Fundamento destacado: Se aprobó por consenso que la causal de violencia psicológica debía ser evaluada tomando en consideración el carácter dañino, vejatorio, intimidante, amenazante o de desprecio presente en el acto, la frecuencia con que se producen los actos, la intención causar daño y el sufrimiento moral.
Por otro lado, se acordó también por consenso que el expediente de violencia familiar es un medio probatorio idóneo como documento público para acreditar una causal de divorcio; pero debe ser apreciado conjuntamente con las otras pruebas aportadas. Se aprobó por consenso que la causal de violencia psicológica debía ser evaluada tomando en consideración el carácter dañino, vejatorio, intimidante, amenazante o de desprecio presente en el acto, la frecuencia con que se producen los actos, la intención causar daño y el sufrimiento moral.
Por otro lado, se acordó también por consenso que el expediente de violencia familiar es un medio probatorio idóneo como documento público para acreditar una causal de divorcio; pero debe ser apreciado conjuntamente con las otras pruebas aportadas.
Pleno Jurisdiccional Nacional de Familia
1997
ACUERDOS DE LA SESION PLENARIA
ACUERDO Nº 10
DIVORCIO POR CAUSAL
Criterios para discernir la causal de violencia psicológica en los casos de divorcio.
¿Qué valor o eficacia probatorios tiene el expediente de violencia familiar para acreditar una causal de divorcio?
Se aprobó por consenso que la causal de violencia psicológica debía ser evaluada tomando en consideración el carácter dañino, vejatorio, intimidante, amenazante o de desprecio presente en el acto, la frecuencia con que se producen los actos, la intención causar daño y el sufrimiento moral.
Por otro lado, se acordó también por consenso que el expediente de violencia familiar es un medio probatorio idóneo como documento público para acreditar una causal de divorcio; pero debe ser apreciado conjuntamente con las otras pruebas aportadas.
[Continúa…]
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