En el nuevo libro de Juan Carlos Portugal Sánchez, La objeción como herramienta de litigio en juicio oral. Consejos prácticos, de próxima publicación, el autor recurre a diferentes ejemplos cinematográficos para explicar el poder del término “objeción”.
Uno de los filmes a los que más recurre el abogado es “El exorcismo de Emily Rose” y no es una casualidad. Dentro del cine contemporáneo de terror, esta película de Scott Derrickson destaca por el peso que le da al aspecto judicial del problema, sin abandonar el lado sobrenatural de su propuesta.
Portugal usa esta cinta judicial de corte clásico disfrazada de terror para ejemplificar lo que es una objeción por pregunta sugestiva a un testigo técnico en el marco de un interrogatorio directo.
Como se sabe, un testigo experto es el profesional con suficiente conocimiento en determinada materia, ya sea por los años de experiencia en el ejercicio laboral o por los conocimientos adquiridos debido a los estudios realizados (un policía de un área específica de investigación, un médico especializado en una rama o un profesor universitario que destaque).
A diferencia de este testigo técnico, el perito es el profesional que posee una información calificada producto de estudios científicos o más especializados sobre una determinada materia, pero que está inscrito en el registro de peritos judiciales (REPEJ).
Así las cosas, veamos el fragmento del libro:
En El exorcismo de Emily Rose —película norteamericana basada en la historia de Anneliese Michel, católica devota que empezó a tener visiones aterradoras en su estancia universitaria—, surgió un interrogatorio que merece destacarse. Emily, quien la protagoniza, decide buscar al sacerdote Richard Moore, acusado de la muerte de Emily debido a sesiones de exorcismo que este le realizó con el objetivo de salvarle la vida. El padre es llevado a juicio por el delito de homicidio. Erín Bruner, una prestigiosa abogada en el contexto de la película, decide asumir su defensa, pese a su agnosticismo. Así, durante una de las sesiones de juicio oral, la fiscalía realiza el siguiente interrogatorio a un testigo técnico:
Fiscal: ¿Qué causó estas lesiones?
Testigo: Algunas fueron resultado de ataques epilépticos y otras fueron autoinfligidas.
Fiscal: En su opinión, ¿por qué se lesionaba a sí misma y por qué dejaba de comer?
Testigo: Tras revisar su expediente médico completo, concluí que la epilepsia de Emily evolucionó en algo conocido como trastorno epiléptico psicótico; es una condición rara pero que he visto en numerosos pacientes.
Fiscal: Entonces, Emily tenía epilepsia y psicosis.
Testigo: Sí.
Fiscal: Por favor, explíquenos cómo se manifiesta este trastorno epiléptico psicótico.
Testigo: Los ataques tienen los síntomas típicos de la esquizofrenia, alucinaciones auditivas y visuales y a veces paranoias extremas. Los ataques afectan las articulaciones y contorsionan el cuerpo, las pupilas se dilatan y hacen que los ojos parezcan negros.
Fiscal: Entonces, ¿cree que tenía epilepsia, lo que evolucionó en un tipo de psicosis violento trastorno que se controla con gambutrol?
Testigo: Sí, y se habría controlado de haber continuado con el tratamiento.
Fiscal: En su opinión, de haberse continuado con el tratamiento, ¿ella estuviera viva?
Testigo: Por supuesto que sí, si se trata a tiempo el trastorno epiléptico psicótico casi nunca es fatal. Esta joven necesitaba mucha ayuda, el acusado debió entender que Emily necesitaba un continuo tratamiento médico.
Fiscal: Gracias, doctor.
Como podemos observar del presente interrogatorio, el fiscal realiza una pregunta objetable al incorporar dentro de su interrogante, en tono de opinión, que el trastorno sufrido por Emily se controlaba a través del gambutrol, lo que trajo como consecuencia que el testigo contribuya a dicha afirmación, incluso concluyendo que Emily hubiese seguido viva de haber continuado con el tratamiento. Hallamos aquí el silencio de la defensa técnica a una pregunta sugestiva no permitida que, de haberse realizado, la última información en la respuesta del testigo experto, durísima para el acusado, no hubiera ingresado a oídos del juzgador.
No sorprende que esta película sea de tanta utilidad dentro del contexto académico, porque no son pocos los que destacan su respeto por el proceso jurídico. Y sus virtudes van más allá al buen uso de la objeción como recurso narrativo mientras respeta su valor jurídico.
Especialistas del derecho señalan que esta película opta por una imagen realista de un juicio, sobre todo en los matices en la actuación de los fiscales y abogados. A diferencia de otras cintas, que optan por el histrionismo en la representación de abogados, aquí todo es más sutil.
El director se toma tiempo para mostrar la revisión de las notas y el tono moderado de las presentaciones, con profesionales optando por ser persuasivos y no por ser exagerados.
Recordemos que “El Exorcismo de Emily Rose” está basado en el caso real de Anneliese Michel, una joven alemana que fue sometida a un exorcismo en 1975 y que falleció de lesiones físicas como neumonía y rodillas rotas, ocurridas durante el hecho. Fue diagnosticada originalmente por epilepsia, pero sus padres optaron por buscar alternativas religiosas para tratarla al considerar que estaba poseída.
El veredicto final que recibieron los responsables generó polémica al ser considerado como poco severo, teniendo en cuenta el contexto de los acontecimientos. Los padres y los exorcistas fueron declarados culpables de homicidio por negligencia y negación de auxilio. La condena fue de 6 meses de prisión y libertad condicional.
Para más información sobre la objeción y su importancia legal, los invitamos a adquirir muy pronto uno de los libros más importantes sobre litigación que publicará el sello editorial de LP Pasión por el Derecho: La objeción como herramienta de litigio en juicio oral. Consejos prácticos.