El actual presidente de la Junta Nacional de Justicia (JNJ), Gino Ríos Patio, tendría una sentencia por violencia familiar, en la modalidad de maltrato psicológico, en agravio de su exesposa. Esta habría sido emitida en mayo de 2011 por el Primer Juzgado Transitorio Especializado de Familia de La Molina y Cieneguilla, según el programa Cuarto Poder, y determinado la existencia de maltrato psicológico.
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La abogada de la exesposa, Elena Tello, precisó que la supuesta violencia psicológica incluiría actos de intimidación y amenazas. «Estaba comprobada por las pericias psicológicas y por el tratamiento psiquiátrico y psicológico que llevaba mi patrocinada», detalló.
Durante el proceso de selección de los miembros de la JNJ, la sentencia no fue objeto de cuestionamientos explícitos; de acuerdo al medio citado. Aunque Javier Arévalo, entonces presidente del Poder Judicial y ponente en dicho proceso, consultó a Ríos sobre una denuncia penal archivada por peculado de uso, ningún integrante del comité le preguntó con claridad sobre la presunta sentencia por violencia familiar.
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A su vez, Tello relató al referido dominical que envió una carta al comité de selección para informar sobre la sentencia. Sin embargo, como respuesta, habría recibido la afirmación de que el periodo de tachas «ya había pasado».

Defensor del Pueblo responde
Al respecto, el defensor del Pueblo, Josué Gutiérrez, quien presidió la comisión especial para la elección de miembros de la JNJ, señaló que la falta de énfasis en el tema fue por «por decoro» y que no se quiso incidir en aspectos que podrían afectar a «terceros», como los hijos o la exesposa del magistrado.
Gutiérrez agregó que la comisión «no ha querido ser invasiva en ese terreno de lo estrictamente familiar». A pesar de reconocer la ausencia de cuestionamientos, el titular de la Defensoría del Pueblo afirmó que Ríos cumplió con los requisitos en su elección de miembro titular de la JNJ y que no tiene impedimento legal para continuar en el cargo. En diálogo con el programa citado, indicó lo siguiente:
Este tipo de sentencias, que tiene que ver no con maltratos físicos, no con violencia física, sino con la imputación de un tema estrictamente psicológico. No lo minimizo, pero no hay una sentencia que pueda significar de manera condenatoria con un hecho que quizá tiene una connotación punible.
Gutiérrez indica que Ríos Patio no tiene impedimento para continuar en el cargo debido a que dicha sentencia provendría del 2011, mientras que la Ley Orgánica de la JNJ que establece la prohibición para condenados por este tipo de casos entró en vigencia años después:
De lo estrictamente jurídico, el señor está válidamente ahí. Si con esto se tiene la pretensión de decir que no le correspondía [asumir el cargo], porque ‘legalmente estaba impedido’, no, no existe eso. Si partimos de lo ético, de lo moral, eso sí.
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Testimonio
Las declaraciones de la denunciante, según Cuarto Poder, fueron las siguientes:
Es el caso que mi esposo me obligaba a renunciar a mi pretensión de solicitar alimentos, y siendo que le manifesté que no iba a renunciar y esperar que el juez resuelva.
En vista que no renuncié, volvió con sus amenazas una vez más; con sus amenazas de las que siempre he sido víctima. Me dijo que si no renunciaba, él me iba a desgraciar y también iba a desgraciar a mis hijos.
Así también me dijo que él no se iba a morir hasta no verme muerta primero a mí, y que no iba a parar sus amenazas hasta meterme presa y dejarme en la cárcel de por vida.
Así respondió Gino Ríos en su entrevista ante la Comisión Especial
El actual presidente de la JNJ fue consultado sobre su situación legal, en octubre del 2024, durante su entrevista ante la Comisión Especial que evaluaba las postulaciones al organismo autónomo. Así se desarrolló su intervención con el entonces presidente del Poder Judicial, Javier Arévalo:
Javier Arévalo: Doctor Ríos, una primera imputación que se hace es que usted habría tramitado su divorcio a través de personal de la procuraduría cuando usted era procurador. ¿Qué tiene que decir concreto? ¿En qué quedó ese caso? Eso ocurrió hace unos años.
Gino Ríos: Sí, en 2004 inicié una demanda de divorcio, la cual fue reconvenida por mi excónyuge y el proceso siguió. En el 2006, que asumo el cargo de procurador anticorrupción ad hoc, ocurren unos hechos que resultan siendo tergiversados por lo siguiente: Yo vivo en La Molina hasta la fecha, desde esa oportunidad, y con el vehículo motorizado asignado a mi servicio personal por razón del cargo, me dirigía junto con un abogado consultor de la Procuraduría a una diligencia en Jesús María. en la antigua división contra la corrupción.
En el trayecto pasé por el Juzgado de La Molina a presentar un escrito porque ese era el último día del plazo y esa situación salió a la luz. Se inició una denuncia fiscal que terminó con el archivo porque se demostró que el vehículo motorizado era un vehículo asignado a mi servicio de personal por razón del cargo, por lo tanto está expresamente excluido del tipo penal de peculado de uso.
Y respecto al abogado que me acompañó, también, porque en principio el peculado no se refiere a servicios personales, sino a bienes y recursos, pero además porque los abogados consultores que laboraban en la Procuraduría no tienen dependencia con el Estado peruano; firman un contrato de consultores con (…) y no están sujetos ni a subordinación, ni a dependencia, ni a horario de trabajo. Entonces ese caso quedó archivado el 2009 y quiero añadir una última cosa: en mi sitio web wwwginoriospatio.com hace tiempo que he subido la disposición fiscal, que ordena el archivo de la denuncia por una cuestión de transparencia.
Javier Arévalo: Tiene dos casos, además de violencia familiar. ¿Qué tiene que decirnos?.
Gino Ríos: Ella es mi excónyuge y yo tengo el registro del SIAF [Sistema Integrado de Administración Financiera] del Ministerio Público, en donde efectivamente aparecen dos casos. Uno es mi demanda de divorcio, que yo soy el demandante, eso aparece en el registro y que fue reconvenida. La demanda civil está en la Fiscalía porque interviene un fiscal civil. Y el otro caso es de nulidad de resolución por fraude procesal, que también yo soy el denunciante.
Sin embargo, quiero expresar lo siguiente: que cuando ocurre un conflicto conyugal, ambos cónyuges son responsables y esta situación de conflicto que puede llegar hasta el divorcio, en mi caso, tiene efectos en ambos. Siempre dependerá de la personalidad y del carácter de cada cónyuge, la intensidad y el sentido de esos efectos en las personas.
Ruiz Hidalgo fue vacado por tener sentencia
Este no sería el primer caso en el que un integrante de la JNJ cuente con una sentencia. La JNJ declaró la vacancia del cargo de Rafael Manuel Ruiz Hidalgo, en abril último, tras confirmarse que fue condenado por el delito doloso de prevaricato en el año 2010.
La resolución del organismo autónomo detalla que Ruiz ocultó esta sentencia durante el proceso de selección y que dicha condena —con tres años de pena suspendida— fue ejecutoriada en 2013, es decir, antes de su postulación en 2024.
A pesar de que en sus descargos alegó rehabilitación y la presunta extinción de sus antecedentes, la JNJ concluyó que incumplió persistentemente reglas de conducta impuestas por el Poder Judicial, como el pago de la reparación civil.
La decisión fue adoptada por unanimidad en sesión del Pleno el 4 de abril, luego de analizar los informes enviados por el Congreso, ciudadanos denunciantes y el propio Poder Judicial, así como la documentación penal del Expediente 00210-2008.
Además de disponer su vacancia, la JNJ informó del caso a la Fiscalía de la Nación y a la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial para que investiguen la demora en registrar la sentencia. El proceso fue motivado tras una denuncia pública difundida por el programa «Punto Final» el pasado 9 de marzo.
Un mes después, el 8 de mayo, el Pleno de la JNJ declaró infundado el recurso de reconsideración interpuesto por la defensa de Ruiz Hidalgo.


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