Declaran finalizada la suspensión de operaciones aéreas desde y hacia los destinos considerados en el Nivel de Alerta Extremo, y modifican la Resolución Ministerial N° 043-2021-MTC/01
RESOLUCIÓN MINISTERIAL 112-2021-MTC/01
Lima, 13 de febrero de 2021
CONSIDERANDO:
Que, en el marco de lo dispuesto por el Decreto Supremo N° 184-2020-PCM, modificado por los Decretos Supremos N° 201-2020-PCM y N° 008-2021-PCM, se expidió la Resolución Ministerial N° 043-2021-MTC/01, que suspende las operaciones aéreas desde y hacia los destinos considerados en el Nivel de Alerta Extremo, detallados en el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 002-2021-PCM, modificado por el Decreto Supremo Nº 008-2021-PCM, a partir del 31 de enero hasta el 14 de febrero de 2021;
Que, con Resolución Ministerial N° 092-2021-MTC/01, se modificó la Resolución Ministerial N° 043-2021-MTC/01, a efectos de adecuar lo dispuesto en sus artículos 2 y 3 a lo regulado en el Decreto Supremo N° 017-2021-PCM, Decreto Supremo que incorpora el departamento de Loreto al Nivel de Alerta Muy Alto y algunas provincias de los departamentos de Puno y Loreto al Nivel de Alerta Extremo del nivel de alerta por departamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2021-PCM y modificatoria;
Que, por Decreto Supremo N° 023-2021-PCM, Decreto Supremo que aprueba el Nivel de Alerta por Provincia y Departamento y modifica el Decreto Supremo N° 184-2020-PCM, se deroga entre otras dispositivos el Decreto Supremo N° 017-2021-PCM y, entre otras modificaciones, se incorpora el artículo 14 al Decreto Supremo N° 184-2020-PCM que contiene las restricciones focalizadas, en la cual se establece que en los departamentos con Nivel de Alerta Extremo se encuentra permitido el transporte aéreo, conforma a lo regulado por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, por lo que es necesario adecuar la Resolución Ministerial N° 043-2021-MTC/01, según las disposiciones contenidas en dicho decreto supremo;
De conformidad con la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; y el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Resolución Ministerial N° 0785-2020-MTC/01;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Declarar finalizada la suspensión de operaciones aéreas desde y hacia los destinos considerados en el Nivel de Alerta Extremo, dispuesta por el artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 043-2021-MTC/01 y modificatoria.
Artículo 2.- Modificar el artículo 3 de la Resolución Ministerial N° 043-2021-MTC/01, modificado por el artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 092-2021-MTC/01, según el detalle siguiente:
“Artículo 3.- Los pasajeros de los servicios de transporte aéreo nacional en cualquiera de sus modalidades, que partan de alguna provincia declarada en el Nivel de Alerta Extremo, deben contar con una prueba molecular o antígena con resultado negativo, como máximo con setenta y dos (72) horas de obtenido el resultado, para abordar sus respectivos vuelos”.
Artículo 3.- Derogar el artículo 2 de la Resolución Ministerial N° 043-2021-MTC/01 y la Resolución Ministerial N° 092-2021-MTC/01.
Artículo 4.- Los demás términos y condiciones de la Resolución Ministerial N° 043-2021-MTC/01 permanecen inalterables y vigentes.
Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (www.gob.pe/mtc), el mismo día de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese
EDUARDO GONZÁLEZ CHÁVEZ
Ministro de Transportes y Comunicaciones
Descargue en PDF la resolución ministerial 112-2021-MTC/01
![Que policía haya demorado menos de 20 minutos en llevar al hospital a una víctima con herida superficial (rozamiento de bala en área no vital como el pómulo), no constituye retardo en la prestación de auxilio, porque en modo alguno pudo poner en peligro la integridad física o la vida del agraviado, aun cuando al pasar por la comisaría se detuvo a informar a sus colegas lo sucedido antes de llegar al nosocomio (la tutela penal solo interviene en casos de ataques muy graves a los bienes jurídicos más importantes) [RN 2411-2017, Lima, ff. jj. 7-9]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/palacio-justicia-2-LPDerecho-218x150.jpg)

![TC declara nula condena contra Daniel Urresti y ordena su libertad [Expediente 02939-2025-PHC/TC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/04/Daniel-Urresti-LPDerecho-218x150.png)
![Devuelven acusación porque fiscal no distinguió en su requerimiento la imputación, del relato de averiguación, y de la fundamentación de la imputación [Exp. 00173-2020-7-1826-JR-PE-01]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/JUEZ-ABOGADO-MAZO-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Delitos imputados a Daniel Urresti, cometidos antes de la vigencia en el Perú del Estatuto de Roma, no pueden ser calificados como delitos de lesa humanidad [Expediente 02939-2025-PHC/TC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/06/urresti-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)




![[VÍDEO] Aplica el «ne bis in idem» en San Valentin: nadie puede ser celado dos veces por el mismo hecho](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/02/aplica-principio-ne-bis-in-idem-san-valentin-LPDERECHO-218x150.png)












![Constitución Política del Perú [actualizada 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/08/CONSTITUCION-RELEVANTE-Y-ACTUAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Nuevo Código Procesal Constitucional (Ley 31307) [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/BANNER-CONSTI-REGLAMENTOS-3-218x150.jpg)
![Nueva conformación de magistrados de la Corte Suprema Salas Constitucional y Social Salas Civiles [RA 000042-2026-P-PJ]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/placio-de-justicia-pj-poder-judicial-2-LPDerecho-218x150.jpg)
![Multan a Pacífico Seguros y a empresa de peritaje por calcular indemnización con un valor menor al real de los bienes asegurados [Resolución 3228-2025/SPC-Indecopi]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/fachada-indecopi-10-anos-LPDerecho-218x150.jpg)
![Multan a Integratel Perú con más de 20 UIT por no entregar audios en investigación por llamadas spam [Resolución Final 004-2026/CC3]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/Indecopi-Spam-llamada-LPDerecho-218x150.jpg)
![Reglamento Interno de la Comisión de Gracias Presidenciales [RM 062-2026-JUS]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/ministerio-de-justicia-y-derechos-humanos-minjus-minjusdh-4-LPDerecho-218x150.jpg)
![Reglamento Normativo del Tribunal Constitucional [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/BANNER-CONSTI-REGLAMENTOS-218x150.jpg)
![Ley de Delitos Informáticos (Ley 30096) [actualizada]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/08/ley-de-delitos-informaticos-ley-30096-actualizada-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Código Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)









![[VÍDEO] ¿Quieres postular a la Fiscalía? Estas son las preguntas que hacen en las entrevistas](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/10/postular-fiscalia-preguntas-entrevista-LP-218x150.jpg)




![Código Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-100x70.jpg)


![Nueva conformación de magistrados de la Corte Suprema Salas Constitucional y Social Salas Civiles [RA 000042-2026-P-PJ]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/placio-de-justicia-pj-poder-judicial-2-LPDerecho-324x160.jpg)
![Que policía haya demorado menos de 20 minutos en llevar al hospital a una víctima con herida superficial (rozamiento de bala en área no vital como el pómulo), no constituye retardo en la prestación de auxilio, porque en modo alguno pudo poner en peligro la integridad física o la vida del agraviado, aun cuando al pasar por la comisaría se detuvo a informar a sus colegas lo sucedido antes de llegar al nosocomio (la tutela penal solo interviene en casos de ataques muy graves a los bienes jurídicos más importantes) [RN 2411-2017, Lima, ff. jj. 7-9]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/palacio-justicia-2-LPDerecho-100x70.jpg)



![Nueva conformación de magistrados de la Corte Suprema Salas Constitucional y Social Salas Civiles [RA 000042-2026-P-PJ]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/placio-de-justicia-pj-poder-judicial-2-LPDerecho-100x70.jpg)
![Nuevas reglas para la prevención, vigilancia y control de covid-19 en los centros de trabajo [RM 022-2024, Minsa]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2022/03/laboral-trabajador-enfermedad-grupo-riesgo-enfermedad-covid-LPDerecho-324x160.png)