«Mis estudios de derecho me convencieron de la inferioridad legal de la mujer. La necesidad de poner fin a esta discriminación me convirtió en feminista»[1]
Primeros acercamiento a la lucha social
Elena Caffarena Morice, jurista, filósofa y feminista chilena; nace en Iquique el 23 de marzo de 1903, en el seno de una familia de origen italiano. Está considerada como una de las grandes representantes del feminismo latinoamericano. Es hija de don Blas Caffarena, inmigrante italiano de ascendencia genovesa, y de doña Ana Morice; los fundadores de la empresa que hoy se conoce como medias «Caffarena»[2]. Pese a su solvente condición económica, desde pequeña se acercó a las lecturas críticas por influencia de sus profesores del liceo Iquique, donde llegó inclusive a leer a Luis Emilio Recabarren, considerado el padre del movimiento obrero chileno. A los 17 años, Elena se traslada a Santiago, donde culminará sus estudios secundarios. En esta ciudad su padre fundará una industria de tejidos que lo llevarán a la fama. En Elena empieza a surgir un sentimiento de empatía por los obreros textiles, y poco a poco desarrollará una sensibilidad intelectual.
Cuando es aceptada en la escuela de Leyes de la Universidad de Chile, en 1922, ella ya estaba decidida –pese a su juventud- a ser militante activa de los movimientos de transformación. Una de las principales razones que la empujaron a las luchas sociales, fue el comprobar que el poder de los terratenientes seguía creciendo injustificadamente en el territorio chileno. En la Universidad de Chile toma contacto con la Federación de Estudiantes (FECH), donde participaba recurrentemente. En sus años universitarios llega a conocer a personalidades de la talla de José Vasconcelos o Pablo Neruda[3]; por lo que no tarda en ser relacionada al naciente Partido Comunista o la extrema izquierda. En ese sentido, Caffarena menciona en una entrevista:
No, yo nunca he sido una persona de extrema izquierda. Soy, podría decir, una socialista moderada. Pienso en una sociedad que, dentro del respeto a la libertad y el respeto a los derechos humanos, asegure a la población educación y salud gratuita, habitación y alimentación adecuadas[4].
Primeros trabajos y fundación del MEMCH
Empieza con sus labores jurídicas como estudiante, participando voluntariamente en el Servicio de Asistencia Jurídica Gratuita. Su imagen se vuelve más públicas como defensora de causas estudiantiles, que se incrementaron exponencialmente por esos años. En medio de un contexto bastante convulso en el Chile de los golpes militares, Caffarena logra, en 1926, la licenciatura en Derecho, siendo la abogada número 15 en la historia chilena[5]. Su tesis El trabajo a domicilio, enriquecimiento sin causa a expensas de otro, en el Código Civil Chileno; versó sobre la explotación que sufrían las mujeres en el mercado informal. Por esos años decide realizar un periplo en Europa, donde recorre Italia, Madrid y finalmente París, donde conoce a Gabriela Mistral. De vuelta en su tierra natal, publica su novedoso artículo La situación jurídica de la mujer chilena, donde realizaba un recorrido de la condición femenina en el Código Civil, la administración pública y en las leyes sociales. Caffarena reconocería este artículo como su primer acto feminista[6].
En 1929 contrae matrimonio con el que fuera su compañero en el Servicio de Asistencia Jurídica Gratuita de la Universidad de Chile, Jorge Jiles Pizarro, con el que tuviera tres hijos. Su esposo fue concurrentemente vinculado al Partido Comunista, y llegó a ser elegido senador por esta organización política. Si bien Caffarena es una mujer sumamente independiente, la influencia de Jiles será también decisiva en su formación. La vida de este matrimonio estará muy vinculada al mundo de la izquierda y las luchas sociales. Elena Caffarena fue abiertamiente una impulsora de la inclusión de la mujer en la vida política de su país. Es así que, después de un viaje por Europa donde se adscribiría a la causa sufragista, Elena es elegida la primera secretaria general del Movimiento de Emancipación de la Mujer Chilena (MEMCH). Esta organización surge a partir de la iniciativa de las primeras mujeres que accedían a un título universitario. Lucharon por la emancipación de la mujer, económica, social y jurídicamente.
Su abierta defensa de la reivindicación sufragista
La declaración de principios A las mujeres, publicada el 28 de mayo de 1935, es gráfica al sentenciar la situación de doble carga que amenazaba con coaptar la independencia femenina. Tenía la ley, el deber, de regular la situación jurídica femenina, construyendo un marco en el que pueda ejercer correctamente sus derechos y deberes. De
«Las mujeres conscientes del hecho que pertenecer al sexo que lleva a feliz término la vida, no debe ser sinónimo de ser abandonado y despreciado, sino por el contrario, acreedora a una legislación que debe tender a protegerlas y dignificarlas, nos hemos reunido y hemos contraído el compromiso de luchar por la liberación integral, o sea: económica, biológica, jurídica y social»
Es en 1941, que en una jornada histórica, Pedro Aguirre Cerda presenta al Congreso un proyecto que confiere plenos derechos políticos a las mujeres. Este proyectado fue redactado parcialmente por Caffarena. Posteriormente, junto a otras connotadas activistas, Elena Caffarena fundaría la Federación Chilena de Instituciones Femeninas (Fechif), organización que la nombra su primera vicepresidenta. En junio de 1945, la Fechif presenta al Senado un nuevo proyecto de ley sobre voto femenino, con la redacción de la jurista. El 8 de enero de 1949, en el gobierno de Gabriel Gonzáles Videla, se promulga al fin esta norma; pero Elena Caffarena, Flor Heredia y otras sufragistas son excluidas de los actos de conmemoración. Esta injusta decisión se debió a que el gobierno consideraba a Caffarena una comunista, agitadora, revoltosa[7], cancelando su inscripción de los registros electorales, debido a la defensa que ejercía de cuarenta mujeres y sus hijos que estaban aprisionados en el campo de concentración de Pisagua.
El legado jurídico de Caffarena
En su obra jurídica se reflejó este anhelo de emancipación, destacándose como una abogada de gran destreza práctica y de profundo conocimiento de la legislación chilena[8]. Su primera gran obra se trata de Capacidad de la mujer casada en relación a sus bienes (1944), donde denuncia que en una sociedad conyugal, las mujeres parecían totalmente incapaz de acceder a un mínimo derecho. Una idea revolucionaria que se extrae de este libro es su aspecto humanístico, en cuanto Caffarena menciona que el amor debería ser una obligación de carácter absoluto para constituir un matrimonio. Elena combate y critica la vigencia del Código Civil Chileno y propone alternativas al régimen de sociedad conyugal y separación de bienes: la participación de gananciales, que se habilitaría recién en 1994. Esto bienes son aquellos que la mujer obtiene a través del fruto de su trabajo. Y por tanto, señala Caffarena, tienen derecho a disponer libremente de estos. Sería entonces, precursora la institución del patrimonio reservado de la mujer casada.
En 1947 aparece su libro ¿Debe el marido alimento a la mujer que vive fuera del hogar conyugal?, donde sustenta la tesis que la obligación de alimentos no se suspende por el hecho de la vida separada, y que responde a una discrimación jurídica, ya que en el supuesto de la misma situación el marido, no se niega este derecho. Este libro es considerado el mejor análisis que se ha realizado sobre el tema[9]. La obligación de socorro supone el paradigma, y no la excepción. La obligación de alimentos, en cambio, supone un quiebre y, naturalmente, la necesidad de resolver para asegurar la integridad de la parte implicada. Y aunque no faltaron voces críticas que trataron de desmontar inúltimente sus logradas tesis jurídicas, Caffarena siempre respondió con la sobriedad intelectual que la caracterizó: no hay ley que permita negar a la mujer los alimentos que necesita[10]. Por esta obra recibió el premio de Manuel Egidio Ballestero de la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile, y además, a raíz de sus conceptos, la Corte Suprema empezó a cambiar su jurisprudencia.
Otro de sus grandes aportes al derecho está en ¿Puede usarse la fuerza pública para el cumplimiento de la obligación prevista en el artículo 133 del Código Civil? (1949), donde defiende la incoercibilidad de las obligaciones personales derivadas del matrimonio[11]. Finalmente, y para alegría de Caffarena y sus compañeras, las mujeres lograron votar por primera vez en Chile en 1952. Ese mismo año publicó su interesante estudio sobre la lucha sufragista intitulado Un capítulo en la historia del feminismo: las sufragistas inglesas. También se desenvolvió en el ámbito de la protección de menores, siendo representante del gobierno en el directorio del Consejo de Defensa del Niño, institución en la que trabaja por varios años hasta que fue cesada por la dictadura de Pinochet, en 1974. En 1979 se convierte en la primera vicepresidenta de la Fundación para la Protección de la Infancia Dañada por los Estados de Emergencia, que protege a los niños que sufren las consecuencias de un injusto exilio. Elena Caffarena falleció en 2003, a la edad de 100 años, y siendo, por qué no, la mujer de un siglo.
[1] Cita extraída del sitio web «Memoria Chilena», de la Biblioteca Nacional de Chile. Disponible aquí.
[2] Olga Poblete, «Una mujer. Elena Caffarena», Santiago, 1993.
[3] Laura Romero Quintana, «Discursos críticos de mujeres intelectuales chilenas y costarricenses, 1920-1950», tesis para optar el grado de Magíster en Estudios Latinoamericanos, Facultad de Filosofía y Humanidades, Universidad de Chile. Disponible aquí.
[4] Entrevista «Elena Caffarena: un siglo, una mujer», 2003.
[5] Laura Romero Quintana, obra citada.
[6] Extraído del blog «Feministas Tramando» y reproducido aquí.
[7] De la autobiografía de Elena, este extracto se puede leer en la revista Punto Final N° 539. Disponible aquí.
[8] Del blog «Feministas Tramando», 2006.
[9] Prólogo de Luis Barriga Errázuriz, «Caffarena de Jiles» (1947).
[10] María Sara Rodríguez Pinto, «Elena Caffarena de Jiles, jurista», Revista Chilena de Derecho, Vol. 33 N° 2, 2006. Disponible aquí.
[11] María Sara Rodríguez Pinto, obra citada.