El presente compendio de reglamentos, directivas y lineamientos de carácter registral correspondiente al período de los años 2000 al 2022, pone a disposición de la ciudadanía, de los colaboradores de la Sunarp y de la sociedad n general, todas las disposiciones normativas formuladas por la Sunarp en materia registral, presentadas con criterios de clasificación y de sistematización, lo cual hace de esta publicación, una herramienta útil y valiosa para los colaboradores internos del sistema registral, para la generación de los servicios registrales, así como también para el seguimiento y evaluación de los mismos, lo cual sin duda redunda en la mejora continua y en la innovación de nuestros servicios en beneficio de la ciudadanía y de la sociedad en general.
De la misma manera, este compendio contribuirá en conjunto con otras políticas, programas y acciones en brindar información eficiente a los usuarios, ciudadanía y sociedad sobre el marco institucional formal que regula el acceso a nuestros servicios, por lo que su publicación constituye una herramienta útil para verificar la certeza y predictibilidad de los servicios registrales, sin dejar de mencionar su incidencia en el desarrollo de la cultura registral.
Precisamente en este esfuerzo de mejora continua, esta publicación actualiza la primera publicación editada en el año 2016, momento desde el cual se han producido muchos cambios normativos de carácter registral, varios de ellos en el marco del esfuerzo de la mejora continua, pero también muchos como respuesta a la necesidad de alinear a la Sunarp con las políticas generales del gobierno en materia de la modernización de la gestión pública y del gobierno digital, sin obviar la crisis abierta por la pandemia del Covid-19, que generó una coyuntura crítica, ante la cual el sistema registral fue capaz de generar en poco tiempo respuestas institucionales de innovación y cambio, reproducidas en un avance notable en la digitalización de los servicios registrales.
Este compendio documenta las recientes respuestas institucionales, las cuales por demás fueron realizadas en el marco de la calidad regulatoria exigida en el Estado y que se han materializado en el Servicio de Intermediación Digital para los servicios de inscripción registral y en el Servicio de Publicidad Registral en Línea para los servicios de publicidad registral, sin olvidar, por supuesto, el esfuerzo de seguimiento y evaluación de la calidad de los servicios brindados por la primera y la segunda instancia registral, así como el refuerzo de la seguridad jurídica registral brindada por la Sunarp para la ciudadanía y sociedad, a través de la regulación de los mecanismos preventivos del fraude registral y, en otras respuestas no menos importantes contenidas en la presente publicación.
Mención especial merece el establecimiento de una estructura para la estandarización, homogenización, ordenada y consistente a nivel nacional en la gestión de la información gráfica registral y en la puesta a disposición del público usuario del servicio de visualización de predios inscritos de la Base Gráfica Registral, a través del Servicio de Publicidad Registral en Línea (SPRL).
Todo este marco institucional formal como línea de base, abre una venta de oportunidad para la continuidad de los cambios dirigidos a nuevas innovaciones y mejoras continuas, dirigidas todas a avanzar hacia mejores posiciones de competitividad institucional en las dimensiones nacional e internacional, en un escenario actual de crisis global, dentro de lo cual podemos contribuir para la reactivación económica y de una mayor justicia social para los sectores más vulnerables de la sociedad peruana.
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![Cuando la calumnia se configura como delito continuado, el plazo de prescripción se computa desde el último acto delictivo [Apelación 288-2024, Cusco]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-LIBRO-JUEZ-LEY-LPDERECHO-218x150.jpg)
![No se vulnera el derecho de defensa si la acusación contiene una calificación alternativa de un mismo delito en forma «dolosa» y «culposa» (Ministerio Público efectuó imputación principal por el delito de homicidio simple por dolo eventual y, como pretensión subsidiaria, por el delito de homicidio culposo contra el médico que inyectó aceite de silicona líquida en los glúteos de la agraviada, conociendo los efectos nocivos de esta sustancia) [Casación 82-2012, Moquegua, f. j. 6] Homicidio - cuchillo - LPDerecho](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2022/04/Homicidio-cuchillo-LPDerecho-218x150.jpg)
![La acusación fiscal debe ser motivada e íntegra, pues exige una fundamentación suficiente, lógica e integral de la pretensión fiscal; además, debe satisfacer un estándar mínimo de suficiencia que permita a la defensa preparar su teoría del caso en juicio (doctrina jurisprudencial) (caso César Acuña) [Casación 760-2016, La Libertad, f. j. 16]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/11/Instituto-Medico-Legal-Ministerio-Publico-Fiscalia-LP-Derecho-218x150.jpg)
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![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)






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