- Es arbitrario ampliar periodo de prueba del trabajador si se le asigna funciones de otro cargo [Cas. Lab. 16361-2016, Lima]. Link: http://bit.ly/3hN2pQl.
- Criterios para la ampliación y reinicio del periodo de prueba [Casación 13165-2015, Moquegua]. Link: http://bit.ly/3UDyQ2f.
- Periodo de prueba debe evaluarse en función al último periodo si se laboró de forma interrumpida [Casación 11228-2016, Ayacucho]. Link:http://bit.ly/3GoL2Q9.
- ¿Se deben sumar los periodos de prueba durante el tiempo laborado para un mismo empleador? [Cas. Lab. 15308-2019, Tacna]. Link: https://bit.ly/3TKjs2t.
Plenos jurisdiccionales
- ¿Empleador debe indicar por qué el trabajador no superó el periodo de prueba? ¿Cabe reposición si no lo hace? [Pleno laboral de Junín, 2020]. Link: http://bit.ly/3TzfXfv.
Jurisprudencia de las cortes superiores
- No es válido periodo de prueba para quien ya laboró en la entidad en puesto similar [Exp. 22772-2018]. Link:http://bit.ly/3tQIVx3.
- Período de prueba: ¿empleador puede pactar un plazo menor a los tres meses? [Exp. 01229-2020-0-JR-LA]. Link: http://bit.ly/3UXJoZx.
- Aplicación de un periodo de prueba dentro de un traspaso de personal [Exp. 25144-2018]. Link: http://bit.ly/3OdnwYe.
Pronunciamientos administrativos
- ¿Cómo se computa del periodo de prueba en el sector público?[Resolución 000945-2021-Servir]. Link: http://bit.ly/3THszBb.
- Servidor cesó al culminar su periodo de prueba siendo CAS, ¿opera la Ley 31131? [Resolución 001195-2021-Servir/TSC]. Link:http://bit.ly/3TGaL9E.

![Conspiración para una rebelión: El tenor del mensaje a la Nación —orientado a quebrar el orden constitucional—, los pedidos de apertura de rejas, el cambio del comandante general del Ejército, la comunicación insistente entre los coacusados y mandos policiales y la preparación de un decreto supremo para formalizar el atentado constitucional son circunstancias que denotan un acto de comunicación definitiva —seria, no algo improvisado— (caso Pedro Castillo) [Expediente 39-2022, f. j. 10.4.b]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/03/Pedro-Castillo-juicio-oral-LPDERECHO-2-218x150.jpg)
![Aun teniendo un poder formal como presidente de la República, si no se aprecia una mínima organizatividad de un alzamiento en armas —con suficientes medios materiales y personales para levantarse en armas—, no se configura el delito de rebelión (caso Pedro Castillo) [Expediente 39-2022, f. j. 10.2]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/palacio-pedro-castillo-LPDerecho-218x150.jpg)

![La facultad de desvinculación comprende no solo la recalificación a un delito más grave, sino también a uno de menor gravedad cuando se presenta una degradación fáctica y jurídica, siempre que no se varie los hechos esenciales (caso Pedro Castillo) [Expediente 39-2022, f. j. 10.4.b]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/09/PEDRO-CASTILLO-DOCUMENTO-LPDERECHO-218x150.jpg)
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![Código de Protección y Defensa del Consumidor (Ley 29571) [actualizado 2025] Codigo proteccion defensa consumidor - LPDercho](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/Codigo-proteccion-defensa-consumidor-LPDercho-218x150.png)
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