La congresista María Córdova Lobatón, del grupo parlamentario Renovación Popular, presentó el Proyecto de Ley 10037 en el que propone la creación de la Plataforma Digital Integral Única de Gestión de Casos de Violencia.
La medida plantea modificar el literal e del artículo 4 del Decreto Legislativo 1368 que regula el Sistema Nacional Especializado de Justicia para la Protección y Sanción de la Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar.
La plataforma digital centralizará la información sobre cada caso en un expediente único, desde el registro inicial de la denuncia hasta la emisión y supervisión de medidas de protección.
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Esto evitará la duplicidad de expedientes y permitirá que las instituciones involucradas –como la Policía Nacional, el Ministerio Público, el Poder Judicial y el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (MIMP)– puedan tomar decisiones rápidas y efectivas.
Además, se generarán estadísticas en tiempo real a través de la plataforma y se «establecerán medidas estrictas para garantizar la confidencialidad y seguridad de los datos sensibles».
Sumado a ello, el proyecto estipula que la Comisión de la Mujer y Familia del Congreso reciba los resultados de la implementación y funcionamiento de las entidades del Sistema Nacional Especializado de Justicia para la Protección y Sanción de la Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar.
PROYECTO DE LEY QUE FORTALECE EL
SISTEMA NACIONAL ESPECIALIZADO DE
JUSTICIA PARA LA PROTECCIÓN Y
SANCIÓN DE LA VIOLENCIA CONTRA LA
MUJER Y LOS INTEGRANTES DEL GRUPO
FAMILIAR
La Congresista de la República que suscribe, MARÍA JESSICA CÓRDOVA LOBATÓN, integrante del grupo parlamentario Renovación Popular, en ejercicio del derecho de iniciativa legislativa que le confiere el artículo 107 de la Constitución Política del Perú, y de conformidad con los artículos 22 literal c), 74, 75 y 76 numeral 2 del Reglamento del Congreso de la República, presenta el siguiente proyecto de ley:
FÓRMULA LEGAL
LEY QUE FORTALECE EL SISTEMA NACIONAL ESPECIALIZADO DE JUSTICIA PARA LA PROTECCIÓN Y SANCIÓN DE LA VIOLENCIA CONTRA LA MUJER Y LOS INTEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR
Artículo 1. Objeto
La presente ley tiene por objeto fortalecer el Sistema Nacional Especializado de Justicia Para la Protección y Sanción de la Violencia Contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar creado por Decreto Legislativo N° 1368, a fin de garantizar una atención eficiente, coordinada y oportuna a las víctimas, así como la prevención y erradicación de la violencia en todas sus formas.
Artículo 2. Modificación de los artículos 4 literal e y 5 del Decreto Legislativo N° 1368, Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional Especializado de Justicia Para la Protección y Sanción de la Violencia Contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar
Se modifican los artículos 4 literal e y 5 del Decreto Legislativo N° 1368, Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional Especializado de Justicia Para la Protección y Sanción de la Violencia Contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, en los términos siguientes:
«Artículo 4. Implementación
(…)
e. Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables: articular con los integrantes del Sistema la atención de las víctimas, a través de los Centros Emergencia Mujer y Hogares de Refugio Temporal, y brindar capacitación a sus integrantes. Asimismo, priorizar la implementación de Centros de Emergencia Mujer en las Comisarías con mayor incidencia de denuncias vinculadas a la competencia del Sistema, en coordinación con el Ministerio del Interior.
[Continúa…]

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