La Dirección de Publicaciones y Documentación del Centro de Estudios Constitucionales del Tribunal Constitucionl ha publicado la serie: cuadernos de jurisprudencia (nueva época). Derecho a la educación.
Al final del post les dejamos el link del cuadernillo para su descarga.
Presentación
El derecho a la educación es uno de los más relevantes dentro del Estado Constitucional, pues permite que toda persona adquiera conocimientos para lograr su pleno desarrollo y materialice su proyecto de vida, a la par de contribuir con la sociedad. Su importancia es tal que está regulado en varios de los principales instrumentos internacionales como la Declaración Universal de los Derechos Humanos, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, la Convención Americana sobre Derechos Humanos y su protocolo adicional, conocido como “Protocolo de San Salvador”, los que coinciden en que la educación deberá orientarse hacia el pleno desarrollo de la personalidad humana y del sentido de su dignidad, y deberá fortalecer la amistad, la comprensión, la tolerancia, el respeto por los derechos humanos, las libertades fundamentales, la justicia y la paz entre todas las naciones.
A nivel interno, además de estos dispositivos internacionales, que son parte de nuestro ordenamiento jurídico en virtud de lo previsto en el artículo 55 de la Constitución, los artículos 13 al 19 de nuestra Norma Fundamental regulan, en relación con el derecho a la educación, su finalidad, dirigida al desarrollo integral de la persona; la libertad de enseñanza; el deber de los padres de educar a los hijos y el derecho que tienen de escoger los centros de educación y de participar en su proceso educativo; el reconocimiento de la educación como promotora del conocimiento, el aprendizaje, la ciencia, la técnica, las artes, la educación física y el deporte; el deber del Estado de promover el desarrollo científico y tecnológico del país; la formación ética y cívica y la enseñanza de la Constitución y de los derechos humanos como obligatorios en todo proceso educativo; el profesorado como carrera pública; la descentralización del sistema educativo; la obligatoriedad de la educación inicial, primaria y secundaria; la importancia de la educación universitaria; entre otros aspectos.
Como veremos en el presente cuaderno, el Tribunal Constitucional peruano, en su calidad de supremo intérprete de la Constitución y garante de la vigencia efectiva de los derechos fundamentales en nuestro país, ha abordado este derecho a lo largo de su vasta jurisprudencia. En este número se detallan algunas de las sentencias más relevantes que se han ocupado del mismo, emitidas hasta diciembre del año 2021, y se citan asimismo algunos de sus fundamentos jurídicos más resaltantes. Es muestra, entonces, del desarrollo paulatino que hasta esa fecha ha tenido el derecho a la educación; desarrollo que se encuentra en constante evolución, pues se desenvuelve al compás de las causas constitucionales que progresivamente se elevan al Tribunal Constitucional para su resolución, el que, en el marco de sus competencias, puede establecer nuevos criterios.
En cuanto a la estructura de este cuaderno, que ha sido elaborado por la Dirección de Estudios e Investigación, en coordinación con la Dirección de Publicaciones y Documentación del Centro de Estudios Constitucionales, se han considerado cuatro apartados. El primero abarca los aspectos generales de este derecho. Esto es, su definición e importancia, su protección constitucional e internacional, sus manifestaciones, su carácter binario, su contenido esencial, sus características esenciales y sus fines constitucionales.
La segunda sección se ocupa del derecho a la educación en relación con grupos en situación de vulnerabilidad, como niños/as y adolescentes, mujeres y personas con discapacidad. Asimismo, en esta sección se incluyen las sentencias que desarrollan los desafíos pendientes en materia de educación, que aparecen en las sentencias que han declarado un estado de cosas inconstitucional.
El tercer apartado está dedicado a las sentencias sobre el ejercicio del derecho a la educación, sus límites y su conexidad con otros derechos fundamentales, como el derecho al libre desarrollo de la personalidad, a la debida motivación, a la libertad de expresión, entre otros. Finalmente, el cuarto apartado aborda las sentencias que hasta el momento se han pronunciado sobre el derecho a la educación universitaria, por lo que en este punto se podrán encontrar algunos fallos que se pronuncian sobre la definición del derecho a la educación universitaria, la regulación constitucional de la universidad, la gratuidad de la educación universitaria pública, entre otros tópicos.
El Centro de Estudios Constitucionales confía en que el presente Cuaderno de Jurisprudencia n.° 11: “Derecho a la educación”, coadyuve en la labor de investigadores, de los operadores del Derecho y del público en general, en el mejor conocimiento de la tutela constitucional que se brinda a este derecho.
Lima, noviembre de 2022
Helder Domínguez Haro
Magistrado y Director General del
Centro de Estudios Constitucionales del Tribunal Constitucional
![La calificación jurídica formulada en la acusación tiene carácter postulatorio o provisional, lo que permite su adecuación a través de la imputación alternativa, subsidiaria o la desvinculación procesal, mecanismo que faculta al juez a realizar una realineación de la calificación jurídica conforme a los hechos probados en el plenario [Casación 863-2022, Arequipa, f. j. 10]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/MAZO-TRIBUNAL-LPDERECHO-218x150.jpg)

![El título de intervención delictiva forma parte fundamental en la construcción del principio de imputación necesaria y resulta trascendente para la evaluación de la tipicidad, tanto objetiva como subjetiva, pues de dicha atribución depende la definición del objeto del proceso y el debate [Casación 2179-2023, Moquegua, f. j. 2]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/banner-audiencia-judicial-LPDerecho-218x150.jpg)

![El control de la acusación se estructura en dos niveles: un control formal, previo al análisis de mérito, orientado a verificar el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 349.1 del NCPP; y un control sustancial, referido al análisis de fondo para determinar la viabilidad de la acusación respecto de los cargos objeto de investigación: elemento fáctico, elemento jurídico, elemento personal, presupuestos procesales vinculados a la vigencia de la acción penal y elementos de convicción suficientes (artículo 344.1 del NCPP) [Acuerdo Plenario 6-2009/CJ-116, f. j. 15]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/palacio-de-justicia-fachada-pj-LPDerecho-218x150.jpg)
![Multan al BCP por incumplir con el beneficio «cashback» ofrecido a usuario de tarjeta de crédito [Res. Final 0014-2026/Indecopi-AQP]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/08/Indecopi-inicio-investigacion-preliminar-al-BCP-ante-reclamos-reportados-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)






![[VÍDEO] Aplica el «ne bis in idem» en San Valentin: nadie puede ser celado dos veces por el mismo hecho](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/02/aplica-principio-ne-bis-in-idem-san-valentin-LPDERECHO-218x150.png)




![¿Cuál es la primera oportunidad que tiene el trabajador para rechazar la indemnización por despido arbitrario? [Cas. Lab. 41369-2022, La Libertad]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/despido-vacaciones-desacanso-horas-libres-feriado-trabajador-formal-LPDerecho-218x150.jpg)
![Para la configuración de una infracción insubsanable, el inspector debe demostrar que el incumplimiento ha generado un efecto irreversible [Resolución 0282-2026-SUNAFIL/TFL-Primera Sala]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/sunafil-fachada-LPDerecho-218x150.jpg)

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![Nuevo Código Procesal Constitucional (Ley 31307) [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/BANNER-CONSTI-REGLAMENTOS-3-218x150.jpg)
![Reglamento Normativo del Tribunal Constitucional [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/BANNER-CONSTI-REGLAMENTOS-218x150.jpg)
![Ley de Delitos Informáticos (Ley 30096) [actualizada]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/08/ley-de-delitos-informaticos-ley-30096-actualizada-LPDERECHO-218x150.jpg)













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![Multan a Scotiabank por vender vehículo de clienta mientras negociaba el refinanciamiento [Resolución 0607-2026/SPC-Indecopi]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/07/Indecopi-Scotiabank-LP-100x70.png)

![Autorizan graduación anticipada de 5655 policías por razones de interés nacional [Decreto Supremo 002-2026-IN]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/policia-nacional-peru-pnp-LPDerecho-100x70.jpg)

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![Corte IDH: La protección de la naturaleza, sujeto colectivo de interés público, propicia la construcción de un sistema normativo global orientado al desarrollo sostenible coherente con los principios «pro natura» y «pro persona» [OC-32/25, ff. jj. 281-282]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/09/PROTECCION-NATURALEZA-LPDERECHO-324x160.jpg)