«El rey ha muerto, larga vida al rey» es un lema, casi un ritual, para expresar la sucesión de las monarquías. Pero con la muerte del rey Edson Arantes do Nascimento, más conocido como Pelé, se acaban los reyes del balompié. Habrá que conformarse con príncipes y caudillos.
El único jugador en la historia en ganar tres mundiales dejó este plano e ingresó al mundo desconocido de la muerte en el hospital Albert Einstein de Sao Paulo, en su natal Brasil, a la edad de 82 años. Luego de batallar contra un cáncer de colon que lo aquejó desde septiembre de 2021. Aunque el uso del verbo batallar no debe hacerles creer que al final Pelé perdió, porque los reyes rara vez pierden.
El legado del astro está ligado al futbol y muchos pueden pensar que la presencia de este post en LP Pasión por el derecho puede tratarse de un capricho pelotero de algún entusiasta redactor o editor. No. La vida del futbolista se encontró en más de una oportunidad con el mundo jurídico y voy vamos a repasar algunos hechos importantes.
La defensa de su imagen

En el 2016, Pelé arremetió contra la famosa marca Samsung con una demanda de 30 millones de dólares por publicar un anuncio en un periódico con un «doble» del exfutbolista. Sostuvo aquella vez que Samsung actuó de forma «deliberada e indignante» al promover una nueva televisión de pantalla plana con un «doble» del rey.
Pelé y Samsung habían estado en pláticas en 2013 acerca de usar a Pelé en una campaña publicitaria, pero Samsung se hizo para atrás en el último momento, según el documento judicial, el cual fue presentado en Chicago.
La compañía posteriormente publicó un anuncio en el New York Times en octubre en el que mostraba el rostro de «un hombre sonriente que se parece mucho a Pelé» junto a una televisión en la que aparecía un futbolista haciendo un «remate de tijera, el cual fue perfeccionado y como todos saben, fue utilizado por Pelé», según el documento. Dicho caso se resolvió a través de un acuerdo confidencial.
Presuntas amantes
La fama te pone en la mira de muchas personas y no cabe duda de que Pelé llamó la atención toda su vida. Al punto que muchas jóvenes proclamaron ser sus amantes y algunas de ellas llevaron esos relatos a los tribunales. El caso más famoso surgió en el 2002, cuando una joven de 24 años que juraba haber sido amante del exfutbolista brasileño puso una demanda en un tribunal de Sao Paulo para obtener la propiedad de un lujoso apartamento y el pago de una indemnización.
«Fue el primer hombre en mi vida. Después pidió que yo me sometiera a una operación para reconstituir la virginidad», afirmó Magna Aparecida Alves, a quien el rey habría conocido a finales del siglo pasado. Audios posteriores revelaron que dicha joven intentó extorsionar a Pelé durante meses para evitar que esta historia se hiciera pública, lo que llevó a que este caso no procediera ante la justicia de Brasil. Pero este fue solo uno de muchos casos, que en su mayoría se resolvían en silencio y fuera del alcance de cámaras y periodistas.
La hija secreta de Pelé

Una historia compleja, sin duda. Sandra Regina fue el fruto de una relación amorosa de Pelé con una empleada doméstica y atrajo la atención de los medios de comunicación al abrir un proceso para obligar al exfutbolista a reconocerla como su hija.
Pelé luchó hasta la última instancia para evitar que la muchacha lograra los mismos derechos de heredera que tienen sus siete hijos legítimos. Pero en 1991, Sandra logró que el Supremo Tribunal Federal, la máxima corte constitucional de Brasil, diera autorización para incorporar a su nombre el apellido de su famoso padre. A pesar de eso, la estrella del fútbol nunca mostró interés en conocerla.
Sandra Regina inició una carrera política y logró sucesivos mandatos de concejal en Santos, además de escribir un libro, titulado La Hija que Pelé no quiso. Falleció de cáncer en el 2006, sin lograr afirmar un vínculo con el conocido deportista.
![Pericia que concluyen «proclividad al delito» no puede admitirse con el único fin de mostrar la supuesta inclinación del acusado a cometer delitos, porque ello favorece el «riesgo de condenar no por las pruebas, sino por la valoración negativa de su carácter o personalidad» [Casación 982-2022, Lambayeque, f. j. 16]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-JUEZ-SENTENCIA-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Reglamento del Decreto Legislativo 1267, Ley de la Policía Nacional del Perú [Decreto Supremo 012-2025-IN] Policía](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/12/Policia-PNP-oficial-LPDerecho-4-218x150.jpg)
![No se requiere que el fiscal postule expresamente la prueba indiciaria, porque es un método de razonamiento probatorio que puede ser empleado por el juez, siempre que derive de hechos acreditados y se debata en el juicio oral [Apelación 278-2024, Cusco]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-LIBRO-JUEZ-LEY-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Aun cuando la colusión es un delito de encuentro, ello no excluye la aplicación de la agravante por pluralidad de agentes; si participan más de dos personas [Casación 1379-2017, Nacional, f. j. 26]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/MAZO-DERECHO-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)











![El trabajador de dirección lleva implícita la calificación de confianza [Cas. Lab. 32954-2022, Lima]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/11/contratacion-irregular-de-un-trabajador-LPDERECHO-218x150.jpg)
![¿Los beneficios del convenio colectivo alcanzan también a servidores no sindicalizados? [Informe Técnico 001992-2025-Servir-GPGSC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/trabajador-confianza-companero-companerismo-ambiente-laboral-sindicato-LPDerecho-218x150.jpg)
![No toda reducción del sueldo básico implica una disminución de la remuneración total [Casación 16410-2023, Tacna]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/11/exfuncionario-recursos-humanos-sueldo-LPDERECHO-218x150.jpg)
![A los trabajadores que realizan labor intermitente, como los choferes del servicio de transporte interprovincial, no les corresponde el pago de horas extras (conforme al art. 5 del DS 007-2002-TR), aun cuando realicen labores intermitentes que excedan las 12 horas diarias [Casación 46532-2025, La Libertad]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/06/mujer-trabajadora-computadora-trabajo-remoto-teletrabajo-asistente-LPDerecho-218x150.png)
![TC: Entidades jurisdiccionales están obligadas únicamente a emitir y/o entregar información (en caso se solicite) o a facilitar la ruta de acceso a la información indicada respecto de dicha función (doctrina jurisprudencial vinculante) [Exp. 02506-2022]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/05/tribunal-constitucional-tc-precedente-LPDerecho-218x150.png)
![Fundamento de voto: El art. VIII del NCPC ―sobre la interpretación conforme a las sentencias de los tribunales internacionales donde el Perú es parte― resulta inconstitucional, ya que contraviene la Cuarta D. F. T de la Constitución al reducir indebidamente el parámetro constitucional de interpretación del TC (caso cócteles) [Exp. 02109-2024-PHC/TC, ff. jj. 5-6]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/11/FUNDAMENTO-VOTO-ART-VIII-NCPC2-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Fundamento de voto: No se puede equiparar la finalidad política que tiene un partido político (participación electoral) con un propósito delictivo como promover, organizar, constituir o integrar una organización con fines ilícitos (caso cócteles) [Exp. 02109-2024-PHC/TC, ff. jj. 25-26]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/FUDAMENTO-VOTO-POLITICA-ELECTORAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Modifican Reglamento del procedimiento sancionador aplicable a martilleros públicos [Resolución 00170-2025-Sunarp/SN]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/02/BANNER-SUNARP-LOGO-lp-derecho-218x150.jpg)
![Aprueban nueva escala remunerativa para los servidores de apoyo a la función fiscal y administrativo del Ministerio Público [DS 241-2025-EF]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2019/09/trabajador-ministerio-publico-fiscal-intervencion-LPDerecho-218x150.png)
![Multan a Tottus por no incluir advertencia de «Alto en azúcar: Evitar su consumo excesivo» en Syrope sabor a maple [Res. 178-2025/CCD-Indecopi]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/10/tottus-indecopi-peru-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Reglamento del DL 1219 que fortalece la función criminalística policial [Decreto Supremo 011-2025-IN]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/ministerio-interior-Mininter-LPDerecho-218x150.jpg)
![Código Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Decreto Legislativo del Notariado (Decreto Legislativo 1049) [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/DECRETO-LEGISLATIVO-NOTARIO-1049-2025-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Ley General de Contrataciones Públicas [Ley 32069] (actualizada 2025)](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/01/NUEVA-LEY-GENERAL-CONTRATACIONES-PUBLICAS-LPDERECHO-218x150.png)
![Ley Orgánica de Elecciones (Ley 26859) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-de-elecciones-LPDerecho-2025-218x150.jpg)








![[VIDEO] Juez propone que todos los delitos se tramiten en unidades de flagrancia, sin excepción](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/DELITOS-PLANTEA-TABOA-LPDERECHO-218x150.jpg)








![Código Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-100x70.jpg)

![Código Civil peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-OFICIAL-CODIGO-CIVIL-2024-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Código Procesal Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/02/VENTA-CODIGO-PENAL-BANNER-POST-TAPA-DURA-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Modifican Reglamento del procedimiento sancionador aplicable a martilleros públicos [Resolución 00170-2025-Sunarp/SN]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/02/BANNER-SUNARP-LOGO-lp-derecho-324x160.jpg)
![Pericia que concluyen «proclividad al delito» no puede admitirse con el único fin de mostrar la supuesta inclinación del acusado a cometer delitos, porque ello favorece el «riesgo de condenar no por las pruebas, sino por la valoración negativa de su carácter o personalidad» [Casación 982-2022, Lambayeque, f. j. 16]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-JUEZ-SENTENCIA-PENAL-LPDERECHO-100x70.jpg)

![Aprueban nueva escala remunerativa para los servidores de apoyo a la función fiscal y administrativo del Ministerio Público [DS 241-2025-EF]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2019/09/trabajador-ministerio-publico-fiscal-intervencion-LPDerecho-100x70.png)
![Reglamento del Decreto Legislativo 1267, Ley de la Policía Nacional del Perú [Decreto Supremo 012-2025-IN] Policía](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/12/Policia-PNP-oficial-LPDerecho-4-100x70.jpg)

![Modifican Reglamento del procedimiento sancionador aplicable a martilleros públicos [Resolución 00170-2025-Sunarp/SN]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/02/BANNER-SUNARP-LOGO-lp-derecho-100x70.jpg)