Las enumeraciones son usadas con frecuencia en la redacción académica. En el lenguaje jurídico, son un modo práctico de organizar y presentar al lector derechos, obligaciones, prerrogativas, requisitos, prohibiciones, cláusulas, incisos, condiciones, etc., enlazados por un concepto en común.
Una enumeración, de acuerdo con el Diccionario de la lengua española (DLE) de la Real Academia de la Lengua Española (RAE), es la «expresión sucesiva de las partes de que consta un todo»[1]. Cada elemento enumerado se denomina, en general, «ítem» o «apartado». El concepto en común compartido por los ítems o apartados constituye, a su vez, la «introducción»[2]. En general, la introducción es la parte principal de nuestra enumeración, mientras que los ítems ofrecen una información subordinada a ella.
Primera distinción: enumeraciones explicativas y no explicativas
Las enumeraciones pueden ser de dos grandes tipos: a) explicativas; y b) explicativas, según sea que los elementos enumerados amplíen o no el concepto enunciado en la introducción; es decir, dependiendo de cuán marcado sea el nivel de dependencia de los ítems o apartados con respecto al concepto base.
Enumeraciones explicativas
Cuando las enumeraciones son explicativas, la introducción presenta un «elemento anticipador» que detiene momentáneamente el discurso. La función de dicho elemento es, como se explica en la vigente Ortografía de la lengua española (OLE), «llamar la atención del lector sobre lo que sigue»; en otras palabras, asume un «valor anunciativo» respecto de aquella información complementaria que el lector esperará que se le brinde[3]. En consonancia, el elemento anticipador va siempre seguido por dos puntos[4].
El elemento anticipador en las enumeraciones explicativas se identifica con facilidad a través de la pregunta «¿cuáles o cuántos son los ítems que se enumerarán?». Así, por ejemplo:
✔ Requieren de aprobación por el Congreso los tratados que versan sobre las siguientes materias: derechos humanos; soberanía, dominio e integridad del Estado; defensa nacional y obligaciones financieras del Estado. Así lo dispone el artículo 56° de la Constitución Política del Perú.
Aquí, el elemento anticipador es, como es obvio, la expresión «las siguientes materias». Los dos puntos cumplen la función sintáctica de suspender el hilo del discurso con el fin de «crear expectativa» en nuestro lector. Ejercen también una función delimitadora entre el concepto base (qué tratados requieren aprobación por el Congreso) y los ítems subordinados a dicho concepto (la explicación en sí).
Enumeraciones no explicativas
Las enumeraciones no explicativas carecen de elemento anticipatorio y no van precedidas por el signo de dos puntos. El fundamento de ello es el mayor grado de integración (y menor subordinación) entre el concepto base y la información que se detalla en el desarrollo del concepto. Por ejemplo:
✔ El respeto al debido proceso exige que todo ciudadano pueda defenderse, probar, impugnar, obtener una decisión que esté debidamente motivada y otras garantías esenciales que permitan considerar que el proceso y la decisión son válidos.
Se observa que en las enumeraciones no explicativas el discurso no se detiene ni se suspende, aun cuando se conserva la estructura compuesta por una introducción y una secuencia de ítems que es característica de toda enumeración.
Segunda distinción: enumeraciones dentro de párrafo y enumeraciones en forma de lista
Atendiendo a su estilo y forma, se distinguen asimismo dos tipos de enumeración: a) las que van insertas en el cuerpo del texto (dentro de un párrafo); y b) las enumeraciones en forma de lista. Cada estilo posee características peculiares, así como elementos ortográficos comunes a ambos.
Enumeraciones dentro del párrafo
Las enumeraciones, en este estilo, no se desagregan; por el contrario, tanto el concepto base como los ítems comparten la función de integrar, ambos, una unidad formal y conceptualmente autónoma, vale decir, un párrafo.
Sin diferenciar si se escriben dentro del párrafo o en lista, deben ir precedidas de una idea introductoria. Así:
✔ Las condiciones formales para la admisibilidad de las solicitudes de nulidad de las sentencias son tres: temporalidad, legitimidad por parte activa y deber de argumentación.
En el ejemplo se han destacado la introducción («condiciones formales»), un elemento anticipador («son tres»)[5], el uso de los dos puntos y la conjunción copulativa «y» (en caso de enumeraciones con disyuntiva, como es natural, se escribirá «o»). Es errónea la omisión de dicha conjunción:
× Las condiciones formales para la admisibilidad de las solicitudes de nulidad de las sentencias son tres: temporalidad, legitimidad por parte activa, deber de argumentación.
Si los ítems son breves y autoexplicativos, estos pueden llevar algún tipo de resalte; por ejemplo, cursivas:
✔ Las condiciones formales para la admisibilidad de las solicitudes de nulidad de las sentencias son los siguientes: temporalidad, legitimidad por parte activa y deber de argumentación.
En el estilo ordinal, se recomienda que los ítems sean precedidos por letras en minúscula o cifras arábigas, consecutivas y seguidas por un paréntesis de cierre:
✔ Las condiciones formales para la admisibilidad de las solicitudes de nulidad de las sentencias son tres: 1) temporalidad, 2) legitimidad por parte activa y 3) deber de argumentación.
✔ Las condiciones formales para la admisibilidad de las solicitudes de nulidad de las sentencias son tres: a) temporalidad, b) legitimidad por parte activa y c) deber de argumentación.
Se desaconseja el resalte de estas señales con negrillas y, más aún, con cursivas y negrillas, lo cual constituiría un doble (e innecesario) resalte.
Los ítems breves (de hasta tres o cuatro palabras) se separarán solo mediante comas:
✔ Las condiciones formales para la admisibilidad de las solicitudes de nulidad de las sentencias son tres: 1) temporalidad, 2) legitimidad por parte activa y 3) deber de argumentación.
Los enunciados de mayor complejidad (pero que no constituyen una oración) se separarán mediante signos de punto y coma:
✔ De acuerdo con el artículo 33° de la Constitución Política del Perú, se suspende el ejercicio de la ciudadanía por las siguientes causales: 1) resolución judicial de interdicción; 2) por sentencia privativa de la libertad; y 3) por sentencia con inhabilitación de los derechos políticos.
Los ítems que constituyen oraciones completas, con presencia de sujeto, predicado y verbo, se enumerarán, de manera preferente, en forma de lista.
Cabe señalar algunas precisiones. Así, es incorrecto el uso de los dos puntos en enumeraciones introducidas sea por el adverbio «como» o por la expresión «tales como»:
× Existe consenso sobre ciertos pilares del Estado de derecho contemporáneo, tales como: la libertad, la igualdad, la legalidad y la dignidad.
✔ Existe consenso sobre ciertos pilares del Estado de derecho contemporáneo, tales como la libertad, la igualdad, la legalidad y la dignidad.
Se recomienda evitar (o reducir al mínimo) el cierre de una secuencia con la frase «entre otros» o la expresión equivalente «etcétera». Procure ser exhaustivo.
Enumeraciones en forma de lista
Las enumeraciones en forma de lista, a diferencia de las expuestas en el apartado anterior, se crean mediante la desagregación del párrafo. En este estilo resulta indispensable enunciar con claridad la introducción, es decir, el concepto base común a los ítems que componen la lista.
La introducción va siempre seguida del signo de dos puntos, aun en ausencia de elemento anticipatorio. Por ejemplo, en el artículo 24° de la Constitución se aprecia:
✔ En la relación laboral se respetan los siguientes principios:
1. Igualdad de oportunidades sin discriminación.
2. Carácter irrenunciable de los derechos reconocidos por la Constitución y la ley.
3. Interpretación favorable al trabajador en caso de duda insalvable sobre el sentido de una norma.
Se resalta aquí la introducción a la secuencia («los siguientes principios:»).
La forma de la lista, de acuerdo con la actual normativa ortográfica, se rige de conformidad con ciertas pautas. Veamos las más importantes:
1. Los ítems deben señalarse, a elección del autor, con alguna de las respectivas marcas (cifras, letras, rayas o guiones largos, o topos o «viñetas»).
2. Las cifras serán siempre arábigas y consecutivas, y estarán seguidas por un punto o un paréntesis de cierre.
✔ 1)
✔ 1.
Las letras de marca serán siempre minúsculas y consecutivas, y estarán seguidas por un punto o un paréntesis de cierre:
✔ a)
✔ a.
Sea que las cifras o letras estén seguidas de un punto o de un paréntesis de cierre, los ítems se escribirán siempre con mayúscula inicial. Conviene advertir que se mantiene la fuente y la ausencia de resalte (el uso de negrillas está especialmente desaconsejado)
3. Las rayas o guiones largos (—), seguidos de un espacio, se reservan para listados constituidos por ítems muy breves. Es erróneo el uso del guion corto (-)
4. Los ítems se cierran con coma o nada, con signos de punto y coma o con punto y aparte.
5. Cuando los ítems son simples, se cierra cada uno con una coma o con nada. Solo si se usan comas en estos casos, el último ítem de la enumeración se cierra con un punto.
6. Cuando los ítems son complejos, pero dependen de la introducción, se cierran con los respectivos punto y coma. Solo el último ítem cierra con un punto y aparte.
✔ Artículo 32°.- Pueden ser sometidas a referéndum:
1. La reforma total o parcial de la Constitución;
2. La aprobación de normas con rango de ley;
3. Las ordenanzas municipales; y
4. Las materias relativas al proceso de descentralización.
7. Cuando los ítems enumerados son plenamente autosuficientes, se cierran todos con puntos.
[1] Enlace DLE.
[2] https://www.wikipedia.org/index.php/Enumeraci%C3%B3n
[3] Real Academia de la Lengua Española y Asociación de Academias de la Lengua Española. Ortografía de la lengua española. Madrid: Espasa Libros, 2010, p.356.
[4] Ibidem, p. 358.
[5] Ibidem, p. 581.


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