¿Está de acuerdo con la pena de muerte en caso de violación de un niño de 4 años? JNJ entrevista a Shirley Magali Velarde Benavides

La Junta Nacional de Justicia (JNJ) evaluó en entrevista pública a la magistrada Shirley Magali Velarde Benavides, postulante a una plaza de juez en el Distrito Judicial de Junín, específicamente en la sede de Tarma. Actualmente, la abogada se desempeña en la Fiscalía Provincial Mixta de Vista Alegre, en el Distrito Fiscal de Ica, jurisdicción que presenta una alta incidencia de delitos contra el patrimonio, la libertad sexual y violencia contra la mujer. Durante su presentación, la fiscal explicó que su interés en trasladarse a Tarma responde a un anhelo personal y profesional de retornar a su región de origen, dado que es natural de la provincia de Chanchamayo.

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Debate sobre la acusación directa y la pena de muerte

En el ámbito estrictamente jurídico, los miembros del pleno consultaron a la candidata sobre qué reforma legislativa propondría para optimizar la aplicación del Código Procesal Penal. Velarde Benavides sugirió establecer una regulación más específica para la aplicación de la acusación directa, tomando como base la gravedad del delito, al igual que ocurre con los supuestos del proceso inmediato. En ese sentido, propuso concretamente que se incorporen supuestos que permitan formular una acusación directa en los delitos contra la libertad sexual, garantizando una justicia célere sin vulnerar el derecho de defensa de los imputados.

En el curso de esta evaluación penal, una de las integrantes de la JNJ le consultó directamente si estaría de acuerdo con la pena de muerte en caso de violación de un niño de 4 años que fallece a causa del delito. La postulante reconoció la extrema gravedad de este ilícito penal que afecta a la población más vulnerable, pero advirtió que la implementación de esta sanción no solo requeriría modificar el Código Penal, sino llevar a cabo una reforma de la Constitución Política. Al ser repreguntada sobre su conformidad con dicha medida para casos como este o para homicidios por lucro con crueldad, señaló que tendría que aplicarse solo en casos extremos y que la norma «tendría que ser muy específica y muy estricta» al tratarse de una medida radical.

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Violencia familiar, determinación de la pena y carga procesal

En otro pasaje de la entrevista, la magistrada fue interrogada sobre la intervención del Estado de oficio en los conflictos de pareja. Al respecto, enfatizó que, a partir de la dación de la Ley 30364, estos hechos dejaron de considerarse un ámbito de privacidad familiar para convertirse en un tema de interés público, acorde con el derecho constitucional de las mujeres a vivir una vida libre de violencia. Asimismo, en materia de dogmática penal, destacó que la aplicación de los sistemas de tercios y escalonados garantiza la predictibilidad de las condenas, resolviendo los vacíos que existían frente a la concurrencia de circunstancias agravantes específicas, como en el robo a mano armada.

Finalmente, la candidata respondió a las interrogantes sobre las amonestaciones registradas en su historial por demoras en la emisión de disposiciones fiscales. Explicó que dichas sanciones responden a la excesiva carga procesal de la fiscalía en la que labora, un problema que recientemente motivó que el Ministerio Público traslade los casos de familia a la jurisdicción de Nazca para descongestionar el despacho. A pesar de este pasivo administrativo, Velarde Benavides defendió la calidad de su labor argumentando que prioriza la calidad sobre la cantidad y que esto se refleja en el mínimo porcentaje de requerimientos acusatorios que le son devueltos por el control jurisdiccional y en las confirmaciones de sus archivos por parte de sus superiores.

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