El tribunal del Indecopi declaró barreras burocráticas ilegales con efectos generales diversas disposiciones de la Municipalidad Metropolitana de Lima (MML) para instalar publicidad exterior, mediante las Resoluciones N° 370-2022/SEL-INDECOPI y N° 393-2022/SEL-INDECOPI.
Exigencias que, además, estaban contenidas en la Ordenanza N° 2348-2021, la cual regula el procedimiento de autorización para elementos de publicidad exterior en la provincia de Lima.
Así, el colegiado administrativo declaró barreras burocráticas ilegales a la exigencia de comunicar la modificación de la leyenda de los elementos de publicidad exterior; y la prohibición de difundir publicidad exterior que exprese o genere determinados mensajes de prácticas o actos discriminatorios.
Asimismo, el cobro del porcentaje de una UIT para cada tipo de elemento de publicidad exterior por derecho de uso de un bien público, y la exigencia de presentar un documento suscrito por el propietario del bien privado en que autorice la colocación de la publicidad exterior, como requisito para obtener el permiso municipal. Por último, el Indecopi también declaró ilegal el requisito de presentar una carta fianza para instalar publicidad exterior en bienes públicos; y la aplicación de un régimen de silencio administrativo negativo para obtener autorización a fin de instalar publicidad exterior en bienes públicos.
DEFENSA
La institución justificó su decisión al advertir que la MML carecía de competencias para supervisar el contenido de los anuncios; y que el cobro impuesto al usuario excedía al costo de la prestación del servicio.
Afirmó además que las medidas vulneraban la ley del procedimiento administrativo, y que tampoco se justificaba la aplicación excepcional del silencio administrativo negativo.
Fuente: El Peruano


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