Disponen publicación de proyecto de Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 31071, Ley de compras estatales de alimentos de origen en la agricultura familiar
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0060-2021-MIDAGRI
Lima, 9 de marzo de 2021
VISTOS:
El Memorando Nº 167-2021-MIDAGRI-DVPSDA del Despacho Viceministerial de Políticas y Supervisión del Desarrollo Agrario, el Informe Nº 074-2021-MINAGRI-DVPSDA-DGPA/DIPNA de la Dirección General de Políticas Agrarias; y,
CONSIDERANDO:
Que, la Ley Nº 31075, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, en adelante la LOF, establece que es un organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica de derecho público, ejerciendo competencia en las materias de tierras de uso agrícola y de pastoreo, tierras forestales y tierras eriazas con aptitud agraria; agricultura y ganadería; recursos forestales y su aprovechamiento sostenible; flora y fauna silvestre; sanidad, inocuidad, investigación, extensión, transferencia de tecnología y otros servicios vinculados a la actividad agraria; recursos hídricos; riego, infraestructura de riego y utilización de agua para uso agrario e infraestructura agraria;
Que, el numeral 2 del artículo 6 de la LOF, establece como funciones generales de este Ministerio, las funciones técnico-normativas que, comprende, entre otros, aprobar disposiciones normativas de su competencia, así como las demás que señale la ley;
Que, la Ley Nº 30355, Ley de promoción y desarrollo de la agricultura familiar establece las responsabilidades del Estado en la promoción y desarrollo de la agricultura familiar, así como la dinamización de las economías locales, en la contribución al empleo rural y la vigencia de las comunidades; señalando en el artículo 7 que el Ministerio de Agricultura y Riego, en su calidad de organismo rector del sector agrario y encargado de establecer la política nacional agraria, asume las acciones de conducción de la promoción y desarrollo de la agricultura familiar, considerando su importancia en la seguridad alimentaria y nutricional, así como la protección de la agrobiodiversidad, el uso sostenible de los recursos naturales, las acciones de mitigación y adaptación al cambio climático y servicios ambientales;
Que, la Ley Nº 31071, Ley de compras estatales de alimentos de origen en la agricultura familiar, tiene por objeto establecer las normas para las compras públicas de alimentos de origen en la agricultura familiar con la finalidad de promover el consumo de alimentos de origen en la agricultura familiar, mejorar la economía de los productores de la agricultura familiar y coadyuvar de forma constante con la alimentación saludable; asimismo, el artículo 3 establece que las entidades de la administración pública que cuenten con programas de apoyo y/o asistenciales creados o por crearse, desarrollados o ejecutados por el Estado, para el desempeño de esta función, adquieren, del total de sus requerimientos anuales previstos, como mínimo el 30% de alimentos provenientes de la agricultura familiar;
Que, de acuerdo con la Segunda Disposición Complementaria Final de la precitada Ley, mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro de Desarrollo Agrario y Riego, se dictan las normas reglamentarias de la referida Ley;
Que, atendiendo a la naturaleza del proyecto normativo corresponde disponer su publicación en el portal institucional de este Ministerio, en el que se mantendrá por un plazo de diez (10) días hábiles, a fin que las entidades públicas, privadas y la ciudadanía en general alcancen sus opiniones, comentarios y/o sugerencias por vía electrónica a la Dirección General de Políticas Agrarias del Despacho Viceministerial de Políticas y Supervisión del Desarrollo Agrario, según lo dispuesto en el artículo 14 del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y Difusión de Normas Legales de Carácter General, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS;
Con las visaciones del Despacho Viceministerial de Políticas y Supervisión Agraria y Riego, de la Dirección General de Políticas Agrarias y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 31075, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; el Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2014-MINAGRI y sus modificatorias y, el Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Publicación del Proyecto
Dispóngase la publicación del proyecto de Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 31071, Ley de compras estatales de alimentos de origen en la agricultura familiar así como su exposición de motivos, en el Portal Institucional del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (www.gob.pe/midagri), a efectos de recibir las opiniones, comentarios y/o sugerencias de la ciudadanía, por un plazo de diez (10) días hábiles, contado desde la publicación de la presente Resolución Ministerial en el diario oficial El Peruano.
Artículo 2.- Mecanismo de recepción de comentarios
Las opiniones, comentarios y/o sugerencias sobre el proyecto de Decreto Supremo a que se refiere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, deben ser remitidas a la sede del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego con atención a la Dirección General de Políticas Agrarias, a través de la dirección de correo electrónico: [email protected].
Regístrese, comuníquese y publíquese.
FEDERICO TENORIO CALDERÓN
Ministro de Desarrollo Agrario y Riego




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