En una entrevista concedida ayer al periodista de RPP Jaime Chincha, el magistrado Eloy Espinosa-Saldaña Barrera comento la decisión del Tribunal Constitucional de declarar parcialmente inconstitucional la Ley 31131, en sus artículos 1, 2, 3, 5 y Disposiciones Complementarias Finales, que disponían la incorporación de los trabajadores CAS a los regímenes laborales de los decretos legislativos 276 y 728.
En el diálogo, el magistrado Espinosa-Saldaña recordó que el TC, a lo largo de su jurisprudencia (Servir I, Servir II, Servir de EsSalud, Huatuco, Cruz Llamos), se ha pronunciado en el sentido de que para ingresar al puesto público se debe concursar.
Ahí es donde viene el problema con la propuesta [del Congreso], con todo respeto, populista. […] Al puesto público hay que entrar por concurso y no por concurso CAS que suele ser más fácil. ¿Qué hace el Congreso? Dos cosas realmente fuera de lugar. Quería, sin concurso, poner a la gente en puestos sin saber si tenían el rendimiento para esto. Y la otra cosa que hace, porque hay dos regímenes antiguos, el 276 (que ya es casi prehistórico) y el 728, y decía: «Jaime va al 276, Eloy va al 728, cualquier amigo nuestro va al 276».
Y no había ningún criterio, Jaime, para determinar eso. Era el capricho de adónde pongo a la gente sin hacerle una evaluación para ver si tenían el mínimo rendimiento para esto. Además, olvidándose que existe una institución, que se llama Servir, que es la responsable de hacer los concursos para que todos estos regímenes, que ya son antiguos, vayan desapareciendo progresivamente.
Entonces, […] todo tiene que salir a concurso y que lo coordine Servir. Ahí hay una funcionaria muy competente que es Janeyri Boyer, la presidenta de Servir. Que el gobierno le dé el apoyo para hacer esto, o sea transferencias presupuestales, y acabamos con esta barbaridad que pasa en el mismo Tribunal Constitucional. Cuatro personas que están en mi despacho trabajan haciendo lo mismo, pero uno tiene el sueldo de locador, otro el sueldo de CAS, el otro tiene sueldo de 728 y el otro es trabajador de confianza.
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