Lo último. El Segundo Juzgado Constitucional de la Corte Superior de Justicia de Lima declaró improcedente el hábeas corpus presentado a favor de Pedro Castillo y Aníbal Torres, y contra Havey Colchado y la Fiscal de la Nación, por supuesta detención arbitraria.
Como se recuerda, la demanda fue presentada por el abogado Gregorio Parco, en representación de la denominada Federación Nacional de Abogados del Perú
Corte Superior de Justicia de Lima
Segundo Juzgado Constitucional de Lima
- EXPEDIENTE : 08912-2022-0-1801-JR-DC-02
- MATERIA : HABEAS CORPUS
- JUEZ : VALENCIA LOPEZ JONATHAN JORGE
- ESPECIALISTA: HUAMAN ZEVALLOS MARIA OLINDA
- DEMANDADO : HAVEY COLCHADO HUAMANI Y LIZ PATRICIA BENAVIDES VARGAS
- BENEFICIARIOS: JOSE PEDRO CASTILLO TERRONES Y ANIBAL TORRES VASQUEZ
SENTENCIA
Resolución N° 03
Lima ocho de diciembre del dos mil veintidós.-
AUTOS Y VISTOS: La demanda de Habeas Corpus promovida por la FEDERACION NACIONAL DE ABOGADOS DEL PERU representado por GREGORIO FERNANDO PARCO ALARCON a favor de JOSE PEDRO CASTILLO TERRONES Y ANIBAL TORRES VASQUEZ contra HAVEY COLCHADO HUAMANI Y LIZ PATRICIA BENAVIDES VARGAS; por supuesto atentado contra su Libertad Individual – DETENCION ARBITRARIA; y, ATENDIENDO:
I. FUNDAMENTOS DEL DEMANDANTE
PRIMERO.- PETITORIO:
El actor pretende con la interposición de la presente demanda de Habeas Corpus, que el Juzgado Constitucional, lo declare fundado y se ordene poner en inmediata libertad del beneficiario y se garantice sus derechos fundamentales.
SEGUNDO.- FUNDAMENTOS FACTICOS DE LA DEMANDA:
El accionante sustenta la pretensión de su demanda, en los supuestos que seguidamente se detallan:
• Que, el presidente de Perú – Pedro Castillo Terrones, fue detenido este miércoles 7 de diciembre del 2022, a horas 12 del mediodía, después de que el Congreso de la República del Perú, lo destituyera por anunciar la disolución de esa Cámara y la instauración de un «gobierno de excepción». Los eventos se precipitaron después de que el mandatario hiciera el inesperado anuncio en cadena nacional -que fue calificado de «golpe de Estado» por representantes de todo el espectro político- a pocas horas de una sesión del Congreso en la que debía votarse una moción de vacancia en su contra.
• Que, tras el anuncio de Pedro Castillo, el Congreso terminó declarando la vacancia del presidente por «incapacidad moral», es decir, su destitución, con 101 votos a favor, y decretó que asuma la presidencia la vicepresidenta Dina Boluarte.
• Asimismo, José Pedro Castillo Terrones se presentó después ante la prefectura de la Policía Nacional de Perú (PNP), donde fue detenido y se encuentra bajo custodia, según Fiscalía de la Nación; siendo esta última la que ha ordenado su detención.
• Que, para ser juzgado debe levantarse su inmunidad parlamentaria, lo que no se ha hecho, José Pedro Castillo Terrones sigue siendo presidente de la República del Perú, porque la destitución y la designación de la nueva presidenta debe ser publicada en el diario oficial El Peruano, surtiendo efecto desde el día siguiente, conforme a lo establecido en el artículo 109° de la actual Constitución Política del Perú.
CONTINÚA…
Para acceder a la sentencia en formato PDF clic aquí.
Nota anterior.- El abogado Gregorio Parco, en representación de la denominada Federación Nacional de Abogados del Perú, presenta habeas corpus en favor de Pedro Castillo y Aníbal Torres por considerar arbitrarias sus detenciones.
![Código Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![No se puede inferir que abogado pertenece a una organización terrorista porque se le encontraron documentos relativos a una medida cautelar dirigida a la CIDH por la detención de los miembros del MOVADEF, pues se trata de actos inequívocos de defensa técnica [Exp. 122-2014-0, f. j. 6.b]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/MAZO-BALANZA3-LPDERECHO-218x150.jpg)


![Anulan procedimiento disciplinario que suspendió al fiscal Rafael Vela Barba en sus funciones por vulnerarse el debido procedimiento [Exp. 06245-2023-0]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/Rafael-Vela-4-LPDerecho-218x150.jpg)
![Confirman prohibición de la eliminación indiscriminada de perros abandonados [Exp. 00291-2018-0]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/06/maltrato-animal-atropello-perrito-perro-momo-LPDerecho-218x150.png)
![El tiempo para una exposición de la defensa debe ser prudencial (no existen tiempos fijos) y se establece en función a la complejidad de la causa y a la carga procesal del órgano jurisdiccional [Queja 1825-2022, Puno]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/MAZO-JUEZ-DOCUMENTO-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)









![[VÍDEO] ¿Es causal de divorcio que mi cónyuge no desee tener intimidad conmigo?](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/10/maxresdefault-1-218x150.jpg)

![¿Empleador puede modificar jornada laboral hasta convertirla en una de tiempo parcial? [Exp. 27773-2014-0-1801-JR-LA-02] entrevista de trabajo](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/11/trabajador-jefe-empresa-entrevista-de-trabajo-contrato-memo-documento-laboral-LPDerecho-218x150.png)






![MP reincorpora a Luis Arce Córdova como fiscal supremo titular [Resolución 3704-2025-MP-FN]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/11/LUIS-ARCE-CORDOVA-FISCALIA-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Código de Protección y Defensa del Consumidor (Ley 29571) [actualizado 2025] Codigo proteccion defensa consumidor - LPDercho](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/Codigo-proteccion-defensa-consumidor-LPDercho-218x150.png)
![Decreto Legislativo del Notariado (Decreto Legislativo 1049) [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/DECRETO-LEGISLATIVO-NOTARIO-1049-2025-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Ley General de Contrataciones Públicas [Ley 32069] (actualizada 2025)](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/01/NUEVA-LEY-GENERAL-CONTRATACIONES-PUBLICAS-LPDERECHO-218x150.png)
![Ley Orgánica de Elecciones (Ley 26859) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-de-elecciones-LPDerecho-2025-218x150.jpg)





![[VÍDEO] ¿Quieres postular a la Fiscalía? Estas son las preguntas que hacen en las entrevistas](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/10/postular-fiscalia-preguntas-entrevista-LP-218x150.jpg)







![Anulan procedimiento disciplinario que suspendió al fiscal Rafael Vela Barba en sus funciones por vulnerarse el debido procedimiento [Exp. 06245-2023-0]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/Rafael-Vela-4-LPDerecho-324x160.jpg)
![Dadas las circunstancias excepcionales y la flagrancia, el Congreso puede levantar la prerrogativa de antejuicio y actuar con celeridad, sin seguir todo el procedimiento ordinario del artículo 89-A del Reglamento del Congreso, en defensa del orden constitucional —se ratifica lo resuelto en el Exp. 01803-2023-PHC/TC— (caso Pedro Castillo) [Expediente 39-2022, ff. jj. 8.6.2.3-8.6.2.5]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/04/PEDRO-CASTILLO-1-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Código Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Confirman prohibición de la eliminación indiscriminada de perros abandonados [Exp. 00291-2018-0]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/06/maltrato-animal-atropello-perrito-perro-momo-LPDerecho-100x70.png)
![Código Procesal Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/02/VENTA-CODIGO-PENAL-BANNER-POST-TAPA-DURA-LPDERECHO-100x70.jpg)





![Anulan procedimiento disciplinario que suspendió al fiscal Rafael Vela Barba en sus funciones por vulnerarse el debido procedimiento [Exp. 06245-2023-0]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/Rafael-Vela-4-LPDerecho-100x70.jpg)
