Estoy desempleado, ¿puedo jubilarme?

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La Ley 30939 establece el régimen especial de jubilación anticipada en el sistema privado de pensiones (REJA).

Este régimen permite adelantar la jubilación a quienes tengan un mínimo de 55 años de edad en el caso de los varones y 50 años cumplidos en el caso de las mujeres, en situación de desempleo por doce meses anteriores a la presentación de la solicitud.

1. ¿Qué requisitos debo cumplir?

El afiliado deberá contar con las siguientes condiciones para acceder a este régimen especial:

a) Al momento de solicitar el beneficio el afiliado debe contar con la edad mínima de 50 años en caso de mujeres o 55 años cumplidos en el caso de hombres. 

b) Debe encontrarse en situación de desempleo durante doce meses consecutivos o más, acreditando su fecha de cese con documento de fecha cierta.

2. ¿Y si emito recibos por honorarios?

Si durante el periodo antes mencionado, el afiliado hubiese percibido ingresos de cuarta categoría señalados en el artículo 33 de la Ley del Impuesto a la Renta el valor total de dichos ingresos debe ser menor o igual al valor equivalente a siete unidades impositivas tributarias (UIT). 

En este caso el afiliado debe presentar el reporte tributario de rentas de cuarta categoría expedido por Sunat.

Este documento no debe tener una antigüedad mayor a 30 a días calendarios contados a partir de la fecha de su emisión.

3. ¿Cómo se calcula la pensión?

Al momento de calcular la pensión, esta debe ser igual o superior al 40% del promedio de las remuneraciones percibidas y rentas declaradas durante los últimos ciento veinte meses, debidamente actualizadas deduciendo las gratificaciones.

Para el cálculo de la pensión antes señalada, no se consideran los aportes voluntarios con fin previsional o sin fin previsional que excedan el 20% de la cuenta individual de capitalización (CIC) de aportes obligatorios con una permanencia menor a nueve meses en la CIC.

4. ¿Cómo se paga la pensión?

Cuando se verifique que el afiliado cumple con los requisitos, y conforme establece la ley, el solicitante recibirá su pensión bajo la modalidad de retiro programado.

5. ¿Pertenezco a la ONP tengo derecho a la jubilación anticipada?

La pensión de jubilación adelantada es una alternativa que puedes elegir como asegurado en el sistema nacional de pensiones ​(Decreto Ley 19990), a través de la cual se te otorga una pensión de jubilación antes de los 65 años de edad que exige la ley.

Es necesario ​precisar que la cantidad de aportes que se debe acreditar ante la ONP será mayor a los 20 años.

6. ¿Qué requisitos exige la ONP para la jubilación anticipada?

Pueden acceder a este beneficio aquellos afiliados que cumplan las siguientes condiciones:

a. Al momento de solicitar el beneficio el afiliado debe contar con la edad mínima de 50 años en caso de mujeres o 55 años cumplidos en el caso de hombres. 

b. Contar con más de 20 años de aportes.

Es obligación de la AFP y ONP informar a sus afiliados sobre las condiciones de este régimen.

Este tema fue materia del programa El ABC de las pensiones, míralo aquí.

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