Para todos aquellos que se están preparando para las próximas convocatorias de la Junta Nacional de Justicia, les dejamos estas preguntas sobre delitos contra los derechos intelectuales, que fueron parte de exámenes anteriores de la JNJ. ¿Te animas a resolver las preguntas?
LP resolverá estas y otras preguntas con los mejores especialistas en el Curso de preparación para el examen de la JNJ. Si te inscribes hasta el 30 de abril de 2025 recibes tres libros gratis. Más información AQUÍ.
Nueve preguntas sobre delitos contra la propiedad intelectual
1. Carlos, reconocido ingeniero matemático perteneciente al Club de los Numerólogos, registra en el país un esquema de trazado (tipografía) que le trae mucho éxito y distinción profesional. Pedro, antiguo compañero de clases de Carlos, celoso de los logros obtenidos por éste y viendo las ventajas económicas que le reporta el esquema de trazado (tipografía), sin autorización de por medio, decide copiarlo y venderlo contando para ello con la participación de Lucho sin cuya intervención no se hubiese perpetrado tal hecho. Carlos interpuso la denuncia, siendo luego intervenidos por la Policía. En el caso propuesto:
a. Por tratarse de un esquema de trazado (tipografía) se trataría de un delito contra los derechos de autor.
b. Por tratarse de un esquema de trazado (tipografía) se trataría de un delito contra la Propiedad Industrial.
c. Para la configuración del delito contra la Propiedad Industrial no se requiere su registro en el país.
d. Estamos ante un caso de Falta Administrativa.
2. En el caso propuesto, respecto de la responsabilidad penal:
a. Pedro y Lucho responden a título de co-autores.
b. Pedro responde a título de autor y Lucho a título de cómplice debiendo Lucho ser reprimido con la pena prevista para el autor.
c. Pedro responde a título de autor y Lucho a título de cómplice, debiendo Lucho ser reprimido con una disminución prudencial de la pena.
d. A Lucho no le corresponde pena alguna, pues Pedro es el único culpable.
3. Ricardo adquirió un celular último modelo marca Luminox SZ35, con el número de línea 123456789 a fin de poder ver tranquilamente desde su oficina los partidos del mundial de futbol, contratando además para ello, un plan de telefonía con una renta mensual de S/. 350.00 soles que incluye internet ilimitado y roaming internacional. Renato, habiéndose percatado de la adquisición de Ricardo, aprovechándose de su sapiencia y altos conocimientos sobre tecnología, además que por ser hincha acérrimo del equipo peruano, duplica el número de la línea 123456789, así como su IMEI, ocasionándole a Ricardo con dicha acción un grave perjuicio. En el caso propuesto:
a. Renato cometió el delito de Hurto Agravado.
b. Renato cometió el delito contra la Propiedad Industrial por clonación o adulteración.
c. Renato cometió el delito contra los derechos de autor por el plagio realizado.
d. Renato cometió una falta, porque el valor de la renta mensual de la línea duplicada no supera la remuneración mínima vital vigente.
4. Ricardo se dedica a la venta de autopartes, y en el mes de abril del presente año ingresó al país 5 motores cuyo valor de cada uno es de 2 UITs, sin que estos hayan pasado control aduanero. Adrián, quien es su primo, está enterado que Ricardo siempre ingresa bajo esta modalidad este tipo de mercancía; y se la pide en donación, pues sabe que Ricardo tiene que viajar urgentemente fuera del país. Ricardo, ante la premura, acepta dársela de esa forma, entregándosela el mismo día que viajaba al extranjero. Respecto a la conducta desplegada por Adrián, podemos precisar:
a. Adrián es cómplice del delito de Contrabando.
b. Adrián es autor del delito de Receptación Aduanera.
c. Adrián no es autor del delito de Receptación Aduanera pues sólo recibió la mercadería en donación.
d. Adrián sólo podrá ser autor del delito de Receptación Aduanera si ayuda a comercializar dichas mercaderías.
5. Respecto al monto de la mercancía es correcto afirmar:
a. No hay delito de Receptación Aduanera por cuanto el valor individual del motor no supera 1 UIT
b. Para que sea considerado delito, el valor de la mercancía debe superar las 2 UITs.
c. Para que sea considerado delito, el valor de la mercancía debe superar las 4 UITs.
d. Para que sea considerado delito, el valor de la mercancía debe superar
6. Pepito fue detenido por la policía del día 28 de agosto de 2017 a las 16:00 horas aproximadamente, en su local comercial ubicado en la calle Los Ruiseñores del distrito de Lince, cuando se encontraba trabajando arduamente en la reproducción de la obra «Don Quijote de La Mancha» de una reconocida editorial para su posterior venta al público.
Dentro de las 24 horas de la detención de Pepito, se hizo presente ante la autoridad policial, Esteban, aduciendo ser heredero directo del autor de la obra antes mencionada, indicando que la conducta desplegada por Pepito le causa agravio a su patrimonio al no recibir de éste las regalías correspondientes. Respecto del caso, es correcto afirmar:
a. Pepito ha cometido el delito contra los Derechos de Autor, toda vez, que estaba reproduciendo una obra para su posterior venta.
b. La conducta de Pepito es atípica.
c. Pepito debía contar con la autorización previa y escrita del titular para que su conducta no sea considerada delito contra los Derechos de Autor.
d. Pepito, al cumplir con el pago de las regalías, podrá solicitar el Archivo de la Investigación, toda vez, que se ve restituido el derecho patrimonial de Esteban.
7. Respecto del caso anterior, es correcto afirmar:
a. Ante la existencia de Esteban, heredero directo, resulta necesaria e indispensable su participación en el acuerdo de Principio de Oportunidad.
b. Ante la existencia de Esteban heredero directo, no resulta necesaria su participación en el acuerdo de Principio de Oportunidad, toda vez que éste puede ser subrogado por el Ministerio Público.
c. No es posible llegar a un acuerdo de Principio de Oportunidad
d. Pepito puede llegar a un acuerdo económico bajo el Principio de Oportunidad, y así evitar la acción penal en su contra.
8. Cenobio tiene un puesto de ventas en un reconocido centro comercial ubicado entre las avenidas Wilson con Alcázar, en este lugar comercializa mediante venta copias de programas de ordenador sin la autorización de los titulares. El local comercial de Cenobio fue intervenido por la policía, y además de encontrársele los programas de ordenador mencionados, se le encontraron: 1500 etiquetas adheribles para discos compactos «pirata» de música, 1000 cuadernillos fotocopiados del programa TurboMax para ordenador, 800 etiquetas «bambeadas» para latas de Atún de la marca A-MAR y empaques no auténticos de la caja del juguete original Orion-Man. Una vez detenido Cenobio aceptó distribuir dicha mercadería a través de la venta. Respecto al delito de etiquetas, carátulas o empaques, es correcto:
a. Dicho tipo penal protege las etiquetas adheribles para discos compactos «pirata» de música, los cuadernillos fotocopiados del programa TurboMax para ordenador, las etiquetas «bambeadas» para latas de Atún de la marca registrada A-MAR y los empaques no auténticos de la caja del juguete original Orion-Man.
b. Dicho tipo penal si protege a las etiquetas, las carátulas y a los empaques, por lo que sólo los cuadernillos fotocopiados del programa TurboMax no están protegidos.
c. Dicho tipo penal sólo protege las etiquetas adheribles para discos compactos de música, y los cuadernillos fotocopiados del programa para ordenador.
d. Dicho tipo penal protege otro tipo de bienes, mas no los descritos en el caso
9. En relación al caso, es correcto afirmar que Cenobio:
a. Ha cometido un Delito contra los Derechos Intelectuales.
b. Ha cometido dos Delitos contra los Derechos Intelectuales.
c. Ha cometido tres Delitos contra los Derechos Intelectuales.
d. Ha cometido cuatro Delitos contra los Derechos Intelectuales
LP resolverá estas y otras preguntas con los mejores especialistas en el Curso de preparación para el examen de la JNJ. Si te inscribes hasta el 30 de abril de 2025 recibes tres libros gratis. Más información AQUÍ.

![Si la subsanación de la acusación no satisface al juzgador, este debe devolverla de nuevo para que se sanee verdaderamente la causa antes de pasar a juicio oral; por lo que cuestionar recién la acusación en la sentencia recurrida deviene en una incongruencia procesal insubsanable que viola el derecho al debido proceso y la tutela jurisdiccional efectiva (caso Sánchez Paredes) [RN 151-2024, Nacional]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/placio-de-justicia-pj-poder-judicial-fachada-LPDerecho-218x150.jpg)

![URGENTE: Suprema anula sentencia que absolvió a los Sánchez Paredes por lavado de activos y ordena nuevo juicio oral [RN 151-2024, Nacional]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/palacio-justicia-aguila-LPDerecho-218x150.jpg)

![TC precisa su entendimiento sobre maternidad subrogada: (i) total, la mujer gesta y alumbra un bebé aportando su propio óvulo y (ii) parcial, la mujer gesta y alumbra un bebé fecundado con un óvulo de otra mujer; en ambos casos entrega el bebé a quienes la contrataron [Exp. 01367-2019-PA/TC, ff. jj. 37-38]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/12/BANNER-ARTICULO-CONSTITUCIONAL-1-218x150.jpg)
![En los delitos dolosos, tanto la autoría como la participación son formas de intervención delictiva, en el sentido de escalones o estadios legales de atribución de responsabilidad delictiva, por lo que su cambio, durante la investigación, no constituye una variación cualitativa de la ejecución de los hechos imputados, menos una modificación del tipo penal atribuido [Apelación 51-2025, Suprema]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/MAZO-BALANZA3-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Que el derecho a la constitución en parte civil caduque a partir de la notificación de la disposición de conclusión de la investigación preparatoria, lejos de constituir un premio a la falta de diligencia de una de las partes, es resultado del cumplimiento a la garantía del debido proceso [Apelación 18-2025, Corte Suprema]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-LIBRO-JUEZ-LEY-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)













![Precedente Servir sobre la notificación de los actos emitidos en el PAD en el marco de la Ley 30057 [Resolución de Sala Plena 002-2025-Servir/TSC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/Servir-CAS-LPDerecho-218x150.jpg)
![¿Servidores que estén próximos a jubilarse pueden solicitar teletrabajo? [Informe Técnico 002521-2025-Servir-GPGSC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/02/trabajadores-pareja-servidores-trabajo-LPDerecho-218x150.jpg)


![TC ordena al Reniec consignar, como apellido materno de una niña, el de la mujer que obtuvo el óvulo de una donante anónima y lo hizo implantar en el útero de otra mujer que dio a luz [Expediente 01367-2019-PA/TC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/07/tc-y-embarazada-LPDERECHO-218x150.jpg)




![Este Organismo Técnico Especializado se ratifica en los alcances de las Opiniones N° 137-2009/DTN y N° 037-2012/DTN, en relación con el supuesto excluido del ámbito de aplicación de la Ley N° 32067 previsto en su artículo 7, considerando que los contratos bancarios y financieros que provienen de un servicio financiero cuentan con una regulación propia del Sistema financiero, cuyo cumplimiento e interpretación de su Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, por lo que es el organismo que tiene la atribución de emitir pronunciamiento sobre qué servicios constituyen operaciones bancarias o financieras que originen la celebración de contratos bancarios o financieros [Opinión D000025-2025-OECE-DTN]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/OECE-FACHADA-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Código Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Código de Protección y Defensa del Consumidor (Ley 29571) [actualizado 2025] Codigo proteccion defensa consumidor - LPDercho](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/Codigo-proteccion-defensa-consumidor-LPDercho-218x150.png)
![Decreto Legislativo del Notariado (Decreto Legislativo 1049) [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/DECRETO-LEGISLATIVO-NOTARIO-1049-2025-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Ley General de Contrataciones Públicas [Ley 32069] (actualizada 2025)](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/01/NUEVA-LEY-GENERAL-CONTRATACIONES-PUBLICAS-LPDERECHO-218x150.png)
![Ley Orgánica de Elecciones (Ley 26859) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-de-elecciones-LPDerecho-2025-218x150.jpg)





![[VÍDEO] ¿Quieres postular a la Fiscalía? Estas son las preguntas que hacen en las entrevistas](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/10/postular-fiscalia-preguntas-entrevista-LP-218x150.jpg)







![Código Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-100x70.jpg)
![URGENTE: Suprema anula sentencia que absolvió a los Sánchez Paredes por lavado de activos y ordena nuevo juicio oral [RN 151-2024, Nacional]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/palacio-justicia-aguila-LPDerecho-100x70.jpg)
![Código Procesal Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/02/VENTA-CODIGO-PENAL-BANNER-POST-TAPA-DURA-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Código Civil peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-OFICIAL-CODIGO-CIVIL-2024-LPDERECHO-100x70.jpg)

![Si la subsanación de la acusación no satisface al juzgador, este debe devolverla de nuevo para que se sanee verdaderamente la causa antes de pasar a juicio oral; por lo que cuestionar recién la acusación en la sentencia recurrida deviene en una incongruencia procesal insubsanable que viola el derecho al debido proceso y la tutela jurisdiccional efectiva (caso Sánchez Paredes) [RN 151-2024, Nacional]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/placio-de-justicia-pj-poder-judicial-fachada-LPDerecho-100x70.jpg)




![Afirmaciones inexactas producto del apasionamiento del defensor puede ser que no estén a la altura del comportamiento de un abogado, pero tampoco es que por ello estén revestidas de un desacato a la autoridad del juez en la dirección de la audiencia (caso Elio Riera) [Exp. 20463-2021-22]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/ELIO-RIERA-DOCUMENTO2-LPDERECHO-324x160.jpg)