Este lunes 13 de octubre vence el plazo para que los altos funcionarios que decidan postular en las Elecciones Generales 2026 (EG 2026) renuncien a los cargos que ostentan, recordó el Jurado Nacional de Elecciones (JNE).
Así lo señala la Resolución 0110-2025-JNE que establece precisiones respecto a las citadas renuncias, así como sobre las licencias sin goce de haber de otros funcionarios y trabajadores del Estado que pretendan ser candidatos en el proceso electoral.
Los altos funcionarios aludidos en la norma se refieren al presidente de la República, ministros, viceministros, entre otros señalados en el artículo 91 de la Constitución Política y en los artículos 107 y 113 de la Ley Orgánica de Elecciones (LOE).
En el caso del presidente de la República, la renuncia se efectúa ante el Congreso de la República, mientras que la de otros funcionarios de alto nivel en las entidades correspondientes.
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El mismo 13 de octubre es la fecha límite para renunciar de los gobernadores y vicegobernadores regionales y los alcaldes que decidan postular en las EG 2026. Igualmente, los miembros de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional que opten por participar en estas elecciones deberán pasar a la situación de retiro, como máximo, en esta misma fecha.
Respecto de los gobernadores, la renuncia debe presentarse ante el consejo regional y el cargo al JNE, a través de la Mesa de partes Virtual (MPV), hasta el 20 de octubre de 2025, asumiendo de forma inmediata, en su reemplazo, el vicegobernador. De renunciar el gobernador y vicegobernador, el consejo regional elegirá a los que ejerzan esa función.
En el caso de los alcaldes, deben presentar su renuncia ante el concejo respectivo y el cargo a la MPV del organismo electoral, también hasta el 20 de octubre, como en el caso anterior. El burgomaestre encargado deberá solicitar la credencial respectiva al JNE, en un plazo no mayor de 10 días hábiles, contados a partir de la entrega de la renuncia.
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Licencias
La citada resolución también dispone que los trabajadores y funcionarios de los poderes públicos y de los organismos y empresas del Estado, cuyo propósito es postular en las EG 2026, deberán solicitar licencias sin goce de haber ante la respectiva entidad, mencionando expresamente que la misma debe ser concedida a partir del 11 de febrero de 2026 (60 días antes de la fecha de las elecciones).
Con información del Jurado Nacional de Elecciones.
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