El Peruano.- El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (Minjusdh) habilitará en los próximos días el ex Establecimiento Penitenciario de Lima (San Jorge) como espacio de aislamiento sanitario para internos de los penales de Lima que puedan verse afectados o sean sospechosos de contagio por el covid-19.
El titular del sector, Fernando Castañeda, sostuvo que esta medida, ejecutada por el Instituto Nacional Penitenciario (Inpe), responde a la estrategia del sector de preservar la vida y la salud de los internos. Agradeció la decisión del Poder Judicial de ceder temporalmente el ex penal San Jorge para dicho fin.
Reducir hacinamiento
Asimismo, en el marco de la emergencia nacional frente al coronavirus, el ministro remitió el oficio N° 222-2020-JUS/DM al presidente del Poder Judicial con el objetivo de sumar esfuerzos y poner en práctica a la brevedad mecanismos previstos en la normativa vigente para reducir el hacinamiento en los establecimientos penitenciarios y los centros juveniles del país.
En ese sentido, destacó la necesidad de optimizar la aplicación del Decreto de Urgencia N° 008-2020, que establece condiciones de mayor celeridad en el procedimiento de conversión automática de penas para los condenados por el delito de omisión a la asistencia familiar (OAF).
Los potenciales beneficiarios con esta medida serían, aproximadamente, 2 766 internos, quienes podrían abandonar los penales tras el pago de sus deudas alimentarias.
Para ello, se propondrá los ajustes normativos con el objeto de simplificar y hacer más expeditivo el trámite de este incidente, y se circunscriba a la verificación del pago de la deuda alimentaria y de la reparación civil correspondiente. De la misma manera, planteó la necesidad de que los juzgados de emergencia puedan conocer y dar prioridad a los procedimientos de conversión automática y procuren su culminación en el más breve plazo.
En el documento se destaca además la necesidad de continuar con la atención prioritaria de los mecanismos procesales que inciden en el hacinamiento. Entre ellos los beneficios penitenciarios de semilibertad y liberación condicional; los incidentes de cese o variación de la prisión preventiva judicial; y la libertad inmediata del imputado cuando –al vencimiento del plazo de la prisión preventiva– no se ha dictado sentencia de primera instancia.
Cabe precisar que fue enfático al señalar que estas medidas constituyen recomendaciones al despacho del Doctor Lecaros en el marco del respeto irrestricto a la autonomía del Poder Judicial.
Cierre de penal del Callao
De otro lado, en el marco de la estrategia de prevención y atención focalizada de la emergencia, el Inpe dispuso el cierre temporal del Establecimiento Penitenciario de Callao, con el objetivo de evitar el ingreso de internos nuevos a dicho recinto. Se precisa que no se trasladará a ningún interno del EP del Callao a otro establecimiento penitenciario.
Además, considerando que en este establecimiento se presentaron los primeros contagios del covid-19, se han extremado las medidas de prevención, atención médica y vigilancia sanitaria, adoptándose las siguientes acciones:
· Se continúan las pruebas rápidas de descarte en el Penal del Callao tanto a trabajadores como a internos.
· Se ordenó el traslado de 160 adultos mayores al Centro de Estudios Nacionales Criminológicos y Penitenciarios del Callao (CENECP).
· Se dispuso el uso de los cuatro patios de dicho penal con el fin de deshacinar los pabellones.
· Se habilitó el uso de todas las zonas administrativas del Establecimiento Penitenciario del Callao como zonas de aislamiento, además de la capilla y el auditorio.
· Se brinda abastecimiento permanente de insumos médicos, medicinas y equipo de protección.
Fuente: El Peruano
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