Investigan a Interbank tras reclamos sobre disminución de saldos en cuentas bancarias

Los usuarios de Interbank reportaron una presunta reducción del dinero que almacenan en sus cuentas bancarias. Estos reclamos han provocado que Indecopi, a través de la Secretaría Técnica de la Comisión de Protección al Consumidor 3 (CC3), inicie de oficio una investigación preliminar a la empresa.

Los hechos suscitan cuestionamientos porque, de acuerdo con el Código de Protección y Defensa del Consumidor, los proveedores deben ofrecer a los consumidores todos los detalles relevantes para efectuar un uso adecuado de los productos o servicios ofrecidos.

Según el Indecopi, «estos deben corresponder a lo ofrecido a los consumidores en función a la información transmitida, así como las características y naturaleza de los productos o servicios».

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Monitoreo de Indecopi

Desde el último fin de semana, la Dirección de Fiscalización ha monitoreado y recogido información sobre los presuntos inconvenientes reportados por los usuarios. Dichas pesquisas derivaron en la citada investigación preliminar.

En caso de encontrar aparentes infracciones, el Código de Protección y Defensa del Consumidor avala el inicio de un procedimiento administrativo sancionador hacia la empresa implicada.

De verificarse infracciones, agrega el organismo, se impondrían las sanciones pertinentes a Interbank y medidas correctivas en beneficio de los consumidores afectados.

Así se indica en el artículo 1 del capítulo 1 (Derechos de los consumidores):

b. Derecho a acceder a información oportuna, suficiente, veraz y fácilmente accesible, relevante para tomar una decisión o realizar una elección de consumo que se ajuste a sus intereses, así como para efectuar un uso o consumo adecuado de los productos o servicios.

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Procedimientos a cargo del Indecopi

En el artículo 106 del Código de Protección y Defensa del Consumidor se precisan los trámites a cargo del Indecopi:

a. Procedimientos sancionadores:
(i) Por infracción a las normas de protección al consumidor.
(ii) Por incumplimiento de acuerdo conciliatorio o de laudo arbitral.
(iii) Procedimiento administrativo sancionador por:
1. Proporcionar información falsa u ocultar, destruir o alterar información o cualquier libro, registro o documento que haya sido requerido durante la tramitación de un procedimiento.
2. Negativa injustificada a cumplir un requerimiento de información efectuado.
3. Denuncia maliciosa.

b. Procedimientos sancionadores por incumplimiento de mandatos:
(i) Por incumplimiento de medidas correctivas.
(ii) Por incumplimiento de pago de costas y costos del procedimiento.
(iii) Por incumplimiento de mandato cautelar.

c. Procedimiento de liquidación de costas y costos del procedimiento:
De manera supletoria, en todo lo no previsto en el presente Código y en las disposiciones especiales, es aplicable a los procedimientos administrativos anteriormente señalados, la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

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