La Junta Nacional de Justicia (JNJ) emitió un comunicado, este miércoles 17 de septiembre, que para «aclarar ante la opinión pública aspectos relevantes vinculados a sus procedimientos disciplinarios y a la naturaleza formal de sus decisiones»:
La Junta Nacional de Justicia no inicia procedimientos disciplinarios inmediatos como consecuencia directa de las sentencias 83/2025 y 84/2025, emitidas por el Tribunal Constitucional.
Los acuerdos adoptados por el Pleno se formalizan mediante resoluciones firmadas únicamente por la Presidencia, de acuerdo al segundo párrafo artículo 55 del Reglamento del Pleno de la JNJ aprobado por Resolución 005-2020-JNJ, del 10 de enero de 2020, lo que no significa que las decisiones adoptadas carezcan de origen colegiado ni que provengan de la sola voluntad del presidente.
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