Fundamento destacado: 12 […] Se debe dejar constancia de que si bien el demandado se encuentra en un centro penitenciario, este está asumiendo la consecuencia de actos ilícitos, determinado en un proceso penal; sin embargo es evidente que la situación de encierro que ostenta limita y disminuye sus opciones laborales en comparación con otra persona, que se encuentre gozando de su libertad, y es de indicarse que el monto que se le establezca en el presente proceso no es permanente pues este puede ser sujeto a variación cuando la condición cambie, pues puede demandarse su variación si se dan los presupuestos establecidos en el artículo 482 del Código Civil. En este orden de ideas si bien el demandado se encuentra privado de su libertad en un centro penitenciario, y por ello se encuentra limitado en la obtención de un trabajo bien remunerado, es de advertirse que dicha circunstancia como ya se ha manifestado no impide que pueda laborar al interior del penal en las diversas actividades productivas que en el mismo penal se promociona; debiendo esforzarse y realizar todos sus esfuerzos para ayudar con la manutención del menor.
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE PIURA
JUZGADO DE PAZ LETRADO TRANSITORIO DE CASTILLA
EXPEDIENTE : 00066-2020-0-2011-JP-FC-01
MATERIA : ALIMENTOS
JUEZ : RODRIGUEZ SEMINARIO YOLANDA CECILIA
ESPECIALISTA : CUYATTI ARICA PAUL ALESSANDRO
DEMANDADO : T.Z.J.E
DEMANDANTE : G.F.L.F
RESOLUCIÓN NUMERO: QUINCE (15)
Castilla, 14 de mayo de 2021
SENTENCIA
I. ANTECEDENTES
1. Mediante resolución N° 01 de fecha 02MAR2020 obrante de folios 12 a 13, se admite a trámite la demanda interpuesta por G.F.L.F en representación de su menor hijo G.G.T.L sobre Alimentos contra J.E.T.Z, la misma que le fuera notificada conforme a Ley, tal como se advierte de folios 14 y 37 respectivamente.
2. Mediante acta de audiencia única de fecha 30NOV2020 obrante de folios 45 a 49 se resolvió declarar rebelde al demandado y se declaró saneado el proceso y la existencia de una relación jurídica procesal valida; fijándose además los puntos controvertidos y actuándose los medios probatorios de parte y de oficio el informe del Director del centro Penitenciario Ex Río Seco a fin de que informe si el demandado realiza alguna actividad o emprendimiento productivo que le genere ingresos dentro del penal; sin embargo pese a los requerimientos realizados es por resolución N°13 de fecha 12MAY21 que se resuelve prescindir del medio probatorio consistente en el informe que debería remitir el Director del centro Penitenciario Ex Río Seco, ordenándose finalmente ingresar los autos a despacho para sentenciar; por tanto se expide la presente resolución.
II. PRETENSIÓN Y ARGUMENTOS EXPUESTOS POR LA DEMANDANTE
2.1 Pretensión:
-Mediante escrito de folios 09 a 11 la accionante en representación de su menor hijo G.G.T.L; interpone demanda de alimentos contra el emplazado J.E.T.Z, solicitando se le ordene cumpla con pagar una pensión alimenticia mensual y adelantada ascendente a S/500.00 Soles de su haber mensual.
2.2 Argumentos expuestos por la demandante:
– Refiere, que fruto de la relación extramatrimonial con el demandado procrearon a su menor hijo, el mismo que fuese declarado conforme al acta de nacimiento que adjunta a la presente.
– Señala, el demandado desde el día que nació su menor hijo no ha cumplido con su obligación como padre, a pesar que cuando ha estado en libertad a tenido solvencia económica para hacerlo, es por ello que teniendo conocimiento que realiza trabajo dentro del Establecimiento Penitenciario Ex Río Seco, es que se ve en la obligación de demandarlo, y así cumpla con acudir con una pensión alimenticia a favor de su menor hijo.
III. ARGUMENTOS EXPUESTOS POR EL DEMANDADO
– Mediante resolución N° 08 de fecha 30NOV2020 expedida en audiencia única de folios 45 a 49 se resuelve declarar Rebelde al demandado J.E.T.Z […]
[Continúa…]
Descargue en PDF la resolución

![Declaración y reconocimiento fotográfico practicados a un colaborador eficaz, sin participación del abogado defensor del delatado, son válidos [Casación 597-2022, Lambayeque]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/11/reconocimiento-fotografico-invalido-LPDERECHO-218x150.jpg)
![La empresa aseguradora (incorporada como tercero civil) está obligada a pagar la reparación civil, pero no el total, sino solo hasta el monto de la cobertura de su contrato de seguro [Casacion 2424-2022, Cusco]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/JUEZ-MAZO-ESPOSAS-MESA-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Aunque la declaración de la víctima en cámara Gesell no se haya tramitado como prueba anticipada, puede ser valorada por el juzgador, pues intervinieron el fiscal, el perito psicólogo, la defensa y la madre de la menor [Casación 621-2022, Madre de Dios, f. j. 4]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-LIBROS-BIBLIOTECA-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Contienda de competencia: Corresponde al juzgado del lugar donde se encuentra recluido el sentenciado conceder los beneficios penitenciarios [Consulta Diversa 2-2005, Lambayeque f. j. 4.7]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/JUEZA-MAZO-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)










![Indecopi: Inmobiliaria debe probar que el porcentaje pactado como penalidad correspondió al efectivo perjuicio por la frustración de la venta (cláusula penal abusiva) [Cas. 15070-2018, Ica]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/MAZO-DERECHO-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)

![¿Los beneficios del convenio colectivo alcanzan también a servidores no sindicalizados? [Informe Técnico 001992-2025-Servir-GPGSC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/trabajador-confianza-companero-companerismo-ambiente-laboral-sindicato-LPDerecho-218x150.jpg)
![No toda reducción del sueldo básico implica una disminución de la remuneración total [Casación 16410-2023, Tacna]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/11/exfuncionario-recursos-humanos-sueldo-LPDERECHO-218x150.jpg)
![A los trabajadores que realizan labor intermitente, como los choferes del servicio de transporte interprovincial, no les corresponde el pago de horas extras (conforme al art. 5 del DS 007-2002-TR), aun cuando realicen labores intermitentes que excedan las 12 horas diarias [Casación 46532-2025, La Libertad]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/06/mujer-trabajadora-computadora-trabajo-remoto-teletrabajo-asistente-LPDerecho-218x150.png)
![Suprema interpreta artículo 37 del TUO 728: el despido no puede deducirse y la carga de la prueba corresponde al trabajador [Casación 15624-2022, Lima]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/trabajadores-reunion-jefe-gritos-mal-ambiente-laboral-oficina-despido-LPDerecho-218x150.jpg)

![Fundamento de voto: No se puede equiparar la finalidad política que tiene un partido político (participación electoral) con un propósito delictivo como promover, organizar, constituir o integrar una organización con fines ilícitos (caso cócteles) [Exp. 02109-2024-PHC/TC, ff. jj. 25-26]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/FUDAMENTO-VOTO-POLITICA-ELECTORAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![El control difuso es de naturaleza incidental, se lleva a cabo en casos particulares y su efecto consiste en la inaplicación de una ley al escenario concreto, siempre que el TC no haya confirmado su constitucionalidad [Exp. 03097-2024-PA/TC, ff. jj. 12-14]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/CONTROL-DIFUSO-NATURALEZA-INAPLICACION-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Multan a colegio de La Molina por discriminar a padre residente en el Callao que tuvo interés en matricular a su hija [Res. 2423-2025/SPC-Indecopi]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/indecopi-exterior-10-anos-LPDerecho-218x150.jpg)
![Multan a Claro por publicidad engañosa al afirmar que «es la red móvil más rápida del Perú» y «Cámbiate a la red móvil más rápida del Perú» [Res. 185-2025/CCD-Indecopi]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/07/empresa-telefonia-claro-LPDerecho-218x150.jpg)
![Sutran: directiva que regula el procedimiento para acogerse al programa de regularización de sanciones [Resolución de Superintendencia D0000058-2025-Sutran-SP]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/10/condenan-trabajador-sutran-100-yape-multa-LPDERECHO-218x150.jpg)
![PJ implementa el sistema informativo de garantías mobiliarias [RA 000390-2025-CE-PJ]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/placio-de-justicia-pj-poder-judicial-fachada-LPDerecho-218x150.jpg)
![Código Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Decreto Legislativo del Notariado (Decreto Legislativo 1049) [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/DECRETO-LEGISLATIVO-NOTARIO-1049-2025-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Ley General de Contrataciones Públicas [Ley 32069] (actualizada 2025)](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/01/NUEVA-LEY-GENERAL-CONTRATACIONES-PUBLICAS-LPDERECHO-218x150.png)
![Ley Orgánica de Elecciones (Ley 26859) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-de-elecciones-LPDerecho-2025-218x150.jpg)








![[VIDEO] Juez propone que todos los delitos se tramiten en unidades de flagrancia, sin excepción](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/DELITOS-PLANTEA-TABOA-LPDERECHO-218x150.jpg)




![Multan a Claro por publicidad engañosa al afirmar que «es la red móvil más rápida del Perú» y «Cámbiate a la red móvil más rápida del Perú» [Res. 185-2025/CCD-Indecopi]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/07/empresa-telefonia-claro-LPDerecho-100x70.jpg)



![Declaración y reconocimiento fotográfico practicados a un colaborador eficaz, sin participación del abogado defensor del delatado, son válidos [Casación 597-2022, Lambayeque]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/11/reconocimiento-fotografico-invalido-LPDERECHO-100x70.jpg)
![¿Los beneficios del convenio colectivo alcanzan también a servidores no sindicalizados? [Informe Técnico 001992-2025-Servir-GPGSC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/trabajador-confianza-companero-companerismo-ambiente-laboral-sindicato-LPDerecho-100x70.jpg)

![Multan a colegio de La Molina por discriminar a padre residente en el Callao que tuvo interés en matricular a su hija [Res. 2423-2025/SPC-Indecopi]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/indecopi-exterior-10-anos-LPDerecho-100x70.jpg)

