El Jurado Electoral Especial (JEE) declaró fundado el recurso de apelación presentado por Fernando Rospigliosi Capurro y concluyó que no incurrió en la infracción relacionada con el uso de una cámara del Parlamento durante un mitin. Con esta decisión, el organismo electoral corrigió su primera determinación y modificó el criterio aplicado en torno al cumplimiento de las normas de neutralidad en periodo electoral.
En su pronunciamiento, el JEE resolvió revocar la Resolución 00133-2025-JEE-PCYO/JNE, emitida el 13 de noviembre de 2025, en el extremo que atribuía a Rospigliosi una vulneración del subnumeral 32.1.2 del artículo 32 del Reglamento sobre Propaganda Electoral, Publicidad Estatal y Neutralidad en Periodo Electoral. Tras la revisión del caso, dispuso reformarla:
Declarar fundado el recurso de apelación interpuesto por don Fernando Miguel Rospigliosi Capurro, en su calidad de primer vicepresidente encargado de la Presidencia del Congreso de la República; revocar la Resolución 00133-2025-JEE-PCYO/JNE, del 13 de noviembre de 2025, emitida por el Jurado Electoral Especial de Pacasmayo, en el extremo en que se determinó que dicha autoridad había infringido lo dispuesto en el subnumeral 32.1.2 del numeral 32.1 del artículo 32 del Reglamento sobre Propaganda Electoral, Publicidad Estatal y Neutralidad en Periodo Electoral; y, reformándola, disponer que la mencionada autoridad no ha incurrido en la infracción al deber de autoridad prevista en la citada disposición normativa.
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El organismo también precisó que este pronunciamiento no alcanza a Jaime Abensur Pinasco, director general parlamentario, ni a Daniel Constantino Luza Amesquita, entonces servidor de la Oficina de Participación Ciudadana del Congreso. Ambos fueron incluidos en la resolución original del 13 de noviembre, pero al no haber presentado recurso impugnatorio, dicha decisión quedó firme para ellos.
Finalmente, el expediente fue remitido al Jurado Electoral Especial de Pacasmayo para la continuación del trámite correspondiente, y se recordó que las notificaciones del Jurado Nacional de Elecciones se realizarán conforme a su reglamento vigente.



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