Domingo García Belaunde y Ernesto Blume se suman a la defensa de Dina Boluarte en hábeas corpus presentado por caso Rolex

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La presidenta Dina Boluarte “ha recurrido” al Tribunal Constitucional mediante una demanda de hábeas corpus con el objeto de dejar sin efecto la denuncia constitucional que, en su contra, presentó el fiscal de la Nación interino, Juan Carlos Villena, por el caso Rolex, denuncia declarada procedente por la Subcomisión de Acusaciones Constitucional del Congreso.

La demanda constitucional fue presentada por el abogado Marco Riveros en marzo de este año, luego de que la Fiscalía y la Diviac allanaran el domicilio de la mandataria, además del despacho presidencial. En su momento, la demanda fue difundida, en exclusiva por LP. Para acceder a ella clic aquí.

El 30 de marzo de 2024, el Primer Juzgado Especializado en lo Constitucional de la Corte Superior de Justicia de Lima admitió a trámite la demanda. En un inicio, la presidenta Boluarte afirmó no estar de acuerdo con el recurso e, incluso, desautorizó el escrito con estas expresiones:

En mi calidad de supuesta ‘beneficiaria’ del presente recurso interpuesto oficiosamente, acudo a su despacho a fin de desautorizar la presente solicitud de Hábeas Corpus, puesto que no conozco al abogado Marco Riveros Ramos, no es parte de mi defensa y no lo he autorizado ni directa ni indirectamente a hacerlo.

Sin embargo, la demanda siguió su camino porque la jefa de Estado no ratificó su desistimiento del escrito ante el Poder Judicial.

Ahora que el recurso llegó al TC, la mandataria no solo ha respaldado el escrito, sino que ha acreditado, como sus abogados defensores, a Ernesto Blume Fortini (expresidente del TC) y a Domingo García Belaunde, reconocido maestro del derecho constitucional peruano.

El diario La República accedió al escrito de apersonamiento de los letrados. En él, consideran la que denuncia constitucional es un elemento que confirma una presunta “persecución” contra la presidenta. “(Juan Carlos Villena) no se ha dado cuenta que tal denuncia es insostenible a tenor de lo dispuesto en el artículo 117 de la Constitución”, se lee en un documento del 31 de mayo, presentado días después.

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