Luego de entregarse a las autoridades el miércoles 4 de diciembre, un día después que la Corte Suprema le impusiera una prisión preventiva de 18 meses, la suspendida fiscal Elizabeth Peralta fue clasificada, bajo el régimen ordinario, en el penal Mujeres de Chorrillos.
La llegada de la suspendida funcionaria al Poder Judicial se tenía previsto a mediados de las 2:30 p. m. del martes 3, sin embargo, cuando ya la prensa ya esperaba su presencia, su abogado Benji Espinoza informó que Peralta no acudiría de forma voluntaria a cumplir con el mandato judicial.
Lea más | Caso Andrés Hurtado: dictan prisión preventiva contra la fiscal Elizabeth Peralta
Según el letrado, la entrega tardía de la otrora funcionaria pública no agrava su situación «porque lo hizo en ejercicio de su derecho». En diálogo con Canal N, sostuvo lo siguiente:
La Dra. Peralta quiere dar un ejemplo, pese a estar en desacuerdo con una decisión judicial, y tomar el camino del hábeas corpus; se está entregando y está dando cumplimiento. […] No quiere que esta situación sea utilizada para perjudicar su hoja de vida. [¿Cuánto tiempo estima que, de estos 18 meses, tengan que transcurrir hasta que, según la estrategia que usted plantea, recupere su libertad?] Aproximadamente seis meses hasta que el caso pueda resolverse en el Tribunal Constitucional.

Revocatoria de comparecencia
La Corte Suprema de Justicia revocó, el martes 3, el mandato de comparecencia con restricciones contra Peralta, investigada por los presuntos delitos de tráfico de influencias y cohecho activo específico, y le impuso una prisión preventiva por el plazo citado.
Los jueces Norma Carbajal, María Altabás y Saúl Peña Farfán respaldaron el pedido, mientras que sus colegas Manuel Luján, César San Martín e Iván Sequeiros se inclinaron por mantener la comparecencia con restricciones; por ello, se convocó al juez Álvarez Trujillo, quien finalmente inclinó la balanza hacia la medida coercitiva.
Lea más | Andrés Hurtado: Sala Penal de Apelaciones reconoce que devolvió oro e informa razones

Tesis fiscal
La investigación sostiene la existencia de tres presuntos hechos que probarían las imputaciones contra Elizabeth Peralta, Andrés Hurtado, exconductor de televisión bajo el pseudónimo de ‘Chibolín’, y Javier Miu Lei. El primero de ellos, indica la presunta devolución, por intermedio de Peralta Santur, de unos lingotes de oro a Miu Lei.
La hipótesis fiscal postula la supuesta entrega de 500 mil dólares ―por la restitución del mineral― realizada en la casa de Hurtado Grados, quién habría sido el responsable de conectar a Miu Lei con la fiscal superior.
En el segundo hecho, la Fiscalía argumenta sobre la entrega de 80 mil dólares a Peralta Santur para la apertura de una investigación por lavado de activos contra Jimmy Pflücker Pinillos, competencia directa de las actividades comerciales de Miu Lei.
Finalmente, el tercer hecho imputado es la entrega de 20 mil dólares a la ahora suspendida fiscal. Dicha transacción habría sido realizada con el fin de evitar la continuidad de una investigación por lavado de activos contra Quantico Servicios Integrados S.A.C, empresa de Iván Siucho Neira.
Mira la audiencia de control de identidad aquí:

![Quien proporciona el DNI o la cuenta bancaria y cobra el dinero producto del fraude debe ser juzgado por el delito de fraude informático y no por hurto agravado mediante medios informáticos (norma posterior más favorable al procesado) [RN 1087-2025, Lima, ff. jj. 5-9]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/tarjeta-fraude-robo-hurto-cuenta-bancaria-penal-LPDerecho-218x150.jpg)

![Intimación para constituir en mora interrumpe la prescripción de la reparación civil fijada en la sentencia [Expediente 4173-2006-4]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/04/Giammpol-Taboada-Pilco-LPDerecho-218x150.png)
![Nombrar a alguien «gerente» no basta para considerarlo trabajador de confianza [Cas. Lab 33748-2023, Lima]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/06/despido-por-liquidacion-LPDerecho-218x150.jpg)
![Mientras los vicios de motivación interna se refieren a los supuestos en los cuales la solución del caso no se deduce de las premisas normativas o fácticas contenidas en la resolución, o cuando la resolución analizada carece de alguna de estas premisas necesarias para resolver; los vicios de motivación externa aluden a circunstancias en las que han existido errores relativos, por una parte, a la premisa normativa del silogismo judicial o, de otra, a la premisa fáctica [Exp. 01172-2022-PA/TC, f. j. 39] TC usura servicios financieros](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/tribunal-constitucional-fachada-tc-LPDerecho-218x150.jpg)
![Indecopi no es competente para tramitar solicitudes de procedimiento concursal contra universidades privadas, pues para estas no aplican las disposiciones de la Ley General del Sistema Concursal debido a la naturaleza especial que posee el servicio educativo (se afectaría el funcionamiento de la entidad educativa en perjuicio del derecho a la educación de los estudiantes) [Expediente 04791-2024-AA/TC, ff. jj. 22-25]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/tribunal-constitucional-4-LPDerecho-218x150.jpg)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)






![[VÍDEO] Aplica el «ne bis in idem» en San Valentin: nadie puede ser celado dos veces por el mismo hecho](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/02/aplica-principio-ne-bis-in-idem-san-valentin-LPDERECHO-218x150.png)

![[VÍDEO] Mario Castillo: Nunca se olviden de que la vida no es solo la profesión](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/03/maxresdefault-92-218x150.jpg)



![¿Desde cuándo se computa el plazo para el inicio del PAD en faltas permanentes por uso de información falsa? [Informe Técnico 000454-2026-Servir-GPGSC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/03/SERVIR-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Trabajadores destacados no pueden realizar de forma permanente la actividad principal de la empresa [Cas. Lab. 20398-2023, Lambayeque]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/trabajadora-empleado-oficina-presencial-trabajador-LPDerecho-218x150.jpg)



![Lineamientos para el seguimiento del plan nacional de seguridad ciudadana y lucha contra la criminalidad 2026–2028 [RM 358-2026-IN]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/ministerio-interior-Mininter-4-LPDerecho-218x150.jpg)
![Destituyen a juez de paz por haber tramitado expedientes pese a encontrarse suspendido [Investigación Definitiva 231-2024-Ventanilla]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/04/BANNER-NOTICIA-DESTITUYEN-JUEZ-AVALAR-DESCERRAJE-INMUEBLE-LPDERECHO-1-218x150.jpg)

![Decreto Legislativo del Notariado (Decreto Legislativo 1049) [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/Decreto-legislativo-notariado-LPDerecho-218x150.png)
![Constitución Política del Perú [actualizada 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/08/CONSTITUCION-RELEVANTE-Y-ACTUAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Nuevo Código Procesal Constitucional (Ley 31307) [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/BANNER-CONSTI-REGLAMENTOS-3-218x150.jpg)
![Reglamento Normativo del Tribunal Constitucional [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/BANNER-CONSTI-REGLAMENTOS-218x150.jpg)
![Ley de Delitos Informáticos (Ley 30096) [actualizada]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/08/ley-de-delitos-informaticos-ley-30096-actualizada-LPDERECHO-218x150.jpg)















![[VÍDEO] Yonhy Lescano: los precios de las medicinas deben tener un tope donde no se pueda lucrar](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/03/BANNER_entrevista-yonhy-lescano_LP-218x150.jpg)



![Código Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-100x70.jpg)








