Mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación 0609-2010-MP-FN del 06 de abril 2010, se aprobó las «Nueve Guías Prácticas de Procedimientos Criminalísticos para la Escena del Crimen».
A continuación, compartimos las «Nueve Guías Prácticas de Procedimientos Criminalísticos para la Escena del Crimen».
Resolución de la Fiscalía de la Nación
609-2010-MP-FN
Lima, 06 de abril 2010
VISTO Y CONSIDERANDO:
Que mediante Oficio No. 315-2010-MP-FN-IML-JN de fecha 18 de febrero de 2010, el doctor Gino Dávila Herrera, Jefe Nacional del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses, eleva las nueve Guías Prácticas de Procedimientos Criminalísticos para la Escena del Crimen, desarrolladas por la Gerencia de Criminalística; a fin que los peritos de dicho Instituto, puedan abarcar cada vez más campos de la criminalística, realizando pericias más técnicas y con mejores herramientas de soporte que permitan realizar una investigación eficiente de la escena del crimen,
Que entre las funciones principales del Ministerio Público, como organismo autónomo del Estado, se encuentran la defensa de la legalidad, los derechos ciudadanos y los intereses públicos; por lo que resulta necesario estandarizar los métodos de utilización de los diferentes equipos, a través de guías que expliquen al detalle su utilización a fin que puedan ser aplicados por los profesionales peritos del Instituto de Medicina Legal, como son: el Kit sistema fotográfico digital de evidencia latente; el Kit maestro para detección y confirmación de sangre humana; el Kit 3 cajones de evidencia recolectada – almacenaje; el Kit reagente para análisis de narcóticos Nark 100 para identificación de drogas en el campo; el Kit krimesite Imager que permite obtener huellas latentes en cualquier superficie; el Kit buscador de trayectoria láser para la evaluación de casos balísticos; el Kit para detección de residuos metálicos como prueba rápida para la determinación de utilización de armas de fuego; el Kit de documentación fotográfica que permite perennizar la evidencia en la escena del delito y el uso del sistema de fuentes de luz alterna Megamaxx para identificación de evidencia en la escena del delito.
Que, la señora Fiscal de la Nación como titular del Ministerio Público es responsable de dirigir, orientar y formular la política institucional, estableciendo sus objetivos y metas, conforme al articulo 8°, Incisos b) e i) del Reglamento de Organización y Á-l Funciones, aprobado por Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 067-2009-MP-FN;
Contando con la visación del Jefe del Instituto de Medicina Legal y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 64° del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público;
SE RESUELVE:
ARTICULO PRIMERO.- APROBAR las nueve Guías Prácticas de Procedimientos Criminalísticos para la Escena del Crimen.
ARTICULO SEGUNDO.- DISPONER que la Gerencia Central de Tecnologías de la Información, efectúe la publicación de las citadas Guías en la página web e Intranet de la Institución, para su difusión en los Distritos Judiciales a nivel nacional.
ARTÍCULO TERCERO.- DISPONER que los Presidentes de las Juntas de Fiscales Superiores a nivel nacional en coordinación con la Jefatura Nacional del Instituto de Medicina Legal, se encarguen de la implementación y ejecución de las mencionadas Guías.
ARTÍCULO CUARTO.- Hacer de conocimiento la presente Resolución a los Presidentes de las Juntas de Fiscales Superiores a nivel nacional y Gerencia General, para los fines pertinentes.
Regístrese y Comuníquese
[Continúa…]
![Usurpación: El bien jurídico protegido es la posesión física; por lo tanto, el sujeto pasivo es quien se encuentra en posesión directa del inmueble, sin que sea relevante el título [Casación 1592-2024, Lambayeque, f. j. 2.7]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-JUEZ-SENTENCIA-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Reglas para aplicar la concesión de los beneficios penitenciarios: i) la ley aplicable es la vigente al momento en que la condena quedó firme o consentida; ii) las reformas posteriores se aplican solo si son favorables; y iii) se exige una evaluación global favorable del individuo —conducta, cumplimiento de normas, etc.— (precedente vinculante) [Exp. 04235-2023-PHC/TC, f. j. 38]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/MAZO-JUEZ-DOCUMENTO-LPDERECHO-218x150.jpg)
![TC: Errores meramente formales de la defensa técnica en el escrito impugnatorio (v. gr. ingreso del escrito en un cuaderno o numeración distintos) no justifican el rechazo del recurso, cuando hay elementos suficientes para identificar la voluntad impugnatoria [Exp. 03902-2023-PHC/TC, ff. jj. 15-16]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-LIBRO-JUEZ-LEY-LPDERECHO-218x150.jpg)

![[Nuevo criterio] TC: Ley penitenciaria aplicable es la vigente al momento en que la condena quedó firme [Exp. 04235-2023-PHC/TC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/03/tribunal-constitucional-fachada-exterior-tc-1-LPDerecho-218x150.png)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)














![[VIVO] Clase modelo sobre las 10 sentencias laborales más relevantes del 2025. Llena el formulario para recibir las diapositivas](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/12/INTERMEDIACION-DANTE-BOTTON-GIRON-LPDERECHO1-218x150.jpg)



![Curso modelo de preparación para el examen PROFA [GRATUITO]. Inicio: 23 DIC](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/12/BANNER-DEL-CURSO-PREPARACION-PARA-EL-EXAMEN-PROFA-218x150.jpg)

![Código Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Código de Protección y Defensa del Consumidor (Ley 29571) [actualizado 2025] Codigo proteccion defensa consumidor - LPDercho](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/Codigo-proteccion-defensa-consumidor-LPDercho-218x150.png)
![Decreto Legislativo del Notariado (Decreto Legislativo 1049) [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/DECRETO-LEGISLATIVO-NOTARIO-1049-2025-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Ley General de Contrataciones Públicas [Ley 32069] (actualizada 2025)](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/01/NUEVA-LEY-GENERAL-CONTRATACIONES-PUBLICAS-LPDERECHO-218x150.png)
![Ley Orgánica de Elecciones (Ley 26859) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-de-elecciones-LPDerecho-2025-218x150.jpg)






![[VÍDEO] ¿Quieres postular a la Fiscalía? Estas son las preguntas que hacen en las entrevistas](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/10/postular-fiscalia-preguntas-entrevista-LP-218x150.jpg)






![Multan a Win por publicidad engañosa al afirmar que ofrece el internet «más rápido del mercado» con «la mejor conexión que nunca se cae» [Res. 233-2025/CCD-Indecopi]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/indecopi-exterior-10-anos-LPDerecho-324x160.jpg)


![Aprueban nuevos montos de la remuneración consolidada del personal militar y policial [Decreto Supremo 292-2025-EF]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/06/POLICIAS-MILITARES-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Código Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Usurpación: El bien jurídico protegido es la posesión física; por lo tanto, el sujeto pasivo es quien se encuentra en posesión directa del inmueble, sin que sea relevante el título [Casación 1592-2024, Lambayeque, f. j. 2.7]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-JUEZ-SENTENCIA-PENAL-LPDERECHO-324x160.jpg)
![Reglas para aplicar la concesión de los beneficios penitenciarios: i) la ley aplicable es la vigente al momento en que la condena quedó firme o consentida; ii) las reformas posteriores se aplican solo si son favorables; y iii) se exige una evaluación global favorable del individuo —conducta, cumplimiento de normas, etc.— (precedente vinculante) [Exp. 04235-2023-PHC/TC, f. j. 38]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/MAZO-JUEZ-DOCUMENTO-LPDERECHO-100x70.jpg)
![TC: Errores meramente formales de la defensa técnica en el escrito impugnatorio (v. gr. ingreso del escrito en un cuaderno o numeración distintos) no justifican el rechazo del recurso, cuando hay elementos suficientes para identificar la voluntad impugnatoria [Exp. 03902-2023-PHC/TC, ff. jj. 15-16]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-LIBRO-JUEZ-LEY-LPDERECHO-100x70.jpg)


![Multan a Win por publicidad engañosa al afirmar que ofrece el internet «más rápido del mercado» con «la mejor conexión que nunca se cae» [Res. 233-2025/CCD-Indecopi]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/indecopi-exterior-10-anos-LPDerecho-100x70.jpg)
![Usurpación: El bien jurídico protegido es la posesión física; por lo tanto, el sujeto pasivo es quien se encuentra en posesión directa del inmueble, sin que sea relevante el título [Casación 1592-2024, Lambayeque, f. j. 2.7]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-JUEZ-SENTENCIA-PENAL-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Restricciones al derecho de propiedad por seguridad pública [Casación 1910-2010, Lima]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2020/04/Jurisprudencia-civil-separaci%C3%B3n-de-bienes-LP-324x160.png)