Diferencias entre descentralización y desconcentración

Sumario: 1. ¿Qué es la descentralización?, 2. ¿Qué es la desconcentración?, 3. ¿Qué dice la normativa peruana?, 4. La diferencia, 5. Bibliografía


1. ¿Qué es la descentralización?

En palabras de Martín Tirado[1], la descentralización supone la transferencia de funciones de una organización a otra. Esto significa que la descentralización existe en la medida que hay dos organizaciones o entidades independientes, en las cuales una traspasa sus funciones a la otra.

Al respecto, Alva señala que la descentralización “constituye un concepto que engloba
distintos elementos como proyectos, expectativas, determinados anhelos, al igual que incorpora ciertos descontentos y, en muchos casos, saltaban a la luz reclamos respecto a
temas que no fueron resueltos (reclamos, por parte de las poblaciones que se ubican en una posición de desventaja, comparado con un centro de tipo totalizador)”[2]

2. ¿Qué es la desconcentración?

Para Alva, la desconcentración constituye una forma jurídico-administrativa por la cual la administración centralizada con organismos o dependencias propias cumple con prestar servicios o desarrollar acciones en distintas zonas de un determinado territorio (distrito, provincia, región, departamento o país).

Para dicho autor, la desconcentración persigue así un doble objeto. Por una parte, permite acercar la prestación de servicios en el lugar o domicilio del usuario, con economía para este y, a la vez, pretende descongestionar al poder de tipo central.

En ese sentido, la desconcentración supone la transferencia entre órganos de una misma organización u entidad.

De acuerdo con lo señalado por Martin Tirado, a veces se ha empleado la expresión delegación para designar lo que técnicamente es una verdadera y propia desconcentración. Sin embargo, ambos institutos presentan marcadas diferencias, como las siguientes:

  1. En la desconcentración opera una transferencia de titularidad (un órgano pierde la competencia a favor de otro colocado en un nivel inferior). En cambio, la delegación constituye una mera transferencia de ejercicio, conservando el delegante su competencia.
  2. En la delegación es el titular de la competencia el que decide y lleva a cabo la transferencia correspondiente. En la des­concentración es un tercero (el Congreso o el Poder Ejecutivo), el que a través de una norma jurídica, acuerda y ejecuta la transferencia de competencias.

3. ¿Qué dice la normativa peruana?

Ley de Bases de la Descentralización – Ley 27783

Artículo 2.- Contenido

La presente Ley establece la finalidad, principios, objetivos y criterios generales del proceso de descentralización; regula la conformación de las regiones y municipalidades; fija las competencias de los tres niveles de gobierno y determina los bienes y recursos de los gobiernos regionales y locales; y, regula las relaciones de gobierno en sus distintos niveles.

Ley Marco de Descentralización – Ley 26922 (norma derogada)

Artículo 2.- De las definiciones

Para efectos del proceso de descentralización y la aplicación de la presente Ley, entiéndase por:

a) Descentralización: La transferencia de facultades y competencias del Gobierno Central y de los recursos del Estado a las instancias descentralizadas.

b) Desconcentración: La distribución de las competencias y funciones de las Entidades Públicas hacia los órganos bajo su dependencia.

4. La diferencia

En la desconcentración la administración centralizada con organismos o dependencias propias cumple con prestar servicios o desarrollar acciones en distintas zonas de un determinado territorio. La desconcentración supone la transferencia de funciones entre órganos de una misma organización u entidad.

A diferencia de esta, la descentralización supone la transferencia de funciones de una organización a otra. Esto significa que la descentralización existe en la medida que hay dos organizaciones o entidades independientes, en las cuales una traspasa sus funciones a la otra.

5. Bibliografía

ALVA, Mario. “La Desconcentración y la Descentralización: ¿Cómo se aplican dichos criterios en la creación de los SAT al interior de las municipalidades?”. En: Gestión Público. Modernización de la Gestión del Estado, Abril 2008, p. 19-21

MARTIN TIRADO, Richard. Descentralización y desconcentración administrativa: Análisis del proceso de selección de los directores regionales sectoriales en el marco de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y su norma modificatoria. Derecho & Sociedad, 2003, no 20, p. 143-159.

Ley de Bases de la Descentralización – Ley 27783

Ley Marco de Descentralización – Ley 26922 (norma derogada)


[1] MARTIN TIRADO, Richard. Descentralización y desconcentración administrativa: Análisis del proceso de selección de los directores regionales sectoriales en el marco de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y su norma modificatoria. Derecho & Sociedad, 2003, no 20, p. 150

[2] ALVA, Mario. “La Desconcentración y la Descentralización: ¿Cómo se aplican dichos criterios en la creación de los SAT al interior de las municipalidades?”. En: Gestión Público. Modernización de la Gestión del Estado, Abril 2008, p. 19-21

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