El Pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) acordó por mayoría que los miembros del disuelto Congreso de la República puedan postular a las Elecciones Congresales Extraordinarias del 26 de enero de 2020.
La decisión del referido colegiado consideró que la regla establecida en el artículo 90-A de la Constitución Política no se puede aplicar al presente proceso electoral por su naturaleza extraordinaria.
El acuerdo adoptado esta tarde es producto de un amplio y profundo debate en el que se revisó de manera técnica los alcances de la normatividad constitucional y la legislación electoral.
Lo resuelto por el Pleno del organismo electoral se publicó el sábado 16 de noviembre en el diario oficial El Peruano, se notificará al Jurado Electoral Especial de Ica la respuesta a la consulta formulada. Además, se comunicará a los otros JEE instalados que también calificarán las solicitudes de inscripción de listas de candidatos.
De esta manera, el JNE respondió a la consulta efectuada por dicho organismo de primera instancia en materia de justicia electoral, que se encontraba facultada para realizar requerimientos jurisdiccionales de carácter genérico sobre los comicios, de acuerdo con la Ley Orgánica del Jurado Nacional de Elecciones.
Los JEE instalados deben considerar lo resuelto por el supremo tribunal electoral al momento de calificar las solicitudes de inscripción de listas de candidatos, cuyo plazo de presentación por los partidos políticos vence el próximo 18 de noviembre de acuerdo al cronograma electoral.
Las elecciones parlamentarias se llevarán a cabo el domingo 26 de enero del 2020. En este proceso están habilitados para votar 24’799.384 ciudadanos, de los cuales 974.230 son peruanos que residen en el extranjero.
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