Examen PROFA: 10 preguntas sobre la posesión y propiedad

Para todos aquellos que se están preparando para rendir su examen Profa 30 les dejamos aquí estas 10 preguntas sobre la posesión y propiedad del del temario Profa ¿Se animan a resolver las preguntas?

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POSESIÓN Y PROPIEDAD


A continuación, compartimos con ustedes algunas preguntas sobre la investigación preparatoria para postulantes a asistentes administrativos o en función fiscal.

1. La posesión precaria se refiere a aquella situación en la que se detenta un bien sin título alguno que justifique su uso, o habiendo vencido dicho título, sigue en uso. Marque la respuesta correcta, teniendo en consideración lo mencionado: (CONVOCATORIA 004-2025-SN/JNJ – PRUEBA P16)

a. El poseedor precario tiene derecho a la propiedad.
b. Basta tener la cosa en tenencia para ser propietario.
c. El poseedor precario es un poseedor ilegítimo.
d. Siempre puede adquirir por prescripción.

2. El derecho de propiedad contiene las facultades de uso y de disfrute. El titular del derecho de propiedad además tiene el poder de disposición y el poder de gravar. Marque la respuesta correcta. (CONVOCATORIA 004-2025-SN/JNJ – PRUEBA P16)

a. La hipoteca se constituye como derecho real en el contrato.
b. No se puede ceder el rango parcialmente.
c. La hipoteca no se extingue nunca en caso de destrucción del bien.
d. La hipoteca persigue el bien por su valor a fin de garantizar la realización de la acreencia.

3. La posesión consiste en el ejercicio fáctico de uno o más poderes inherentes a la propiedad. En tal sentido puede considerarse una posesión mediata que corresponde a quien ha conferido el título, frente a un poseedor inmediato que tiene la pretensión por la entrega del bien en razón del título. En tal sentido, respecto del concepto de posesión, marque la opción correcta:

a. La posesión necesariamente debe ser legítima.
b. La posesión sin título es de carácter ilegítimo.
c. La posesión precaria se expresa ante la falta de título.
d. La posesión precaria no está regulada en el Código Civil, solo en los plenos casatorios de la corte suprema.

4. María es copropietaria con Lourdes de una casa ubicada en el distrito de Surco. María reside en España desde hace varios años, por lo que decide otorgar en Anticresis la mencionada casa a favor de Eduardo. Eduardo le consulta, sobre la viabilidad del contrato de anticresis, ya que la copropietaria Lourdes, reside en Inglaterra y el bien se encuentra desocupado. Conforme lo expresado la respuesta correcta es: (CONVOCATORIA 004-2025-SN/JNJ – PRUEBA P17)

a. Al encontrarse el bien desocupado, María puede otorgar en anticresis la casa a favor de Eduardo.
b. Eduardo y María al firmar la escritura pública de anticresis, deberán remitir una carta notarial al último domicilio conocido en Perú de Lourdes, comunicando el contrato de anticresis.
c. Con el otorgamiento del contrato de anticresis, Eduardo debe depositar el 50% del monto acordado por el contrato, en una cuenta bancaria a favor de Lourdes.
d. Al tratarse de una copropiedad, el contrato de Eduardo y María, no cumple con los requisitos legales de la Anticresis.

5. Sobre la tradición, se da con la entrega del bien a quien debe recibirlo o a la persona designada en el contrato o por la ley y con las formalidades que esta establece. Sin embargo, también se dan otras formas de tradición, señale la correcta: (CONVOCATORIA 006-2025-SN/JNJ – PRUEBA P22)

a. Cuando cambia el título posesorio de quien está poseyendo.
b. Cuando el poseedor conserva la posesión en nombre de un tercero y en cumplimiento de órdenes e instrucciones suyas.
c. Cuando se transfiere un bien sujeto a proceso judicial que se encuentra en posesión del demandado.
d. Cuando se nombra un servidor de la posesión.

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6. “A” es propietaria de una casa de playa en Punta Hermosa. Por motivos laborales, viajó a Corea por 2 años y dejó encargada su casa a un guardián de su confianza. Marque la alternativa correcta sobre la calidad posesoria del guardián: (CONVOCATORIA 006-2025-SN/JNJ – PRUEBA P22)

a) El guardián es poseedor inmediato.
b) El guardián es servidor de la posesión.
c) El guardián es poseedor mediato.
d) El guardián es poseedor precario.

7. La posesión es un hecho que puede dar lugar a la adquisición de la propiedad si se cumplen los requisitos para la usucapión. ¿Cuál es el plazo mínimo que exige el Código Civil para adquirir por prescripción adquisitiva ordinaria un bien inmueble? (CONVOCATORIA 006-2025-SN/JNJ – PRUEBA P22)

a. Cinco años.
b. Quince años.
c. Diez años.
d. Siete años.

8. “A” adquiere el 1 de enero del 2020, mediante escritura pública de compraventa un predio que se encontraba en posesión de “B”, quien solo es poseedor; por cuanto el predio se encuentra inscrito en el Registro de Predios a favor de “Z”. Cuando “B” transfiere la posesión del predio a “A”, contaba con seis años de posesión debidamente documentada. De acuerdo a lo señalado: (CONVOCATORIA 006-2025-SN/JNJ – PRUEBA P22)

a. “A” aún no puede iniciar el proceso de prescripción adquisitiva de dominio, por cuanto a la fecha solo cuenta con cinco años de posesión contados desde el año 2020.
b. “A” es una poseedora ilegítima de buena fe.
c. “A” no puede sumar plazos posesorios por ser una poseedora ilegítima de mala fe.
d. “A” puede iniciar el proceso de prescripción adquisitiva de dominio, por cuanto a la fecha solo cuenta con cinco años de posesión contados desde el año 2020, más los seis años de posesión cedida por “B”.

9. La primera inscripción de dominio de un inmueble, debe realizarse exhibiendo títulos por un periodo ininterrumpido de cinco años o en su defecto títulos supletorios, con ello el Código Civil establece, el concepto de: (CONVOCATORIA 006-2025-SN/JNJ – PRUEBA P22)

a. La prescripción adquisitiva de dominio.
b. La inmatriculación de inmuebles.
c. La inmatriculación de inmuebles cuando el predio ya se encuentra inscrito, siempre y cuando se presente la escritura pública del consentimiento del propietario afectado de quien se cuenta con su derecho inscrito.
d. La inmatriculación siempre y cuando la orden el Poder Judicial.

10. Lucas y Margarita son copropietarios de un predio rural de 3,000.00 m2 ubicado en la ciudad de Ica. Cabe señalar que, Margarita reside en Italia desde hace 20 años, quedando el inmueble en posesión total de Lucas. En ese sentido, el señor Lucas desea iniciar un procedimiento de prescripción adquisitiva de dominio a nivel notarial, a efectos de que sea reconocido como propietario del inmueble. Sobre el particular, marque la alternativa correcta (CONVOCATORIA 006-2025-SN/JNJ – PRUEBA P22)

a. No procedería la prescripción adquisitiva de dominio en tanto Lucas es copropietario del inmueble.
b. El proceso de prescripción adquisitiva deberá efectuarse por la vía judicial, teniendo en cuenta la naturaleza rural del inmueble.
c. Procede la prescripción adquisitiva de dominio en la vía notarial siempre que se presente un certificado municipal ante el Notario que acredite la naturaleza urbana del inmueble.
d. Procede la prescripción adquisitiva de dominio ante la Municipalidad distrital.


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