Compartimos con ustedes este escrito fechado en Roma el 30 de mayo de 1920. La nota fue publicada en El Tiempo (Lima), hacia el 3 de setiembre de 1920.
LA SEÑORA LLOYD GEORGE, LA JUSTICIA Y LA MUJER1
Uno de los más interesantes personajes de Leonidas Andreiev, en uno de sus más interesantes cuentos, dice que ha habido y habrá muchas mujeres buenas, que ha habido y habrá muchas mujeres inteligentes, pero que no ha habido ni habrá jamás una mujer justa. El personaje de Andreiev es un loco. Mas su opinión podría bastar para poner en duda su locura. Es una opinión rebozante de lucidez. Parece, en verdad, que a la mujer le faltase el sentido de la justicia. El fallo de la mujer peca de debilidad o peca de dureza. La mujer es demasiado indulgente o demasiado severa. Y, generalmente, tiene como el gato, una traviesa inclinación a la crueldad. Todo lo que había de cruel en Nerón corresponde matemáticamente a todo lo que había en él de afeminado.
Nada significa que la justicia sea tradicionalmente representada por una mujer y una balanza. Probablemente es así por razones de estética decorativa. No habría sido bonito ni elegante representar a la justicia por una balanza solamente. Y ni siquiera hubiera sido rigurosamente exacto en estos tiempos en que no se puede confiar ni en las balanzas. La dama de la justicia es, luego, tan convencional como la balanza. Además acerca de ella cabe una observación: que no se trata de una mujer sino, más bien, de una diosa. Y, aunque todas las mujeres son, a veces, más o menos diosas, no todas las diosas son absolutamente mujeres.
Acontece sin embargo, que las mujeres, que ya son legisladoras, van también a ser jueces. Más aún. Han comenzado a serlo. Tenemos ya una mujer, la señora Lloyd George en funciones de juez, sobre un pedestal de celebridad, de jurisprudencia y de papel sellado. Cierto que una golondrina no hace verano. Y una golondrina inglesa mucho menos. Pero esta moda de las mujeres jueces está destinada a propagarse por el mundo con la misma facilidad de todas las modas inconvenientes y de todas las modas femeninas.
Si pensásemos como los cronistas del acontecimiento no habría de qué alarmarse. La señora Lloyd George no es la primera juez de la historia del mundo. La primera juez fue Débora. Y esta lejana experiencia dejó buenos recuerdos a la humanidad. El libro de los jueces cuenta que Débora se portó con suma justicia y máxima sabiduría.
Pero seguramente, esto no es más que una galantería del libro de los jueces. Me considero obligado a suponerlo a pesar de mi amor y mi respeto a la Biblia. La razón es ésta. Si las cosas hubieran pasado como narra la Biblia, Débora no habría sido la única juez de la historia hasta nuestros días. Así como ha habido muchas mujeres estadistas, habría habido igualmente, después de Débora, muchas mujeres jueces. Lo sensato, pues, es pensar que Débora lo hizo tan mal que la humanidad quedó escarmentada de la experiencia. Y que ha sido necesario que transcurran millares de años y que llegue a esta hora de disparates y desatinos para que Débora tenga sucesoras.
La mujer no ha nacido para juez. Ha nacido, en todo caso, para abogado. Sus aptitudes para el casuismo, para el enredo, para la chicanería, son extraordinarias. Y, al juicio de un amigo mío, muy pesimista, la mujer ha nacido también para médico. Si la mujer reemplazase totalmente al hombre en la profesión de médico podría prestarle a la humanidad un servicio inapreciable. El servicio inapreciable de hacerla desaparecer en pocos días.
Por otra parte, yo no creo que las mujeres tengan mucho interés en ser jueces, como tampoco creo, por esto, peligroso. Estoy seguro de que no todas las mujeres tengan mucho interés en ser legisladoras. El sufragio femenino dará generalmente su voto por los hombres. Y, aunque los hombres somos ordinariamente poco cuerdos, no se nos antojará nunca dar nuestro voto por las mujeres. La composición de las asambleas legislativas no se modificará sensiblemente. Entrarán en ellas algunas mujeres; pero no será de mujeres la mayoría. Lo cual, precisamente, les conviene a las mujeres porque se dice que las minorías tienen siempre razón. De las minorías femeninas se dirá, pues, lo mismo. A menos que, tan luego como las minorías parlamentarias sean de mujeres, la impresión del público sobre las mayorías cambie radicalmente.
Mas no obstante todo lo escrito precedentemente, yo no pienso que se deba votar en contra de la magistratura femenina solamente por la consideración de Leonidas Andreiev. No. Hay que votar en contra por consideraciones más agradables a las mujeres.
No se trata de evitar que las mujeres sean jueces por el pueril egoísmo de negarles el masculino placer de administrar justicia. Se trata de evitar que sean jueces por una razón del más elevado feminismo. Para que continúen viendo algo mejor, algo más bello: algo más plácido; para que continúen siendo mujeres. La justicia está muy desacreditada. Dejen las mujeres que se continúen llamando la justicia de los hombres.
De otro lado, yo veo un peligro horrible para la poesía en que las mujeres ocupan los juzgados. El peligro horrible de que la poesía se quede sin una de sus últimas fuentes de alimentación. Sin la que era y es, en concepto de todos, su fuente perenne. Porque, malgrado el modernismo, una mujer será siempre para un poeta más hermosa que un automóvil, que un hidroplano, que una locomotora y que un submarino.
Yo presiento que el día en que las mujeres sean jueces no va a ser más las mismas para los poetas. Los poetas no van a poder cantarlas como antes y ni siquiera como ahora. ¿Cree alguien por ventura en la posibilidad de un madrigal a un juez de primera instancia? No, indudablemente. Los poetas han detestado siempre a los jueces. Es la suya una adversión orgánica, natural, instintiva.
Y bien, la poesía tiene necesidad de las mujeres. Esta necesidad no es sólo lírica y sentimental sino también económica e interesada. Dígase lo que se diga los poetas viven de la poesía. La poesía no constituye siempre para ellos una renta —aunque exigua, renta al fin y al cabo—. Pero constituye, invariablemente, un título para no pagarle a nadie, un título para vivir en un estado de crónica insolvencia y un título sobre todo para morirse de hambre en último caso. Atentar, pues, contra la subsistencia de la mujer como eterno tema de la poesía es atentar contra la subsistencia de los poetas. Es privar-los de su materia prima. Y la verdad es que los poetas no merecen tanto de la ingratitud humana.
Estos son los principales fundamentos de mi voto contra la magistratura femenina. Estos y no los que aparecen al principio de mi artículo. Aquello de que no hay mujeres justas es, sin duda alguna, muy cierto, además de ser muy rotundo. Es muy cierto, muy cierto. Pero es preciso preguntarse: ¿Acaso los hombres somos justos? Puede ser, precisamente, que demos una prueba de que no lo somos cuando afirmamos que las mujeres no han sido, no lo son, ni lo serán jamás…
NOTA:
1 Fechado en Roma, 30 de mayo de 1920; publicado en El Tiempo, Lima, 3 de setiembre de 1920.
Comentarios:
![Coautoría: No es necesario que cada agente realice todos los actos del delito, sino que aporte una conducta idónea y vinculante para la concreción delictiva (contexto delictivo) [RN 1502-2010, La Libertad, f. j. 4]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-JUEZ-SENTENCIA-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![La pericia de parte que descartó desbalance patrimonial no sostiene la presunción de inocencia, pues: a) se basa en declaraciones juradas legalizadas, unilaterales y no verificadas; b) la certificación notarial valida solo la firma, no el contenido económico [Casación 1724-2019, Ayacucho, f. j. 11] dinero-soles-indemnización-sueldo](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/12/Dinero-sueldo-soles-lavado-de-activos-penal-LPDerecho-218x150.png)
![Los peritos pueden ser tachados por imparcialidad, incompetencia o ineficacia probatoria; mientras que el informe pericial puede ser observado por la parte, cuestionando fallas en la percepción, análisis o conclusiones [RN1190-2019, Lima, f. j. 2]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-LIBROS-CONSTITUCIONAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![El trabajador de dirección lleva implícita la calificación de confianza [Cas. Lab. 32954-2022, Lima]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/11/contratacion-irregular-de-un-trabajador-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Fundamento de voto: El art. VIII del NCPC ―sobre la interpretación conforme a las sentencias de los tribunales internacionales donde el Perú es parte― resulta inconstitucional, ya que contraviene la Cuarta D. F. T de la Constitución al reducir indebidamente el parámetro constitucional de interpretación del TC (caso cócteles) [Exp. 02109-2024-PHC/TC, ff. jj. 5-6]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/11/FUNDAMENTO-VOTO-ART-VIII-NCPC2-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)











![Indecopi: Inmobiliaria debe probar que el porcentaje pactado como penalidad correspondió al efectivo perjuicio por la frustración de la venta (cláusula penal abusiva) [Cas. 15070-2018, Ica]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/MAZO-DERECHO-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![¿Los beneficios del convenio colectivo alcanzan también a servidores no sindicalizados? [Informe Técnico 001992-2025-Servir-GPGSC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/trabajador-confianza-companero-companerismo-ambiente-laboral-sindicato-LPDerecho-218x150.jpg)
![No toda reducción del sueldo básico implica una disminución de la remuneración total [Casación 16410-2023, Tacna]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/11/exfuncionario-recursos-humanos-sueldo-LPDERECHO-218x150.jpg)
![A los trabajadores que realizan labor intermitente, como los choferes del servicio de transporte interprovincial, no les corresponde el pago de horas extras (conforme al art. 5 del DS 007-2002-TR), aun cuando realicen labores intermitentes que excedan las 12 horas diarias [Casación 46532-2025, La Libertad]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/06/mujer-trabajadora-computadora-trabajo-remoto-teletrabajo-asistente-LPDerecho-218x150.png)

![Fundamento de voto: No se puede equiparar la finalidad política que tiene un partido político (participación electoral) con un propósito delictivo como promover, organizar, constituir o integrar una organización con fines ilícitos (caso cócteles) [Exp. 02109-2024-PHC/TC, ff. jj. 25-26]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/FUDAMENTO-VOTO-POLITICA-ELECTORAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![El control difuso es de naturaleza incidental, se lleva a cabo en casos particulares y su efecto consiste en la inaplicación de una ley al escenario concreto, siempre que el TC no haya confirmado su constitucionalidad [Exp. 03097-2024-PA/TC, ff. jj. 12-14]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/CONTROL-DIFUSO-NATURALEZA-INAPLICACION-LPDERECHO-218x150.jpg)
![MEF: lineamientos para la incorporación de ingresos al beneficio extraordinario transitorio (BET) [RD 0016-2025-EF/53.01]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/ministerio-economia-finanza-mef-3-LPDerecho-218x150.jpg)

![Disposiciones Reglamentarias para la gestión del Fondo para Intervenciones ante la Ocurrencia de Desastres Naturales (Fondes) [DS 234-2025-EF]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/ministerio-economia-finanza-mef-LPDerecho-218x150.jpg)
![Multan a colegio de La Molina por discriminar a padre residente en el Callao que tuvo interés en matricular a su hija [Res. 2423-2025/SPC-Indecopi]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/indecopi-exterior-10-anos-LPDerecho-218x150.jpg)
![Código Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Decreto Legislativo del Notariado (Decreto Legislativo 1049) [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/DECRETO-LEGISLATIVO-NOTARIO-1049-2025-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Ley General de Contrataciones Públicas [Ley 32069] (actualizada 2025)](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/01/NUEVA-LEY-GENERAL-CONTRATACIONES-PUBLICAS-LPDERECHO-218x150.png)
![Ley Orgánica de Elecciones (Ley 26859) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-de-elecciones-LPDerecho-2025-218x150.jpg)








![[VIDEO] Juez propone que todos los delitos se tramiten en unidades de flagrancia, sin excepción](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/DELITOS-PLANTEA-TABOA-LPDERECHO-218x150.jpg)










![Multan a Claro por publicidad engañosa al afirmar que «es la red móvil más rápida del Perú» y «Cámbiate a la red móvil más rápida del Perú» [Res. 185-2025/CCD-Indecopi]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/07/empresa-telefonia-claro-LPDerecho-100x70.jpg)


![El trabajador de dirección lleva implícita la calificación de confianza [Cas. Lab. 32954-2022, Lima]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/11/contratacion-irregular-de-un-trabajador-LPDERECHO-100x70.jpg)

