Fundamento destacado: 3.2 En ese sentido, en cumplimiento estricto de lo resuelto por el tribunal constitucional en la sentencia de fecha 21 de noviembre de 2024 y considerando lo resuelto por el Tercer juzgado Colegiado Nacional mediante resolución número sesenta y cuatro confirmado por el Superior jerárquico mediante auto de vista contenida en la resolución número setenta y seis y a efectos de garantizar el debido proceso y evitar nulidades ulteriores, corresponde declarar Nulo el auto de enjuiciamiento respecto del investigado José Chlimper Ackerman y de oficio se dispone la aplicación de los efectos y hacer extensivo a los demás sujetos procesales y por consiguiente retrotraer la presente causa a etapa intermedia, con la finalidad que el Ministerio Público formule nueva acusación conforme a lo dispuesto por el tribunal constitucional, contra Keiko Sofia Fujimori Higuchi y otros por la presunta comisión del delito de Lavados de activos y otros en agravio del estado, lo cual de manera necesaria acarrea como consecuencia la nulidad del primigenio requerimiento fiscal de acusación y así debe declararse.
CORTE SUPERIOR NACIONAL DE JUSTICIA PENAL ESPECIALIZADA
DÉCIMO JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA NACIONAL
EXPEDIENTE: 00299-2017-322-5001-JR-PE-01
JUEZ: VERASTEGUI GALVEZ, WILSON OMARX
ESPECIALISTA: UTURUNCO QUISPE, RENEE EUGENIO
RESOLUCIÓN NÚMERO DOS
Lima, dos de julio Del año dos mil veinticinco. –
AUTOS Y VISTOS: Al estado del presente proceso y atendiendo, que el Tercer Juzgado Penal Colegiado Nacional remitió el expediente judicial N° 299-2017-304 y expediente judicial N° 299-2017- 305, en el proceso seguido contra Keiko Sofia Fujimori Higuchi y otros por la presunta comisión del delito de Lavados de activos y otros en agravio del estado y; CONSIDERANDO:
I. ANTECEDENTES
1.1 Que, mediante sentencia del tribunal constitucional Exp. 02803-2023- DC/TC de fecha 21 de noviembre de 2024 se resolvió “declarar nula la acusación fiscal de fecha 11 de marzo de 2021 y Nula la resolución número veintiocho de fecha 18 de abril de 2022, en los extremos que comprende a don José Chlimper Ackerman, ordenando la emisión de una nueva acusación fiscal (…)”
Inscríbete aquí Más información
1.2 Al respecto, de la revisión del expediente N° 299-2017-304 se observa que, mediante resolución número sesenta y tres de fecha 13 de enero de 2025 se dispuso
1.- Declarar fundada la pretensión de la defensa de José Chlimper Ackerman, en consecuencia, cúmplase lo dispuesto por el Tribunal Constitucional en la sentencia No 327/2024 emitida el 21 de noviembre del 2024, correspondiente al expediente 02803-2023-HC/TC. 2.- DEJAR SIN EFECTO el auto que cita a juicio oral y los demás actos procesales de este juicio hasta la fecha a favor de JOSE CHLIMPER ACKERMAN como presunto autor del delito de Organización Criminal – Artículo 317° del Código Penal; y artículo 2°, segundo y tercer párrafo del Decreto Legislativo N.º 1244, como presunto autor del delito de Lavado de Activos – Artículo 1° y 2° de la Ley N.º 27765; y artículo 1°, 2° y 4°, numeral 2) y 3), del Decreto Legislativo N.º 1106; como presunto autor material del delito de Falsa Declaración en Procedimiento Administrativo – Artículo 411°, del Código Penal, presunto autor material del delito de Falsedad Genérica – Artículo 438°, del Código Penal en agravio del Estado.
[Continúa…]
![Código Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![No se puede inferir que abogado pertenece a una organización terrorista porque se le encontraron documentos relativos a una medida cautelar dirigida a la CIDH por la detención de los miembros del MOVADEF, pues se trata de actos inequívocos de defensa técnica [Exp. 122-2014-0, f. j. 6.b]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/MAZO-BALANZA3-LPDERECHO-218x150.jpg)


![Anulan procedimiento disciplinario que suspendió al fiscal Rafael Vela Barba en sus funciones por vulnerarse el debido procedimiento [Exp. 06245-2023-0]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/Rafael-Vela-4-LPDerecho-218x150.jpg)
![Confirman prohibición de la eliminación indiscriminada de perros abandonados [Exp. 00291-2018-0]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/06/maltrato-animal-atropello-perrito-perro-momo-LPDerecho-218x150.png)
![El tiempo para una exposición de la defensa debe ser prudencial (no existen tiempos fijos) y se establece en función a la complejidad de la causa y a la carga procesal del órgano jurisdiccional [Queja 1825-2022, Puno]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/MAZO-JUEZ-DOCUMENTO-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)









![[VÍDEO] ¿Es causal de divorcio que mi cónyuge no desee tener intimidad conmigo?](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/10/maxresdefault-1-218x150.jpg)

![¿Empleador puede modificar jornada laboral hasta convertirla en una de tiempo parcial? [Exp. 27773-2014-0-1801-JR-LA-02] entrevista de trabajo](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/11/trabajador-jefe-empresa-entrevista-de-trabajo-contrato-memo-documento-laboral-LPDerecho-218x150.png)





![MP reincorpora a Luis Arce Córdova como fiscal supremo titular [Resolución 3704-2025-MP-FN]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/11/LUIS-ARCE-CORDOVA-FISCALIA-LPDERECHO-218x150.jpg)


![Código de Protección y Defensa del Consumidor (Ley 29571) [actualizado 2025] Codigo proteccion defensa consumidor - LPDercho](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/Codigo-proteccion-defensa-consumidor-LPDercho-218x150.png)
![Decreto Legislativo del Notariado (Decreto Legislativo 1049) [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/DECRETO-LEGISLATIVO-NOTARIO-1049-2025-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Ley General de Contrataciones Públicas [Ley 32069] (actualizada 2025)](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/01/NUEVA-LEY-GENERAL-CONTRATACIONES-PUBLICAS-LPDERECHO-218x150.png)
![Ley Orgánica de Elecciones (Ley 26859) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-de-elecciones-LPDerecho-2025-218x150.jpg)





![[VÍDEO] ¿Quieres postular a la Fiscalía? Estas son las preguntas que hacen en las entrevistas](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/10/postular-fiscalia-preguntas-entrevista-LP-218x150.jpg)







![Anulan procedimiento disciplinario que suspendió al fiscal Rafael Vela Barba en sus funciones por vulnerarse el debido procedimiento [Exp. 06245-2023-0]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/Rafael-Vela-4-LPDerecho-324x160.jpg)
![Dadas las circunstancias excepcionales y la flagrancia, el Congreso puede levantar la prerrogativa de antejuicio y actuar con celeridad, sin seguir todo el procedimiento ordinario del artículo 89-A del Reglamento del Congreso, en defensa del orden constitucional —se ratifica lo resuelto en el Exp. 01803-2023-PHC/TC— (caso Pedro Castillo) [Expediente 39-2022, ff. jj. 8.6.2.3-8.6.2.5]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/04/PEDRO-CASTILLO-1-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Código Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Confirman prohibición de la eliminación indiscriminada de perros abandonados [Exp. 00291-2018-0]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/06/maltrato-animal-atropello-perrito-perro-momo-LPDerecho-100x70.png)
![Código Procesal Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/02/VENTA-CODIGO-PENAL-BANNER-POST-TAPA-DURA-LPDERECHO-100x70.jpg)





![Anulan procedimiento disciplinario que suspendió al fiscal Rafael Vela Barba en sus funciones por vulnerarse el debido procedimiento [Exp. 06245-2023-0]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/Rafael-Vela-4-LPDerecho-100x70.jpg)
