El Presidente del Consejo del Notariado, Gunther Hernán Gonzales Barrón, denunció ante el Tribunal de Honor del Colegio de Notarios de Lima al decano del Colegio de Notarios de Lima, por supuestamente haber «realizado diferentes acciones que entorpecen el concurso público» y además por haber denotado «su animadversión y parcialidad en contra de un postulante, lo cual debe ser investigado y sancionado en su oportunidad.
A continuación adjuntamos el documento completo donde obra la denuncia.
OFICIO N° 607-2022-JUS/CN
Señor:
Santos Alejandro Collantes Becerra
Presidente del Tribunal de Honor del Colegio de Notarios de Lima
Av. Gregorio Escobedo N.° 343, Jesús María
Correo electrónico: [email protected] / [email protected] Presente
Asunto: Para conocimiento y acciones que correspondan.
Referencia: Comisión de infracciones.
Tengo el agrado de dirigirme a usted, en atención al ejercicio de la facultad de vigilancia del Consejo del Notariado que recae sobre los Colegios de Notarios, respecto del cumplimiento de sus obligaciones, establecidas en el literal a) del artículo 142° del Decreto Legislativo N° 1049[1], Decreto Legislativo del Notariado, en concordancia con lo establecido en el artículo 132° del dispositivo legal referido[2], que señala que el Tribunal de Honor de encargará de conocer y resolver las denuncias y procedimientos disciplinarios en primera instancia. Sobre el particular, cumplimos con hacer de su conocimiento una serie de acciones realizadas por la Junta Directiva y el Decano del Colegio de Notarios de Lima, a efectos que proceda a realizar su análisis y evaluación con la finalidad de advertir responsabilidad funcional:
i. Respecto del acto de calificación de los curriculum vitae de los postulantes, una vez culminada dicha etapa (15 de noviembre de 2022), el Decano del Colegio de Notarios de Lima, quien ostenta el cargo de Secretario del Jurado Calificador, se apersonó de forma subrepticia a las instalaciones del Consejo del Notariado, el día 17 de noviembre de 2022, en horario inusual (18:34 a 20:06 horas) acompañado de una tercera persona, señor Dante Eliseo Arteaga Salinas, con la finalidad de revisar documentos del concurso público (curriculums vitae), lo cual fue realizado sin consultar con el Presidente u otros miembros del Jurado Calificador, lo que constituye una acción gravísima que da cabida a cuestionar la transparencia e idoneidad de todo el concurso, en mérito a la acción parcializada e ilegal de revisar documentos, sin haberse consultado al Jurado Calificador, afectando la imparcialidad, pues según ha manifestado en video, “reviso por causalidad” el Curriculum Vitae del postulante Rodrigo Bazán Seminario.
ii. La acción subrepticia del Decano del Colegio de Notarios de Lima, retrasó la publicación de los resultados, pues hubo la necesidad de convocar a la sesión del 22 de noviembre de 2022, en la cual reconoció haberse apersonado a las instalaciones del Consejo del Notariado.
iii. Los miembros de la Junta Directiva, han evidenciado un total desconocimiento normativo, al inventar una causal de suspensión del Concurso Público de Méritos para el Ingreso a la Función Notarial convocado por el Colegio de Notarios de Lima, pretendiendo desconocer los cargos de Presidente del Consejo del Notariado, Presidente del Jurado Calificador del aludido concurso y representante del Ministro de Justicia y Derechos Humanos, con la finalidad de dilatar su realización, conforme se advierte del Oficio N° 434-2022-CNL/JD de fecha 08 de diciembre de 2022, en la que asumen una causal de “suspensión”, no prevista en norma alguna, que además resulta contradictoria con actitudes en casos anteriores, en la que se reconoció al Presiente del Consejo del Notariado pese al cambio de gobierno o ministro.
iv. Los miembros de la Junta Directiva, asumen una competencia que no le corresponde, al resolver que el Decano del Colegio de Notarios de Lima, no participe en la realización del Concurso Público de Méritos para el Ingreso a la Función Notarial convocado por el Colegio de Notarios de Lima, como si fuese un acto de voluntad, desconociendo que se trata de una obligación legal.
v. El Decano del Colegio de Notarios de Lima, quien ostenta el cargo de Secretario del Jurado Calificador, decide en forma discrecional abstenerse a participar del Concurso Público de Méritos para el Ingreso a la Función Notarial convocado por el Colegio de Notarios de Lima, prescindiendo de la obligación legal que recae en el ejercicio del cargo de miembros del Jurado Calificador.
Es decir, el Decano del Colegio de Notarios de Lima, ha realizado diferentes acciones que entorpecen el concurso público; y, además denotan su animadversión y parcialidad en contra de un postulante, lo cual debe ser investigado y sancionado en su oportunidad.
Sin otro particular, hago propicia la oportunidad para expresarle los sentimientos de mi consideración y estima.
Atentamente,
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