FUNDAMENTO: Conclusión Plenaria.
El Pleno Jurisdiccional de Familia de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte, adopta por mayoría la segunda opción.
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA NORTE
ACTA DEL PLENARIO DE FAMILIA 2009
En el Auditorio de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte, Tercer piso del edificio antiguó, del día 19 de octubre del 2009, siendo las quince con cuarenta horas se dio inicio a la Sesión Final de Acuerdos y Conclusiones del pleno Jurisdiccional Distrital en materia de Familia contando con la asistencia de los siguientes magistrados: Jueces Superiores CARMEN LOPEZ VASQUEZ, en calidad de presidenta de la Comisión, los Jueces de Familia Janideth Victoria Cárdenas Portugal, Jonatan Orlando Basagoitia Cárdenas y José Milton Gutiérrez Villalta como miembros de la comisión y los Jueces Superiores Edgardo Torres López, Rosa María Catacora Vil lasante, Leonor Ayala Flores, Fanny Ruth Olascoaga Velarde. También asistieron los siguientes jueces: Cecilia Siaden Ani, Ronald Iván Cueva Solis, María Pulache Ayala, Walter Eduardo Campos Morillo, Nancy Rosa Angeludis Tomassini, Luis Humberto Requejo Lazaro, Fabian Guerra Rengifo, Leny Zapata And ¡a, Silvia Violeta Sánchez Egusquiza, Beatriz Elena Ormeño Chirinos, Margarita Salcedo Guevara, Filomena Lidia Vargas Típula, José Ronald Aliaga Rengifo, Adolfo Gustavo Arribasplata Cabanillas, Ana María Anciburo Silva, Elsa Rocsana Pastor Sánchez Concha y Teodoro López Diestra, incorporándose después de iniciado el debate a cada una de sus mesas de trabajo las magistradas Lourdes Teresa Chavarria Tena y concluidos los acuerdos la magistrada Lucia Gabriela Magán Montes. Asimismo, se deja constancia de la inasistencia del Juez Superior José Alberto Infantes Vargas y los siguientes magistrados: Shirley Francis Alcocer Gallo, Saúl Saturnino Jerónimo Chacaltana, Gloria Teresa Vivanco Huamán, Ivette Jackeline Reyes Delgado, Milagros Rossana Valenzuela López, María Elisa Zapata Jaén, Yaneth Josefina Salcedo Saavedra, Rey Jesús García Carrizales, Mauro Florencio Leandro Martín, Hilda Julia Huerta Ríos, Edith Rosario Hinostroza Pariachi, Alejo Avilio Berrocal vergara, César Augusto Alejos Tarazona, Jorge Luis Levano Muchotrigo, Julio Cristóbal Frisancho Gil, Alcides Ramírez Cubas, Máximo Lizardo Aguirre Gómez, Alexander Rudy Moreno Dávila, Giuliana Elizabeth Reyes Chávez, Elena Mayuri Bocanegra, Juan Campos Flores y Lizandro Rodríguez Tafur.
Participó como Secretaria de la Comisión la señora abogada Rocío del Pilar Alvarez Mesones, y en condición de colaboradores los auxiliares jurisdiccionales Denisse Anthuanette Díaz Peña, Vilma Consuelo Orozco Cruz, Rafael Antonio Landa Claros, María Zoila Locatelli López y Maribel Soto Mamani.
[Continúa…]
![La falta de notificación al imputado del auto que concede el recurso de casación planteado por el fiscal lesiona su derecho de defensa [Exp. 03341-2024-PHC/TC, f. j. 8] TC usura servicios financieros](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/tribunal-constitucional-fachada-tc-LPDerecho-218x150.jpg)

![[VIVO] Clase modelo sobre exclusión probatoria en juicio. Llena el formulario para recibir las diapositivas](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/01/CLASE-MODELO-DIEGO-VALDERRAMA-MACERA-BANNER-218x150.jpg)
![[VIVO] Clase modelo sobre prueba nueva en juicio. Llena el formulario para recibir las diapositivas](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/01/CLASE-MODELO-JUAN-ORTIZ-BENITES-BANNER-218x150.jpg)
![A pesar de que no le corresponde a la Sala Penal de la Corte Suprema notificar el auto que concedió el recurso de casación, sí le es exigible verificar que ello se haya realizado, pues existe un especial deber de protección del derecho de defensa [Exp. 03341-2024-PHC/TC, f. j. 5]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/tribunal-constitucional-4-LPDerecho-218x150.jpg)
![El trabajador que solicita la nulidad del despido no se encuentra liberado de su carga probatoria, sino que tiene la obligación de aportar indicios razonables del despido [Casación Laboral 18431-2023, Cajamarca]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/despido-vacaciones-desacanso-horas-libres-feriado-trabajador-formal-LPDerecho-218x150.jpg)
![Indecopi multa a BBVA con más de S/1.5 millones por realizar llamadas spam [Resolución Final 083-2025/CC3]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/banner-bbva-logo-LPDerecho-218x150.jpg)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)








![[Balotario notarial] Escritura pública, minuta y protocolización: concepto, estructura y formalidades esenciales](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/Escritura-Publica-en-el-Peru-218x150.jpeg)




![La indemnización por daños y perjuicios ocasionados por un despido incausado, no puede equiparse a las remuneraciones que se dejaron de percibir por esta causa de despido [Casación 18589-2023, Del Santa]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/despido-desconcierto-trabajador-laboral-LPDerecho-218x150.jpg)
![¿Qué ocurre si una entidad no entrega la información solicitada por el portal de transparencia o no responde dentro del plazo legal? [Informe Técnico 002766-2025-Servir-GPGSC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/03/SERVIR-LPDERECHO-218x150.jpg)




![Lineamientos sobre la designación y funciones del oficial de integridad electoral [Resolución 000021-2026-P/JNE]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/08/JNE-FACHADA-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Ley de Delitos Informáticos (Ley 30096) [actualizada]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/08/ley-de-delitos-informaticos-ley-30096-actualizada-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Código Civil peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-OFICIAL-CODIGO-CIVIL-2024-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Código Procesal Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/02/VENTA-CODIGO-PENAL-BANNER-POST-TAPA-DURA-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Código Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)








![[VÍDEO] ¿Quieres postular a la Fiscalía? Estas son las preguntas que hacen en las entrevistas](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/10/postular-fiscalia-preguntas-entrevista-LP-218x150.jpg)








![Código Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-100x70.jpg)

![[Balotario notarial] Escritura pública, minuta y protocolización: concepto, estructura y formalidades esenciales](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/Escritura-Publica-en-el-Peru-324x160.jpeg)
![La falta de notificación al imputado del auto que concede el recurso de casación planteado por el fiscal lesiona su derecho de defensa [Exp. 03341-2024-PHC/TC, f. j. 8] TC usura servicios financieros](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/tribunal-constitucional-fachada-tc-LPDerecho-100x70.jpg)
![A pesar de que no le corresponde a la Sala Penal de la Corte Suprema notificar el auto que concedió el recurso de casación, sí le es exigible verificar que ello se haya realizado, pues existe un especial deber de protección del derecho de defensa [Exp. 03341-2024-PHC/TC, f. j. 5]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/tribunal-constitucional-4-LPDerecho-100x70.jpg)

![El trabajador que solicita la nulidad del despido no se encuentra liberado de su carga probatoria, sino que tiene la obligación de aportar indicios razonables del despido [Casación Laboral 18431-2023, Cajamarca]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/despido-vacaciones-desacanso-horas-libres-feriado-trabajador-formal-LPDerecho-100x70.jpg)

![[Balotario notarial] Escritura pública, minuta y protocolización: concepto, estructura y formalidades esenciales](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/Escritura-Publica-en-el-Peru-100x70.jpeg)
