Fundamentos destacados: 67. En suma, el suministro continuo, permanente e ininterrumpido de agua es la regla general, incluso en los establecimientos carcelarios. No obstante, la jurisprudencia constitucional ha reconocido que las barreras estructurales que dieron lugar a la declaratoria del ECI en el sistema carcelario «han generado dificultades para la satisfacción continua y regular del servicio público, ante lo cual se ha considerado que, mientras se supera esta situación, es indispensable asegurar unos niveles esenciales de fluido potable en aras de evitar ausencias en su provisión que sacrifiquen el goce de requerimientos primarios»[59] (énfasis añadido). En este sentido, ha señalado que, en eventos excepcionales, los establecimientos pueden verse en la necesidad de suspender el suministro de agua durante algunos periodos cortos de tiempo.
68. Estas interrupciones no son, per se, contrarias a la Constitución. La Corte Constitucional ha precisado que estas interrupciones serán válidas si cumplen los siguientes requisitos: (i) están estrictamente justificadas en eventos de fuerza mayor o imposibilidad probada[60], lo que excluye razones económicas, arbitrariedad y razones discriminatorias[61]; (ii) no pueden tener fines pedagógicos, disciplinarios o sancionatorios en los centros de reclusión, ni buscar promover el buen comportamiento[62]; (iii) su duración deber ser restringida, por lo que no es posible prolongar la suspensión por períodos irrazonables que supongan «tiempos de espera prohibitivos» o causen una afectación desproporcionada a la satisfacción de las necesidades de consumo, aseo, higiene y salubridad[63]; (iv) los establecimientos carcelarios deben dar alternativas para revertir el déficit en la prestación del servicio de agua de manera razonable y pronta, como el uso de recipientes apropiados de almacenamiento o el abastecimiento con el apoyo de vehículos de bomberos[64]; y (v) las interrupciones en el suministro no deben obstaculizar, en ninguna circunstancia, el acceso de las PPL a la cantidad mínima de litros resaltada en la jurisprudencia de esta Corte[65].
TEMAS-SUBTEMAS
Sentencia T-548/23
DERECHOS FUNDAMENTALES DE PERSONAS PRIVADAS DE LA LIBERTAD-Suministro de agua potable en condiciones de disponibilidad, calidad y accesibilidad es una obligación estatal de imperativo cumplimiento
(La autoridad accionada) vulneró los derechos fundamentales alegados por el (accionante) y afectó con ello la garantía de detención en condiciones dignas por no suministrar agua a la celda en la cual se encuentra recluido.
ACCION DE TUTELA PARA GARANTIZAR LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS PÚBLICOS ESENCIALES A PERSONAS PRIVADAS DE LA LIBERTAD-Procedencia
PRINCIPIO DE OFICIOSIDAD DE LA ACCION DE TUTELA-Alcance
DERECHO A LA TUTELA JUDICIAL EFECTIVA-Contenido y alcance
DIGNIDAD HUMANA-Triple naturaleza constitucional, valor, principio y derecho fundamental
TRATO DIGNO PARA POBLACION CARCELARIA-Dignidad humana como fundamento constitucional
ESTADO DE COSAS INCONSTITUCIONAL EN EL SISTEMA PENITENCIARIO Y CARCELARIO-Jurisprudencia constitucional
RELACIONES DE ESPECIAL SUJECIÓN ENTRE LOS INTERNOS Y EL ESTADO-Respeto por la dignidad humana de personas privadas de la libertad
ESTADO DE COSAS INCONSTITUCIONAL DEL SISTEMA CARCELARIO-Situación de vulnerabilidad impone al Estado deberes especiales para con personas privadas de la libertad
SISTEMA PENITENCIARIO Y CARCELARIO-Condiciones mínimas de subsistencia digna
DERECHOS DEL INTERNO Y RELACIONES DE ESPECIAL SUJECIÓN-Estado debe garantizar goce de derechos que no han sido suspendidos
DERECHO FUNDAMENTAL AL AGUA-Protección constitucional/DERECHO FUNDAMENTAL AL AGUA-Protección internacional
DERECHO AL AGUA POTABLE DE PERSONAS PRIVADAS DE LA LIBERTAD-Desarrollo jurisprudencial
SERVICIO PUBLICO DE AGUA EN ESTABLECIMIENTO CARCELARIO-La no prestación de este servicio vulnera la dignidad humana y el derecho a la salud
SUMINISTRO DE AGUA POTABLE PARA PERSONAS PRIVADAS DE LA LIBERTAD EN CONDICIONES DE DISPONIBILIDAD, CALIDAD Y ACCESIBILIDAD-Reglas jurisprudenciales
ACCIÓN DE TUTELA-Presunción de veracidad de los hechos cuando autoridad no rinde informe
CARGA DE LA PRUEBA-Distribución a favor de persona en situación de debilidad o subordinación frente a otra persona o autoridad
[Continúa…]

![Que el policía haya sido suspendido no desaparece su arraigo laboral, en tanto tiene trabajo y su actividad esencial se circunscribe a dicha condición hasta que se determine su situación jurídica [Casación 435-2024, Ica]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/mazo-justicia-juez-jueza-defensa-civil-penal-juicio-LPDerecho-218x150.jpg)

![[VIVO] Clases introductorias de razonamiento probatorio (28 y 29 de octubre)](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/Dayana-Cruz-Ibanez-LPDerecho-218x150.jpg)
![CSN inaplica Ley 32170 (que prescribe delitos de lesa humanidad) y condena a militares por desapariciones forzadas de estudiantes, docentes y trabajadores, al tiempo que absuelve a otros [Exp. 00123-2010-0-5001-JR-PE-01]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-JUEZ-SENTENCIA-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Suprema interpreta artículo 37 del TUO 728: el despido no puede deducirse y la carga de la prueba corresponde al trabajador [Casación 15624-2022, Lima]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/trabajadores-reunion-jefe-gritos-mal-ambiente-laboral-oficina-despido-LPDerecho-218x150.jpg)
![La prueba trasladada no lesiona el derecho de defensa si abogado tuvo la posibilidad de efectuar sus observaciones y realizar un contrainterrogatorio [Exp. 01570-2024-PHC/TC, f. j. 23] Recurso de elevación de actuados](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/05/tribunal-constitucional-fachada-tc-peru-LPDerecho-218x150.png)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)










![La prueba de la propiedad no solo comprende el último título, toda vez que este depende directamente de la validez de los títulos anteriores [Casación 6468-2019, Puno, ff. jj. 7-11]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/MAZO-FIRMA-DOCUMENTO-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Sala otorga tenencia a padre conocido por protestar cantando en frontis de juzgado [Expediente 02892-2021-0-2001-JR-FT-04]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/PADRE-CANTANDO-PROTESTA-DOC-LPDERECHO-218x150.jpg)
![¿Puede un funcionario público patrocinar a particulares en procesos contra la misma entidad donde labora? [Informe Técnico 947-2025-Servir-GPGSC] Servir](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2022/03/Autoridad-Nacional-del-Servicio-Civil-LP-Derecho-218x150.png)
![Suprema fija plazo de 20 días para impugnar laudos económicos que resuelven una negociación colectiva bajo la Ley 31188 [Apelacion 2510-2024, Lima]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-LIBROS-BIBLIOTECA-LPDERECHO-218x150.jpg)
![¿Varias organizaciones sindicales pueden negociar en conjunto si ninguna alcanza el cincuenta por ciento más uno de afiliados? [Informe Técnico 1269-2025-Servir-GPGSC] sindicato licencia sindical](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/10/sindicato-licencia-sindical-LPDerecho-218x150.png)



![Indecopi declara ilegales restricciones de Migraciones que impedían la participación de apoderados en trámites administrativos [Res. 0363-2025/SEL-Indecopi]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/10/FACHADA-MIGRACIONES-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Código Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Decreto Legislativo del Notariado (Decreto Legislativo 1049) [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/DECRETO-LEGISLATIVO-NOTARIO-1049-2025-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Ley General de Contrataciones Públicas [Ley 32069] (actualizada 2025)](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/01/NUEVA-LEY-GENERAL-CONTRATACIONES-PUBLICAS-LPDERECHO-218x150.png)
![Ley Orgánica de Elecciones (Ley 26859) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-de-elecciones-LPDerecho-2025-218x150.jpg)








![[VIDEO] Juez propone que todos los delitos se tramiten en unidades de flagrancia, sin excepción](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/DELITOS-PLANTEA-TABOA-LPDERECHO-218x150.jpg)
![[VIDEO] Hay jueces que rechazan cautelares porque «el caso es complejo», advierte Giovanni Priori en LP](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/JUECES-RECHAZAN-CAUTELARES-GIOVANNI-LPDERECHO-218x150.jpg)





![Sala de Extinción de Dominio ordena transferir más de un millon de soles de cuentas de Vladimir Cerrón al Estado [Exp. 00055-2024-0-5401-JR-ED-ED-01]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/VLADIMIR-CERRON-DOC-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Código Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-100x70.jpg)


![Que el policía haya sido suspendido no desaparece su arraigo laboral, en tanto tiene trabajo y su actividad esencial se circunscribe a dicha condición hasta que se determine su situación jurídica [Casación 435-2024, Ica]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/mazo-justicia-juez-jueza-defensa-civil-penal-juicio-LPDerecho-100x70.jpg)





![La retroactividad benigna de la ley penal no se configura como absoluta [Exp. 03398-2009-PHC/TC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/03/tribunal-constitucional-fachada-exterior-tc-2-LPDerecho-324x160.png)