¿Impedimento de salida viola el derecho al trabajo? ¿En qué medida? (caso Martín Vizcarra)

1023

Estimados colegas, les traemos un interesante caso que verá el Poder Judicial. El abogado laboralista Javier Huancahuari Moya presentó una demanda a favor del expresidente de la República, Martín Vizcarra Cornejo, por vulneración del derecho al trabajo a consecuencia de la medida de un juzgado penal.

Como se sabe, al expresidente se le sigue un proceso judicial en materia penal, donde la Fiscalía ha solicitado su impedimento de salida de la ciudad de Lima, pedido que ha sido aceptado por el Poder Judicial.

El abogado sostiene que su patrocinado, el exmandatario, no puede contraer ningún contrato laboral en su ciudad natal, Moquegua, donde laboró más 20 años por la medida que le impuso un juez penal “vulnerando su derecho al trabajo”.

Es por ello que, según refiere el laboralista, ha planteado que el juez laboral, en uso de sus facultades otorgadas por el artículo 2.1 de la Nueva Ley Procesal de Trabajo, tutele y pondere la medida dictada por el juzgado penal en tanto la considera “desproporcionada”.

En ese sentido, el abogado se ampara en los siguientes instrumentos internacionales:

a. Declaración Universal de los Derechos Humanos: El artículo 23 de la Declaración Universal de Derechos Humanos reconoce el derecho de toda persona al trabajo; a la libre elección de su trabajo; a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo; a la protección contra el desempleo;

b. Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales: El artículo 6 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales reconoce el derecho de toda persona a trabajar y se refiere a la necesidad de adoptar medidas de formación técnica y profesional tendientes a asegurar la ocupación plena y productiva

A lo anterior, el abogado añade que se respete el principio de irrenunciabilidad de derechos que protege al demandante, el cual tiene por objetivo proscribir que el trabajador renuncie a sus derechos laborales reconocidos por la Constitución y leyes vigentes en su propio perjuicio, en aras de resguardar sus intereses en la relación laboral.

Para descargar en PDF de la demanda clic aquí.

Comentarios: