Fundamento destacado: 751. La persecución es uno de los más atroces de todos los crímenes de lesa humanidad. nutre sus raíces en la negación del principio de igualdad de los seres humanos. La persecución se basa en la discriminación. Se basa en la noción de que las personas que comparten etnia, los lazos raciales o religiosos diferentes a los de un grupo dominante deben ser tratados como inferior a este último. En el delito de persecución, esta intencionalidad discriminatoria se logra de manera agresiva pisoteando grave y sistemáticamente los derechos humanos fundamentales del grupo víctima. La persecución está a sólo un paso del genocidio: el el más abominable crimen de lesa humanidad, ya que en el genocidio la intención persecutoria se lleva a sus límites más extremos mediante la búsqueda de la aniquilación física del grupo o de miembros del grupo. En el delito de genocidio la intención delictiva es destruir el grupo o sus miembros; en el delito de persecución, la intención delictiva es, en cambio, discriminar por la fuerza a un grupo o miembros del mismo mediante la violación grave y sistemática de sus derechos humanos fundamentales. En el presente caso, según la Fiscalía – y este es un punto en el que la Sala de Primera Instancia está de acuerdo: el asesinato de civiles musulmanes fue dirigido principalmente a expulsar al grupo de la aldea, no a destruir al grupo musulmán como tal. Se trata pues de un caso de persecución, no de genocidio.
NACIONES UNIDAS
Fiscal vs. Kupreškić y otros
[…]
I. INTRODUCCIÓN
A. El Tribunal Internacional
1. El Tribunal Internacional se rige por su Estatuto, aprobado por el Consejo de Seguridad Consejo de las Naciones Unidas el 25 de mayo de 1993, en adelante «Estatuto», [1] y por el Reglamento de Procedimiento y Prueba del Tribunal Internacional, en adelante «Reglas», adoptadas por los Magistrados del Tribunal Internacional , en adelante «Reglas», adoptadas por los Magistrados del Tribunal Internacional el 11 de febrero de 1994, en su forma enmendada [2] .Estatuto, el Tribunal Internacional tiene la facultad de enjuiciar a las personas responsables de violaciones graves del derecho internacional humanitario cometidas en el territorio de la ex Yugoslavia desde 1991.3 Los artículos 2 a 5 del Estatuto confieren además al Tribunal Internacional jurisdicción sobre violaciones graves de los Convenios de Ginebra del 12 de agosto de 1949 (artículo 2); violaciones de las leyes o usos de la guerra (artículo 3); genocidio (artículo 4); y crímenes de lesa humanidad (artículo 5).
[Continúa…]
![Aunque el área usurpada ya ha sido restituida a su titular mediante la ejecución de una medida de ministración provisional de la posesión, ello no exime de ordenar expresamente la restitución definitiva del bien, pues la medida cautelar es solo un adelanto de protección y no una decisión final [Casación 774-2022, La Libertad, f. j 13]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/JUEZ-BALANZA-MAZO-CUADERNO-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Declaración y reconocimiento fotográfico practicados a un colaborador eficaz, sin participación del abogado defensor del delatado, son válidos [Casación 597-2022, Lambayeque]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/11/reconocimiento-fotografico-invalido-LPDERECHO-218x150.jpg)
![La empresa aseguradora (incorporada como tercero civil) está obligada a pagar la reparación civil, pero no el total, sino solo hasta el monto de la cobertura de su contrato de seguro [Casacion 2424-2022, Cusco]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/JUEZ-MAZO-ESPOSAS-MESA-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Aunque la declaración de la víctima en cámara Gesell no se haya tramitado como prueba anticipada, puede ser valorada por el juzgador, pues intervinieron el fiscal, el perito psicólogo, la defensa y la madre de la menor [Casación 621-2022, Madre de Dios, f. j. 4]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-LIBROS-BIBLIOTECA-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)










![Indecopi: Inmobiliaria debe probar que el porcentaje pactado como penalidad correspondió al efectivo perjuicio por la frustración de la venta (cláusula penal abusiva) [Cas. 15070-2018, Ica]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/MAZO-DERECHO-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)

![¿Los beneficios del convenio colectivo alcanzan también a servidores no sindicalizados? [Informe Técnico 001992-2025-Servir-GPGSC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/trabajador-confianza-companero-companerismo-ambiente-laboral-sindicato-LPDerecho-218x150.jpg)
![No toda reducción del sueldo básico implica una disminución de la remuneración total [Casación 16410-2023, Tacna]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/11/exfuncionario-recursos-humanos-sueldo-LPDERECHO-218x150.jpg)
![A los trabajadores que realizan labor intermitente, como los choferes del servicio de transporte interprovincial, no les corresponde el pago de horas extras (conforme al art. 5 del DS 007-2002-TR), aun cuando realicen labores intermitentes que excedan las 12 horas diarias [Casación 46532-2025, La Libertad]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/06/mujer-trabajadora-computadora-trabajo-remoto-teletrabajo-asistente-LPDerecho-218x150.png)
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![Fundamento de voto: No se puede equiparar la finalidad política que tiene un partido político (participación electoral) con un propósito delictivo como promover, organizar, constituir o integrar una organización con fines ilícitos (caso cócteles) [Exp. 02109-2024-PHC/TC, ff. jj. 25-26]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/FUDAMENTO-VOTO-POLITICA-ELECTORAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
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