Mediante Resolución de la Gerencia General 360-96-MP-FN-GG del 7 de octubre del 1996 se aprobó la «Guías de Servicio para el Usuario: Identificación de Cadáver y Retiro de Cadáver».
A continuación, compartimos la «Guías de Servicio para el Usuario: Identificación de Cadáver y Retiro de Cadáver».
Resolución de la Gerencia General
360-96-MP-FN-GG
Lima, 07 de octubre de 1996
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 475-95-MP-FN se aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio Público, en donde se establecen las tasas y servicios que presta el Instituto de Medicina Legal;
Que, mediante Decreto Supremo N° 003-69-PM-JC se aprobó el Reglamento del Servicio de Necropsias, estableciendo criterios sobre la entrega de cadáveres en su Articulo 16°;
Que, es necesario establecer ciertas pautas que guíen al usuario al momento de requerir los servicios dé la División Central de Exámenes Tanatológicos (Morgue) para identificar y/o retirar un cadáver;
De conformidad con las atribuciones conferidas mediante Ley N° 26623, Resolución de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público N° 035-96-MP-FN-CEMP que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público, y en mérito al Artículo 19° de la Resolución Administrativa del Titular del Pliego del Ministerio Público N° 005-96-SE-TP-CE-MP que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público; y contando con el visto bueno de los Gerentes Centrales de Presupuesto, Informática y Planeamiento, de Asesoría jurídica y del Gerente Técnico del Instituto de Medicina Legal;
SE RESUELVE:
ARTICULO PRIMERO.- Aprobar la “Guía de Servicio para el Usuario: Identificación de Cadáver” y la “Guía de Servicio para el Usuario: Retiro de Cadáver” que se adjuntan en 2 folios y forman parte de la presente Resolución.
ARTICULO SEGUNDO.- Encargar a la División Central de Exámenes Tanatológicos en coordinación con la División Central Científico Forense – División le Estudios e Investigación, la reproducción, difusión y permanente actualización de las Guías aprobadas en el artículo anterior.
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