El exrepresentante de Odebrecht en el Perú, Jorge Barata, fue interrogado este martes por los fiscales José Domingo Pérez y Geovanna Mori, integrantes del equipo especial Lava Jato del Ministerio Público.
Durante la primera parte de la diligencia, el exejecutivo reveló algunos nombres de los destinatarios de sobornos que hizo la constructora por 14 obras.
Según se supo, durante el interrogatorio Jorge Barata identificó a la exalcaldesa de Lima Susana Villarán con el codinome «Careca». La constructora brasileña, de acuerdo con documentos de su Departamento de Operaciones Estructuradas o más conocida como Caja 2, entregó US$ 500.000 a la exautoridad edil, quien cumple una orden de 18 meses de prisión preventiva en el penal de Mujeres de Chorrillos desde 15 de mayo último.
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Según el portal IDL-Reporteros, cuando «Careca» publicó las planillas ocultas de Odebrecht, recibió este pago, a través de la compañía PEL-Project Engineering & Logistic, el 28 de agosto de 2014.
Se supo también que la empresa abonó US$ 350.000 a «Budian», identificado como José Miguel Castro, exgerente general de la Municipalidad de Lima durante la administración de Susana Villarán.
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Este pago fue hecho el 12 de noviembre de 2014. Es decir, un mes después de la victoria de Luis Castañeda Lossio en las elecciones municipales de ese año. En aquellas elecciones, Susana Villarán quedó en tercer lugar.
En Brasil conocen al exfutbolista Antonio de Oliveira como «Careca». Le dieron su apelativo en homenaje a un popular payaso brasileño conocido como «Carequinha».
Sao Paulo. «Careca» sería el sobrenombre de Susana Villarán, quien recibió US$ 500 mil presuntamente a cambio de la concesión de Rutas de Lima. «Careca» es una referencia al conocido payaso brasileño cuyo físico es parecido a Villarán. @larepublica_pe @Politica_LR pic.twitter.com/4zOAtyDyuJ
— Doris Aguirre (@daguirre177) August 6, 2019
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![Cuando la calumnia se configura como delito continuado, el plazo de prescripción se computa desde el último acto delictivo [Apelación 288-2024, Cusco]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-LIBRO-JUEZ-LEY-LPDERECHO-218x150.jpg)
![No se vulnera el derecho de defensa si la acusación contiene una calificación alternativa de un mismo delito en forma «dolosa» y «culposa» (Ministerio Público efectuó imputación principal por el delito de homicidio simple por dolo eventual y, como pretensión subsidiaria, por el delito de homicidio culposo contra el médico que inyectó aceite de silicona líquida en los glúteos de la agraviada, conociendo los efectos nocivos de esta sustancia) [Casación 82-2012, Moquegua, f. j. 6] Homicidio - cuchillo - LPDerecho](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2022/04/Homicidio-cuchillo-LPDerecho-218x150.jpg)
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