El defensor del pueblo, Josué Gutiérrez, propuso la modificación de la Ley Orgánica de Elecciones con el objetivo de facultar a la Policía Nacional del Perú (PNP) a detener a las personas con requisitoria durante los comicios electorales. La iniciativa plantea que la captura se ejecute únicamente después de que el ciudadano con orden de captura haya ejercido su derecho constitucional al sufragio.
Gutiérrez justificó su propuesta al asegurar que la ley vigente señala que ningún requisitoriado puede ser detenido en el proceso electoral. «La ley existe hoy y dice que ningún elector debe ser detenido en el proceso electoral, ningún requisitoriado. Eso dice la ley hoy día. Por eso es que la policía a un requisitoriado en el momento electoral no le puede detener a nadie», declaró a Exitosa.
Ante este escenario, el titular de la Defensoría del Pueblo precisó que el objetivo de la institución es revertir esta restricción impuesta a los efectivos policiales. «Estamos diciendo que si bien le dejen votar, el señor tiene la condición de requisitoriado y ya no se le debe soltar», afirmó Gutiérrez.
El proyecto normativo fue presentado el 17 de marzo de 2026 tras una revisión integral del marco legal electoral y luego de sostener reuniones técnicas con la comandancia general de la PNP. Gutiérrez enfatizó que la finalidad de la propuesta es otorgar atribuciones claras a las fuerzas del orden para que puedan proceder sin incurrir en abuso de autoridad. En ese sentido, el defensor subrayó: «Nosotros estamos dando mayores instrumentos a la policía para que su lucha contra la criminalidad sea efectiva y cualquiera que sea requisitoriado debe ser detenido».
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En otro momento, el funcionario abordó los cuestionamientos referidos a la presentación de la figura del amicus curiae ante el Tribunal Constitucional en casos vinculados a líderes políticos inmersos en procesos judiciales, como Vladimir Cerrón. Gutiérrez descartó una injerencia institucional en el ámbito electoral partidario y aclaró que las adjuntías de la Defensoría emiten informes técnicos ante posibles vulneraciones de derechos fundamentales, peticiones que también han involucrado a agrupaciones como Acción Popular y a exmandatarios como Martín Vizcarra y Pedro Pablo Kuczynski.
Finalmente, la autoridad institucional recalcó la naturaleza jurídica de estos recursos y su base de protección constitucional, aplicables tanto a comunidades como a personas individuales. Descartó que estas intervenciones representen un patrocinio legal particular, sino que fungen como elementos de ponderación para los magistrados y tribunales. «El amicus no es un alegato de defensa jurídica, es un informe técnico jurídico que involucra todo un análisis, un estudio y parte fundamentalmente de la Constitución, de los tratados internacionales, de los convenios internacionales», concluyó.

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